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26/04/2024. 22:10:17

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La UE aprueba una legislación para reducir la presencia de partículas nocivas en el aire

EP

El Consejo de ministros de la UE dio ayer su visto bueno definitivo a una nueva norma para regular la calidad del aire en la Unión Europea que establece valores máximos para las "partículas finas" en suspensión. Hasta la fecha, la legislación comunitaria no cubría estas partículas finas, responsables de enfermedades como el asma o la bronquitis, y sólo marcaba límites para el dióxido de azufre y las partículas de mayor tamaño.

La directiva es el elemento fundamental de la estrategia de la UE sobre contaminación ambiental, cuyo objetivo es reducir un 40 por ciento el número de muertes prematuras causadas por enfermedades relacionadas con la contaminación en 2020 respecto al nivel de 2000. Según los estudios de Bruselas, las partículas en suspensión reducen ocho meses de media la esperanza de vida de los ciudadanos de la UE, y hasta 36 meses en los lugares más contaminados.

Los 27 Estados miembros tienen ahora dos años para transponer a sus legislaciones nacionales la nueva directiva. Asimismo, deberán determinar el régimen de sanciones "efectivas, proporcionadas y disuasivas" que impondrán en caso de incumplimiento de la normativa y garantizar su aplicación.

La nueva norma establece valores límite para las partículas más finas con diámetro inferior a los 2,5 micrómetros (PM 2,5), que hasta ahora no estaban incluidas en ninguna legislación, con el objetivo de "evitar, prevenir o reducir" las emisiones de contaminantes atmosféricos nocivos y definir los objetivos adecuados para la calidad del aire.

En el caso de las partículas más grandes, la directiva confirma los límites actuales de 40 microgramos por metro cúbico como media anual y de 50 como media diaria para las partículas PM 10. Asimismo, establece que la media diaria no podrá superarse más de 35 veces al año.

Cerca del 70 por ciento de los municipios y ciudades europeas con al menos 250.000 habitantes han notificado que sobrepasan los límites de PM 10 en, al menos, parte de su territorio.

La nueva normativa prevé que si en una determinada "zona o aglomeración" no es posible respetar los valores límite fijados para las partículas PM 10 –bien sea por las características de dispersión propias de esos lugares, las condiciones climáticas adversas o las contribuciones transfronterizas–, los Estados miembros quedarán exentos de aplicar esos valores límite durante tres años a condición de que presenten un plan en el que se demuestre que no pueden respetar dichos valores a pesar de poner en marcha "todas las medidas a escala nacional, regional y local" para cumplirlos.

Por su parte, la Comisión Europea supervisará la localización de los "puntos o estaciones de muestreo" que los Estados miembros deberán habilitar en las zonas urbanas, "aglomeraciones" de más de 250.000 habitantes y en zonas rurales cada 100.000 m2 para medir los niveles en el aire de partículas PM 2,5 y PM 10, dióxido de sulfuro, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, plomo, benzina y monóxido de carbono.

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