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18/04/2024. 20:14:54

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METRO DE MADRID Y OTRAS IMPORTANTES EMPRESAS DE FERROCARRIL EUROPEAS VENCEN EN SU APELACIÓN CONTRA UN CÁRTEL DE PRODUCTOS DE CARBONO Y GRAFITO FERROVIARIOS

Cuatrecasas, Gonçalves Pereira ha asesorado a Metro de Madrid (España) y otras empresas del sector en una de las mayores reclamaciones del sector ferroviario europeo

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Metro de Madrid y algunas de las principales empresas europeas de ferrocarril han apelado con éxito la sentencia del Tribunal de Apelación de la Competencia de Londres dictada el pasado 25 de mayo de 2011 que declaraba prescritas sus acciones por daños y perjuicios frente a Morgan Crucible.

Un tren

En el procedimiento se reclaman los daños y perjuicios sufridos por las compañías ferroviarias consecuencia de un cártel de fijación de precios formado por Morgan Crucible, Carbone Lorraine, SGL, Schunk y otras empresas fabricantes de productos de carbón y grafito que fue sancionado por la Comisión Europea. El caso está siendo liderado por el despacho Cuatrecasas, Gonçalves Pereira en colaboración con la firma inglesa Hausfeld & Co LLP. Este cártel tuvo una duración de once años en un mercado valorado en aproximadamente 290 millones de euros anuales.

En la sentencia, dictada el 31 de julio y de la que ha sido ponente el Magistrado (Lord Justice) Sr. Mummery, la Corte de Apelación inglesa falla por unanimidad a favor de los demandantes, declarando que el Tribunal de Apelación de la Competencia incurrió en un error de derecho al estimar que las demandas habían sido interpuestas fuera del plazo de prescripción de dos años aplicable.  

Paul Hitchings, socio del despacho Cuatrecasas, Gonçalves Pereira especialista en la aplicación privada del derecho de la competencia, ha elogiado los términos de la decisión del la Corte de Apelación en una cuestión "que sin duda sentará un precedente" y que "aclara positivamente la legislación aplicable en materia de prescripción de acciones ante el Tribunal de la Competencia, permite a nuestros clientes europeos seguir adelante con sus demandas, y que debiera simplificar enormemente la gestión en general de los procedimientos en los que se pretende una indemnización por daños y perjuicios por razón de la infracción de las normas de la competencia".

En particular, la sentencia aclara la cuestión controvertida sobre la forma en la que ha de interpretarse las reglas de prescripción en aquellos supuestos en los que algunos de los sancionados recurren la decisión de la Comisión Europea y otros no lo hacen. La sentencia supone un punto de inflexión en procedimientos de reclamación de los daños y perjuicios que pudieran seguir a una declaración de infracción de las leyes de la competencia, al abrir la puerta a nuevas acciones que, de conformidad con la resolución ahora revocada y anteriormente dictada por el Tribunal de Apelación de la Competencia, no habrían podido prosperar por entenderse prescritas.

Comentando sobre la sentencia, José María Campos, asociado senior de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, ha manifestado que "esta sentencia constituye un paso importante en la creación de un sistema procesal predecible en un campo totalmente nuevo como son las reclamaciones de daños derivados de infracciones de la competencia dentro de la Unión Europea.  Poco a poco, los Tribunales de los Estados miembros y juristas de toda Europa estamos construyendo las bases sobre las que se asentarán los litigios futuros en esta área del derecho".

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