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29/03/2024. 07:55:34

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Los contratos con los agricultores y ganaderos deberán cubrir los costes de producción

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Mª Jesús Montero, Carmen Calvo y Luis Planas

El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto-ley que contempla medidas urgentes para garantizar el nivel de vida, mejorar la posición negociadora y lograr el justo reparto de los costes generales del sector primario a lo largo de la cadena alimentaria. La norma, que ha sido publicada en el BOE de hoy, es el Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación.

La norma incorpora unas medidas concretas que tienen como finalidad evitar el abandono de las explotaciones agrarias e impulsar el reequilibrio entre todos los eslabones (productores, cooperativas, industria alimentaria, distribución y consumidores).

Las principales medidas son:

  • Se introduce, como cláusula obligatoria en los contratos, la indicación expresa de que el precio pactado entre agricultores y ganaderos y su primer comprador cubre los costes de producción.
  • En la nueva norma se prohíben las actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos, también la destrucción del valor a lo largo de la cadena y se endurecen las infracciones.
  • Adelantándose a la exigencia de la actual normativa europea se prevé la publicidad de las infracciones graves o muy graves.
  • En materia de fiscalidad, se introducen modificaciones en la Ley del IRPF para mejorar la tributación en este impuesto de los jóvenes que reciben las ayudas a la primera instalación en los programas de desarrollo rural de las comunidades autónomas.
  • En el ámbito del empleo, se reduce el número mínimo de jornadas cotizadas (peonadas) para acceder al subsidio por desempleo de trabajadores eventuales agrarios, y se contemplan bonificaciones para la conversión de contratos eventuales en indefinidos o fijos discontinuos.

Modificaciones ley de la cadena alimentaria

Como hemos adelantado, la nueva norma introduce el coste de producción como elemento obligatorio en las relaciones contractuales, que se incluirá como un factor obligatorio a tener en cuenta para establecer el precio en los contratos agrarios.

Es decir, que se incorpora, como cláusula obligatoria, incluir en los contratos la indicación expresa de que el precio pactado -entre el productor primario agrario, ganadero, pesquero o forestal o una agrupación de los mismos y su primer comprador- cubre los costes de producción.

Otra de las novedades es la prohibición de destruir valor a lo largo de la cadena. Para ello cada operador deberá pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste efectivo de producción.

En el nuevo Real Decreto-ley se consideran graves, infracciones que antes eran leves, como no formalizar por escrito los contratos alimentarios, no incluir el precio o realizar modificaciones en el precio. Se consideran como infracciones graves la destrucción de valor en la cadena alimentaria, así como realizar actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos.

Adelantándose a la exigencia de la actual normativa europea en la materia, se prevé la publicidad de las infracciones graves y muy graves que sean firmes, en vía administrativa o, en caso de haberse interpuesto recurso contencioso-administrativo, en vía judicial.

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