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29/03/2024. 12:23:54

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LAS ENTIDADES ESPECIALIZADAS PROTAGONIZAN LA III JORNADA SOCIETARIO CONCURSAL DE ALICANTE

Donde no llega el Derecho de sociedades, aparece el Derecho concursal

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Alicante acogió la III edición de la Jornada Societario Concursal, organizada por el Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Alicante en colaboración con eactivos.com, portal en subastas online de bienes procedentes de empresas, de particulares o de activos en liquidación concursal.

De izda. a dcha. Enrique Díaz Revorio, Paula Herrero y Francisco Soriano Guzmán.

Durante la jornada se hizo hincapié en la cobertura legal que protege la utilización de Entidades Especializadas, así como en el éxito de los resultados arrojados por estas plataformas. El tema fue tratado en una sesión moderada por la directora Adjunta de eactivos.com, Paula Herrero, y protagonizada por Enrique Díaz Revorio -Letrado de la Administración de Justicia y Asesor Jurídico del Ministerio de Justicia- y Francisco Soriano Guzmán -Magistrado de la Audiencia Provincial de Alicante, especialista en asuntos de lo Mercantil-.

Ambos ponentes, tras una breve presentación de la puesta en valor de las marcas comerciales, llevaron a cabo una comparativa sobre los distintos métodos de realización de los activos provenientes de concursos de acreedores, coincidiendo en destacar que, en el caso de activos tales como unidades productivas o bienes que requieran de un trato característico, recomiendan el uso de entidades especializadas que, por su conocimiento profundo del mercado, mejorarán el rendimiento en la venta.

"Donde no llega el Derecho de sociedades, aparece el Derecho concursal"

Los problemas y soluciones al concurso de las personas físicas fueron otro de los temas tratados a lo largo del día. Se hizo durante una ponencia impartida por Víctor Fernández González, Magistrado especialista en asuntos propios de lo mercantil, en la que se han tratado los objetivos de la ley concursal, remarcando la necesidad de equiparar el principio de limitación de responsabilidad en las personas jurídicas a favor de personas físicas. En ella, además, se repasaron los procedimientos necesarios para llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos, detallando las fases e implicados en el proceso y los posibles escenarios a los que se enfrenta cada uno.

También hubo tiempo para hablar sobre el estado actual y la necesidad de revisión del levantamiento de velo en las sociedades de capital. Además, se debatieron los deberes de los administradores y la calificación del concurso a raíz de la Sentencia del Tribunal Supremo del 20 de diciembre de 2017, por la cual se confirmó el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Asturias y el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Oviedo sobre el concurso de Factorías Juliana SAU.

Durante esta sesión, se hizo un recorrido por los antecedentes que desencadenaron la sentencia y cuáles fueron las bases de sus conclusiones, por las cuales se considera que la conducta de los administradores provocó que la matriz despojara a su filial de unos activos sin contraprestación alguna. Al respecto, el magistrado José Luis Fortea Gorbe señaló: "Donde no llega el Derecho de sociedades, aparece el Derecho concursal; así, puede entenderse que en la fase preconcursal y en la proximidad de la insolvencia, los administradores ya tienen deberes autónomos frente a los acreedores",

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