La Audiencia Nacional ha condenado a año y medio de cárcel y cuatro de inhabilitación para ejercer su cargo a los dos mandos policiales acusados del chivatazo a ETA, que se produjo en el bar Faisán de Irún (Guipúzcoa), el 4 de mayo de 2006.
En la sentencia, que ha sido notificada este miércoles, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal establece que el exjefe superior de Policía en el País Vasco Enrique Pamies y el inspector José María Ballesteros atribuye a los dos acusados un delito de revelación de secretos.
El tribunal, no obstante, les absuelve del delito de colaboración en organización terrorista que se les imputaba al considerar que "la acción realizada por los acusados tendente a favorecer el proceso dirigido a hacer cesar la actividad de una organización armada (ETA) no puede considerarse que lesionó o puso en peligro el bien jurídico protegido".
Grave daño a la lucha antiterrorista
Sin embargo, el tribunal estima que que tratándose de una acción de los acusados realizada en el ámbito de la lucha antiterrorista contra el aparato de extorsión de ETA, su acción causó "un grave daño a la causa pública, independientemente de que dicho aparato de extorsión de ETA fuera detenido el 22 de junio de 2006".
El fiscal Carlos Bautista solicitó dos años de cárcel para Pamies y uno y medio para Ballesteros por un delito de revelación de secretos aunque, siguiendo la directriz del fiscal general del Estado, Eduardo Torres Dulce, ofreció la alternativa de cinco años por colaboración con organización terrorista.
La pena más alta fue solicitada por la asociación Dignidad y Justicia (DyJ), que reclamó diez años de cárcel para Pamies y nueve para Ballesteros; mientras que la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) pidió ocho y medio para el exjefe superior y ocho para el inspector; y el Partido Popular (PP) ocho años y medio y siete años y medio, respectivamente.