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19/04/2024. 05:29:13

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La Asociación Española de Fundraising pide incrementar los incentivos fiscales en la futura Ley de Mecenazgo para potenciar la colaboración privada con las ONL

Asociación Española de Fundraising

La Asociación Española de Fundraising ha pedido al Gobierno un mayor incremento de los incentivos fiscales en la futura Ley de Mecenazgo, cuyo proyecto de ley será presentado para su tramitación parlamentaria en los próximos meses.

Logo AEFR

Aunque la AEFr evalúa positivamente las reformas anunciadas por el Gobierno, concretamente las que hacen referencia al incremento en las deducciones y a los incentivos a la fidelidad de las donaciones, estima que son insuficientes si con ello se busca un mayor incremento de la colaboración privada con las diferentes Organizaciones No Lucrativas (ONL). Estos incrementos en la desgravación deberían verse aumentados y tener un efecto más inmediato ya que las necesidades de estas organizaciones son inmediatas, al igual que el de las causas y poblaciones que atienden. 

La AEFr tiene por objeto fomentar el desarrollo de la filantropía y la captación de fondos en España, así como la difusión de las buenas prácticas del marketing y la comunicación, aplicadas a la gestión y la recaudación de fondos para causas solidarias. Las entidades que forman parte de la AEFr cuentan con el 77% de los donantes regulares y puntuales existentes en nuestro país; entre ellas están Cruz Roja, Caritas, Oxfam Intermón, Acción contra el Hambre, Médicos Sin Fronteras, Unicef, FEAPS, Fundació Macba, Fundació Sant Joan de Deu, Fundació Institut de Recerca Vall d' Hebrón, etc.

Actualmente en nuestro país existen alrededor de 3,6 millones de donantes que aportan una media anual de 176 € a las causas de interés general, lo que supone un total de 670 millones de € anuales. Cifras que están muy por debajo de la media de los países de nuestro entorno y que está relacionado, sin lugar a dudas, con el escaso apoyo legislativo a este tipo de contribuciones. A esta situación estructural, se une la situación coyuntural que trae consigo el estancamiento de la donación privada con motivo de la grave crisis económica en la que todavía nos encontramos inmersos. En 2006 un 13% de la población colaboraba de forma regular con ONL, en 2008 11%, en 2010 9% y en 2012 9,1%.

Si bien es cierto que los ciudadanos hacen una donación regular o puntual a una Organización No Lucrativas, no movidos por el retorno fiscal, si no por razones de generosidad, solidaridad, afinidad con la causa, etc., no es menos cierto que en el contexto de una economía en recesión, un mayor retorno fiscal incentivaría a particulares y a empresas a incrementar su compromiso. Así lo demuestran los ejemplos de otros países europeos como Austria, Francia, Alemania o Reino Unido, donde una legislación con mayores incentivos fiscales permite unos niveles de colaboración ciudadana que duplica el caso español.

La viabilidad económica de estas organizaciones cada vez dependen más del apoyo de ciudadanos y de organizaciones privadas, y es indispensable facilitarles las herramientas necesarias, tanto fiscales como legales, para que esta colaboración pueda aumentar y de esta forma asegurar la sostenibilidad de programas que son vitales para el conjunto de nuestra sociedad.

La Asociación Española de Fundraising considera necesario potenciar los incentivos fiscales para lograr fomentar la filantropía en nuestro país, fundamentalmente aboga por:

  • En el Impuesto sobrela Renta de las Personas Físicas:
    • Deducción de la cuota íntegra del socio/donante el 70% de la base de la deducción.
    • Deducción del 100% de los primeros 150 euros donados como mínimo.
    • Deducción de la donación íntegra el 60% de la base de la deducción.
    • Aplicar el exceso de forma diferida en ejercicios siguientes al de la realización de la donación con el límite que fije la prescripción del propio impuesto.
    • Fomentar la filantropía de particulares a través de convenio de colaboración. La equiparación del sujeto benefactor entre persona jurídica y física visión que compartimos por el efecto positivo ejemplificador que podría tener en el desarrollo de la filantropía  de particulares.
  • En el Impuesto sobre Sociedades:
    • Deducción de la donación íntegra el 60% de la base de la deducción.
    • Aplicar el exceso de forma diferida en ejercicios siguientes al de la realización de la donación con el límite que fije la prescripción del propio impuesto.
    • Fomentar la filantropía de particulares a través de convenio de colaboración.

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