El Consejo de Ministros aprobó los reales decretos que establecen la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica y de gas natural, funciones que recaen en Red Eléctrica de España (REE) y Enagás, respectivamente, y que garantizan una rentabilidad del 7,71% como término medio.
Sobre está rentabilidad, las empresas podrán obtener mejoras si son eficientes, es decir, si incurren en costes menores que los contemplados por los estándares. En cualquier caso, estas ganancias de eficiencia retornarán en un 50% a los consumidores, informó Industria.
Adicionalmente, el transportista recibirá una bonificación/penalización del +-2% como incentivo a la disponibilidad para el conjunto de sus instalaciones.
Este nuevo modelo de regulación se aplicará a las nuevas instalaciones de transporte puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2008.
El nuevo sistema retribuye para cada instalación y durante la vida de la misma por los conceptos de inversión (amortización de las instalaciones más financiación del capital) y operación y mantenimiento.
Próximamente aprobará la nueva planificación 2008 – 2016
Además, el nuevo sistema representa un marco regulatorio adecuado que incentivará la inversión y permitirá lograr los objetivos incluidos en la planificación energética 2008-2016, que se aprobará próximamente y que contempla un incremento de las inversiones en las redes eléctrica y gasista.
El transporte de energía eléctrica y de gas natural es una actividad regulada, puesto que no es susceptible de realizarse mediante competencia entre operadores por su carácter de monopolio natural, por lo que no se remunera vía precios formados competitivamente, ya que no existe competencia, sino mediante un sistema retributivo basado en el reconocimiento de costes de cada instalación.
El Real Decreto 2819/1998, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, estableció el régimen económico de la actividad de transporte de energía eléctrica, que se ha venido aplicando hasta la fecha. En el caso del gas natural, este régimen venía incluido en el Real Decreto 949/2001, por el que se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural.
Industria señala que, aunque estos regímenes retributivos han cumplido con su objetivo, requerían una revisión ante la necesidad de acometer las inversiones previstas por la próxima planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016, para reforzar la convergencia entre los sistemas retributivos del transporte de electricidad y gas, incentivar una gestión eficaz y una mejora de la productividad que deberá repercutir en parte a los usuarios y consumidores y armonizar las prácticas regulatorias y de retribución con las del resto de países de la Unión Europea.