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28/03/2024. 12:00:48

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Los biocidas: qué son, clasificación y marco regulatorio comunitario

EUPHARLAW

Son sustancias o mezclas que destruyen e impiden la acción de organismos nocivos para la salud Se dividen en cuatro grandes grupos con el fin de desinfectar, conservar, actuar como plaguicidas y otros con funciones distintas Su marco normativo europeo es el Reglamento (UE) 528/2012

Los biocidas son sustancias o mezclas que tienen como objetivo destruir, contrarrestar, neutralizar, impedir la acción o ejercer un control de otro tipo sobre cualquier organismo nocivo o por cualquier medio que no sea una mera acción física o mecánica, conforme a la definición del artículo 1 de dicho Reglamento de la Unión Europea.

Desinfectantes

Estos biocidas se clasifican en cuatro grupos: desinfectantes, conservantes, plaguicidas y otros biocidas.

Tal y como informan los especialistas de Eupharlaw-Derecho de la Salud, estos biocidas están regulados a nivel europeo por el Reglamento (UE) 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo y a nivel nacional por el Real Decreto 1054/2002, que fue modificado para ajustarse a las previsiones del Reglamento Europeo. En la referida norma nacional se establece la necesidad de que los biocidas, por regla general, sean autorizados e inscritos en el Registro Oficial de Biocidas de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad.

El Reglamento (UE) 528/2012 tiene como objetivo controlar y fomentar que los productos destinados al control y eliminación de los organismos nocivos para la salud humana o animal y de control de los organismos dañinos para materiales naturales o manufacturados no impliquen riesgos para las personas, los animales ni medioambiente.

Además, cada Estado miembro autoriza la comercialización de productos biocidas dentro de sus fronteras, pero las sustancias activas biocidas se aprueban a nivel comunitario. Por ello, las sustancias activas biocidas están condicionadas a una evaluación previa de los riesgos para la salud y el medio ambiente derivados de su utilización antes de ser aprobadas.

Existe una lista de estas sustancias activas aprobadas, que puede consultarse en la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA, por sus siglas en inglés).

Además, los productos biocidas sólo podrán comercializarse y utilizarse si han sido previamente autorizados e inscritos en el correspondiente Registro de Biocidas.

Como desinfectantes, los biocidas se utilizan para la higiene humana, desinfectantes y alguicidas no destinados a la aplicación directa a personas o animales, productos para higiene veterinaria, alimentos y piensos y como desinfectantes de agua potable.

Con respecto al uso como conservantes, salvo que se indique lo contrario, este tipo de productos sólo abarca los destinados a prevenir el crecimiento de microbios y algas. Son los protectores para productos durante su almacenamiento, conservantes para películas y recubrimientos, protectores para maderas, de fibras, cuero, caucho y materiales polimerizados, conservantes de materiales de construcción, protectores para líquidos utilizados en sistemas de refrigeración y en procesos industriales, productos antimoho y protectores de líquidos empleados para trabajar o cortar materiales.

Dentro del grupo de plaguicidas, se observa su uso en rodenticidas, avicidas, molusquicidas, vermicidas y productos para controlar otros invertebrados, piscicidas, insecticidas, acaricidas, productos para controlar otros artrópodos, repelentes y atrayentes, y control de otros animales vertebrados.

Y pertenecientes al grupo de otros biocidas se encuentran los productos anti-incrustantes, líquidos para embalsamamiento y taxidermia.

Finalmente, Eupharlaw-Derecho de la Salud indica que entre la documentación que se requiere para autorizar un biocida está que el solicitante tenga sede en la Unión Europea, una denominación y composición del biocida autorizada en la UE, propiedades físico-químicas del biocida, métodos de identificación y análisis, usos y eficacia para dichos usos, datos toxicológicos y eco-toxicológicos, medidas a adoptar para la protección del ser humano, los animales y el medio ambiente, clasificación, envasado y etiquetado y finalmente un resumen incluyendo la evaluación científica.

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