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27/04/2024. 04:14:46

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La supresión del Impuesto sobre el Patrimonio perjudica la lucha contra el fraude

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Para Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) la medida podría vulnerar los principios del sistema tributario español, regulados en la Constitución, al  suponer un avance más hacia la primacía de los impuestos indirectos sobre los directos. Se proponen modificaciones en la normativa del impuesto para cumplir con sus funciones de control en el fraude fiscal, de blanqueo de capitales y de corrupción urbanística.

La supresión del Impuesto sobre el Patrimonio perjudica la lucha contra el fraude

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 13 de junio el anteproyecto de Ley de supresión del Impuesto sobre el Patrimonio. Aunque en dicho anteproyecto se habla de supresión, lo que se hace es establecer una bonificación del 100% de la cuota y eliminar la obligación de declarar.

Ninguna de las razones que se han alegado para suprimir este impuesto es aceptable desde los principios del derecho tributario español, según Inspectores de Hacienda del Estado (IHE).

  • En primer lugar, el argumento de que es un Impuesto que grava el patrimonio de las clases medias no es admisible, ya que dicha situación viene provocada, fundamentalmente, porque el impuesto se ha ido desvirtuando a lo largo de los años por la falta de tributación de las grandes fortunas por el valor real de su patrimonio mediante la utilización de instrumentos financieros o de otro tipo no regulados convenientemente en la normativa del impuesto. La medida correcta no sería suprimir el impuesto, sino modificarlo para gravar el valor real de los patrimonios incrementando, a su vez, los mínimos o las reducciones en base para que solamente paguen cuota tributaria los grandes patrimonios.
  • En segundo lugar esta el argumento de evitar el doble gravamen. Tampoco este argumento es cierto, ya que siempre ha existido una limitación conjunta de la cuota de este impuesto y la del IRPF para evitar ese doble gravamen, regulado actualmente en el 60% de la base imponible del IRPF.
  • Otra razón utilizada para explicar su supresión es que el impuesto sobre el patrimonio no existe en muchos países de nuestro entorno. En el caso de España, su existencia responde a dos de los principios fundamentales del sistema tributario, reflejados en el artículo 31 de la Constitución, como son los principios de progresividad y de tributación, de acuerdo con la capacidad económica.

Por todo lo anterior, si la única razón que queda es el cumplimiento de la promesa electoral, Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) solicitan al Gobierno la no supresión de este impuesto y piden que, por el contrario, se modifique su normativa para adaptarlo a la realidad económica del país y para cumplir los principios que, según la Constitución española, debe cumplir el sistema tributario.

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