
Un hotel de Burgos, fue compelido por la Sociedad General
de Autores de España (SGAE) al pago de 2.157 euros por daños morales y
materiales, al no hacer efectivos los derechos de autor por la música
que ofrecía a través de su hilo musical.
En la presente resolución El hotel queda eximido del pago porque la
parte actora no pudo asegurar que todo el repertorio emitido por el hilo
musical estuviese protegido por la SGAE.
La sentencia recuerda que existen modelos de dominio público y de licencias
generales, llamadas por su nombre en inglés de creative commons o copyleft, que
permiten el uso libre de los contenidos con la única exigencia de ponerlos "a
disposición del público con las mismas condiciones, esto es, permitiendo el
libre acceso y su transformación".