LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

28/03/2024. 23:02:52

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

“El primer interesado en retirar del mercado un producto defectuoso es el propio fabricante»

Legal Today

Eversheds Lupicinio explica a diversos medios de comunicación el contexto legal que rodea los problemas actuales de diversas empresas de automoción.

Local de Eversheds.

El martes 9 de marzo Eversheds Lupicinio organizó en colaboración con la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (ACIJUR) una conferencia sobre producto defectuoso con el título "¿Es suficiente la legislación actual para protegerse de los productos defectuosos?" La expectación surgida a raíz de los casos de TOYOTA, Nissan, Honda o General Motors llevó a la firma a considerar la posibilidad de poner en contacto a juristas y a periodistas con el fin de ayudar a comprender las bases legales que protegen a los consumidores y que sustentan las acciones realizadas por los fabricantes con objeto de salvaguardar la seguridad de aquellos, así como su propia imagen.

Informadores de medios como ABC, la cadena COPE, Diario Negocio, El Economista y Expansión acudieron al despacho para conversar sobre este tema tan actual con dos socios especializados precisamente en litigios y con una gran experiencia contenciosa en casos de responsabilidad del fabricante por productos defectuosos: Kiko Carrión y Antonio Bravo.

Lo primero que hicieron fue aclarar qué se entiende por producto defectuoso y cuándo es posible exigir responsabilidad al fabricante. Ambos ponentes insistieron en los aspectos fundamentales de la normativa legal española, analizando cuestiones como las clases de defectos, las causas de exoneración de responsabilidad o la prescripción de acciones, todo ello desde una perspectiva práctica.

Pasada la parte expositiva, se inició un interesante debate dominado por los recientes sucesos ocurridos en el sector de la automoción. Así, una de las primeras cuestiones que saltó a la palestra fue el papel de los fabricantes en la investigación y descubrimiento de un producto defectuoso. "El primer interesado en retirar el producto defectuoso del mercado es, precisamente, el propio fabricante; primero para proteger a los consumidores y, segundo, para proteger su marca y su prestigio", afirmó Antonio Bravo. "No se trata sólo de una obligación legal, sino también de la protección de la reputación y buen nombre de la marca: un pleito en el que se pusiera en duda la calidad y seguridad de un producto afectaría negativamente a las ventas y a la imagen corporativa de la marca".

EVERSHEDS LUPICINIO …/2

Kiko Carrión añadió que existen muchos más casos de retirada de producto de los que finalmente nos enteramos el gran público, "pero no llegan a conocerse porque las marcas disponen de sus propios métodos para contactar con los posibles afectados antes de que ocurra nada a gran escala". Las marcas juegan un papel activo porque su negocio depende, en buena parte, de la calidad de lo que producen, y para cumplir con la obligación legal de hacer productos seguros, aparte de cumplir con todos los requisitos previos, tienen que investigar la veracidad de las reclamaciones que se presenten en contra, y si descubrieran que están fundamentadas, estarían igualmente obligadas a evitar y compensar los daños identificando el producto, describiendo el riesgo, localizándolo, explicando las actuaciones emprendidas y participando en su retirada.

A la pregunta de cuándo debería emprenderse una retirada cautelar de una serie de productos, los letrados declararon que unos incidentes aislados per se no pueden justificar una medida semejante. "Hay que tener claro que debe haber indicios significativos y suficientes para ordenar la retirada de una serie completa de productos, sean juguetes o automóviles", señaló Antonio Bravo, "y es cierto que no siempre es fácil obtenerlos", concluyó.

El apartado de las compensaciones también despertó mucho interés, puesto que en Estados Unidos ya se han interpuesto demandas millonarias contra algún fabricante, "pero en España las compensaciones tienen como límite cuantitativo el importe de los daños ocasionados", advirtió Carrión, "y no alcanzan las enormes sumas que pueden obtenerse allí. Eso no significa que el consumidor patrio no esté bien protegido. La legislación ha evolucionado y ha mejorado mucho en este país, y creo sinceramente que una reclamación justa y fundamentada desembocará en una compensación satisfactoria, siempre dentro de lo posible, puesto que existen daños económicamente imposibles de indemnizar".

¿Quiere leer la documentación que Eversheds Lupicinio facilitó?

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.