Los propietarios de tarjetas prepago de los teléfonos están obligados a identificarse antes del 9 de noviembre. Se calcula que hay quince millones de números sin registrar.
El Ministro del Interior ha presentado la campaña “¡identifícate!”, llevada a cabo en colaboración con las empresas de móviles que operan en España. Su objetivo es dar a conocer a los usuarios de tarjetas de prepago que tienen la obligación de identificarse, todo ello en el marco de la Ley de Conservación de Datos Relativos a las Comunicaciones Electrónicas y a las Redes Públicas de Comunicaciones.
Si pocas cosas en las telecomunicaciones son secretas, a partir de ahora lo serán un poco menos aún: el Ministerio del Interior se ha puesto serio con las tarjetas prepago de los móviles, los llamados "móviles de tarjeta", que frecuentemente se movían en un espectro de inmediatez y anonimato absoluto.
Se trata, en definitiva, de poner manos a la obra la Ley de Conservación de Datos Relativos a las Comunicaciones Electrónicas y a las Redes Públicas de Comunicaciones, que establece en su disposición adicional única que los operadores de servicios de telefonía móvil prepago deberán llevar un libro-registro en el que conste la identidad de los clientes. Los datos pueden ser requeridos por orden de un juez, con la finalidad de detectar, investigar y enjuiciar delitos graves.
Los operadores informarán a los clientes, con carácter previo a la venta, de la existencia y contenido del registro, de su disponibilidad en los términos expresados en el número siguiente y de los derechos recogidos en el artículo 38.6 de la Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones.
Dicha identificación se llevará a cabo a través de un documento acreditativo de la personalidad, haciéndose constar en el libro-registro el nombre, apellidos y nacionalidad del comprador, así como el número correspondiente al documento (DNI, pasaporte, etc.) utilizado y la naturaleza o denominación de dicho documento.
Para las personas jurídicas, la identificación se hará aportando la tarjeta de identificación fiscal, y se hará constar en el libro-registro la denominación social y el código de identificación fiscal.
Esta disposición entró en vigor el 9 de noviembre de 2007. A partir de ahí, las personas que adquieran tarjetas prepago tendrán que identificarse en el registro de las operadoras.
Tarjetas adquiridas antes del 9 de noviembre de 2007
La norma concede dos años para que los usuarios de tarjetas adquiridas antes aquella fecha se identifiquen. Aquéllos que no lo hayan hecho, más de quince millones, según las compañías, podrán hacerlo en los puntos de venta hasta el 8 de noviembre de 2009. A partir de esa fecha, los operadores tendrán que anular o desactivar las tarjetas no identificadas, y el usuario perderá la línea y el número del móvil.