La Audiencia Nacional ha dado la razón a CCOO y a UGT en la demanda que interpuso la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged) contra los sindicatos sobre el descanso semanal, según informó CCOO en un comunicado.
En la sentencia, notificada con fecha 9 de mayo, la Sala de lo Social de la Audiencia declara su incompetencia para juzgar un asunto en el que no existe un "conflicto real", en línea con los argumentos que la defensa de CCOO planteó en el juicio, y reitera los fallos de los casos de Leroy Merlin, Makro, Alcampo y Carrefour.
CCOO considera que la Sala de lo Social ratifica de esta manera la interpretación que ya hizo en las cuatro sentencias anteriores, "con el criterio de que no se pueden solapar o hacer coincidir el descanso semanal y el descanso diario entre jornadas de 12 horas".
"La patronal pedía en su demanda la interpretación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores sobre el descanso de las 12 horas entre jornada y jornada, en contradicción con las sentencias que se han ido ganando sobre este tema en la Audiencia Nacional", explicó la organización sindical.
Según el fallo, la Audiencia entiende que lo que la patronal quiere es un informe para poder elaborar los calendarios laborales que está obligada a confeccionar por disposición del convenio colectivo. Sin embargo, CCOO recalcó que entre las funciones del tribunal no figura la de "dar opiniones para elaborar los calendarios".
"Llama la atención en la sentencia el hecho de que se incluyen los fallos anteriormente emitidos por la Audiencia en relación con el descanso semanal en Leroy Merlin, Makro, Alcampo y Carrefour sobre demandas interpuestas por CCOO, en previsión de que Anged recurra ante el Tribunal Supremo", agregó el sindicato que dirige José María Fidalgo.
Aún están pendientes de sentencia los recursos empresariales ante el Tribunal Supremo por las sentencias de Makro, Alcampo y Carrefour, mientras que la de Leroy Merlin ya es firme.
En el caso de Carrefour, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional obligó el año pasado a la compañía a dar 48 horas seguidas de descanso a los trabajadores que prestan servicio durante seis días a la semana en la cadena de distribución.