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30/04/2024. 05:33:18

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El “Plan E” reformará la Ley Concursal

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Se ha realizado un estudio de evaluación normativa y se trabaja ya en un borrador de propuesta. Las carencias en la operatividad de la Ley están llevando al colapso los juzgados mercantiles.

El Gobierno abrió ayer una web, www.planE.gob.es, donde se contienen las medidas económicas destinadas a paliar la crisis. El Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo (“Plan E”), concebido como un proyecto dinámico, está conformado inicialmente por ochenta y dos medidas de las que pueden beneficiarse familias, desempleados y empresas. En él se plantean hasta treinta y seis grupos de reformas legislativas, donde destacan las fiscales y las de impulso del mercado inmobiliario; que han sido más o menos anunciadas públicamente. De todos modos, la que más puede modificar el panorama empresarial es una reforma de la Ley Concursal que, según afirma la web, se encarará en breve.

El 'Plan E' reformará la Ley Concursal

La semana pasada nos hacíamos eco de un estudio realizado por la Unidad Concursal de PricewaterhouseCoopers, que concluía que aunque la actual Ley (Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal) es útil en la liquidación de compañías, conduce a un procedimiento largo y complejo, que adolece de falta de agilidad en la resolución de incidentes encaminados a dar seguridad a los acreedores con respecto a las cuantías adeudadas. Además, añade un tiempo importante del proceso, que coadyuva en el empeoramiento de la situación.

Se echa en falta -añadía el estudio- una regulación que permita la existencia de pactos preventivos previos fuera del marco judicial, que dé seguridad a las refinanciaciones pactadas fuera del concurso en aras de la viabilidad de los negocios.

Actualmente, el procedimiento Concursal está demostrando no ser adecuado a la hora de tramitar las insolvencias de personas físicas, cosa que, en un contexto económico como el actual, que no ha hecho sino agravar el sobreendeudamiento ya existente de las familias, es de esperar que el ritmo de crecimiento de concursos de consumidores continúe en aumento.

Puntos de reforma deseables

  • Integrar los acuerdos extrajudiciales, que podrían regirse por la legislación procesal civil.
  • Facilitar la comunicabilidad entre instancias judiciales y la Agencia Tributaria, de cara a verificar el estado real, o al menos declarado, de la empresa en pleito.
  • Reducir los plazos entre trámites, para no empeorar aún más la situación económica de las partes.
  • Incorporar el procedimiento abreviado y el convenio anticipado con los acreedores.
  • Reducir el trámite de declaración de concurso necesario cuando un acreedor insta el concurso contra una empresa, estableciendo la legitimación a quien lo inste de poder acreditar desde el principio la existencia de hechos de particular gravedad.
  • Estudio de las reglas de competencia territorial, así como de la posibilidad de incluir la acumulación de concursos declarados en distintos países.
  • Abrir la posibilidad a que las empresas de un mismo grupo respondan por las deudas de una de ellas en concurso, cuando su patrimonio no sea suficiente para satisfacer las deudas.
  • Posibilitar la intervención de las asociaciones de consumidores.

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