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19/04/2024. 17:30:37

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Thomson Reuters, presente en la Feria Internacional del Libro

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Un año más, Thomson Reuters sigue fiel a su cita con la Feria Internacional del Libro, LIBER. En la presente edición, que se celebró en Madrid durante los días 9, 10 y 11 de octubre, la compañía líder en soluciones tecnológicas contó con un stand y formó parte de una de las mesas redondas que se celebró el viernes, día de la clausura, en la Sala Pedro Calderón de la Barca, del Pabellón 7 de IFEMA dentro de los actos que organiza la Comisión de Editoriales Jurídicas de la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE).

Thomson Reuters, presente en la Feria Internacional del Libro

Con la presencia, entre otros, del presidente del Consejo Editorial de Thomson Reuters, Javier Moscoso del Prado, y del director de Publicaciones y Formación, Daniel Tejada, en el coloquio Las sentencias judiciales: un ejemplo de reutilización de los datos públicos, bajo la moderación de Thomson Reuters, participaron Rosalina Díaz, presidenta de Wolters Kluwer España, Juan Manuel Fernández, vocal delegado para el CENDOJ del Consejo General del Poder Judicial, Mª José Gálvez, directora de Edición y Formación de Editorial Tirant lo Blanch y Alberto Larrondo, director de Relaciones Corporativas de Ediciones Francis Lefebvre.

En la mesa redonda se abordaron distintas temáticas, entre las que podríamos destacar:

  • Introducción histórica

Se dio un contexto de cómo se hacía la difusión de sentencias antes del nacimiento del CENDOJ, así como del detalle de lo sucedido en la relación CENDOJ-empresas reutilizadoras desde entonces, según los siguientes puntos:

  • Las sentencias judiciales son información del sector público que tradicionalmente se ponía a disposición del público, esencialmente operadores jurídicos (abogados, jueces y magistrados, fiscalía…), a través de las editoriales jurídicas, que recopilaban, indexaban y enriquecían la información y la revendían a sus clientes.
  • Con anterioridad a la época actual, los reutilizadores de las sentencias (las editoriales jurídicas) obtenían su material de trabajo a través de una red de corresponsales en los tribunales (jueces, secretarios, funcionarios de los tribunales). Se pagaba en ocasiones, en otras no, en otras se daban obsequios (libros). Todos los reutilizadores disponían de su propia red de corresponsales.
  • En agosto de 1999 se creó el Centro de Documentación Judicial, dependiente del CGPJ, con funciones entre otras de "…diseño y desarrollo de proyectos relacionados con el fortalecimiento de los sistemas de información documental, las publicaciones de la Rama Judicial, el programa de comunicaciones, transmisión de datos y seguridad de la rama judicial, los servicios de atención a los usuarios internos y externos, el correo electrónico, y el servicio de audiencias virtuales". Esto puso a disposición de los reutilizadores una fuente principal, alternativa a la existente hasta entonces, de sentencias judiciales para que estos pudieran enriquecerlas y ponerlas a disposición de sus clientes, dado que el CENDOJ se ocupa desde entonces de aglutinar sentencias judiciales de toda España.
  • El CENDOJ publica en la actualidad, y están disponibles en su web cerca de 7 millones de documentos de todo tipo de órganos judiciales, fundamentalmente de los de mayor importancia (TS, TSJ…) pero también de órganos menores. En todo caso, el CENDOJ no dispone de la totalidad de las sentencias por carecer de capacidad presupuestaria para tramitar y anonimizar la totalidad de las sentencias evacuadas por los órganos españoles, que son en torno 1 millón y medio por año.
  • El CENDOJ, además de poner a disposición de los usuarios, en abierto y sin coste, todo su fondo documental, pone a disposición de los reutilizadores ese mismo fondo, cobrándoles un precio público por sentencia. El CENDOJ viene dotando año a año de mejores prestaciones a sus buscadores, a sus fondos documentales y a sus colecciones de jurisprudencia. El CENDOJ se financia en un 25% aproximadamente con cargo a sus ingresos por precios públicos, mientras que el resto se financia con cargo a los PGE.
  • Función del CENDOJ desde la perspectiva del CGPJ

Se comentó cuál es el punto de vista del CGPJ acerca de cuál es la función del CENDOJ y cómo quieren desarrollarlo. El mensaje fue que en principio su plan es que el CENDOJ se mantenga dotando al público de la información pública exactamente como hace en este momento, sin ulteriores desarrollos. Desde las editoriales se mencionó lo relevante que es para los negocios conocer con suficiente antelación, en previsión de posibles inversiones y alocación de recursos, los planes de desarrollo tecnológico que hay en las instituciones públicas, y en este caso en el CENDOJ, y demandaron que se les haga partícipes de esos planes, que no cuestionan pero que necesitan conocer.

  • Explicación del régimen jurídico de la reutilización en España
    • La publicidad de las normas y sentencias judiciales obligación constitucional del Estado de dar publicidad a las normas (CE 9.3).
    • En 2003 se dio la primera publicación de una Directiva de ámbito europeo relativa a la reutilización de información del sector público (Directiva 2003/98/CE), que fue después modificada por medio de la publicación de la Directiva 2013/37/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013.
    • Estas directivas establecían un conjunto de normas mínimas y criterios homogéneos para el tratamiento de la información susceptible de ser reutilizada por personas físicas o jurídicas.
    • Las directivas comunitarias han sido traspuestas a nuestro ordenamiento jurídico, la Directiva 2003/98/CE a través de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público (LRISP) y, posteriormente, y por la Ley 18/2015, de 9 de julio.
    • El objeto de las citadas normas es la regulación básica del régimen jurídico aplicable a la reutilización de los documentos elaborados o custodiados por las Administraciones y organismos del sector público, mediante la autorización potestativa de reutilización de la información pública, garantizando la igualdad de condiciones a quienes la solicitaran.
    • La reutilización regulada en los referidos textos legales (con fines privados o comerciales) y según el propio texto de la norma, ha de favorecer "la circulación de información hacia los agentes económicos y la ciudadanía con el fin de fomentar el crecimiento económico, el compromiso social y la transparencia".
    • La LRISP, establecía que corresponde al Gobierno dictar, en el ámbito de sus competencias, "cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en esta ley". Lo que tuvo lugar con la aprobación del R.D. 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la LRISP.
    • El CGPJ aprobó en el año 2010, mediante acuerdo plenario, el Reglamento 3/2010 sobre reutilización de sentencias y otras resoluciones judiciales. Se exponía en el mismo que "corresponde al Consejo General del Poder Judicial reglamentar lo relacionado con el suministro, difusión y reutilización de la información que el Poder Judicial genera en forma de sentencias y otras resoluciones judiciales, de acuerdo con la competencia que le otorga el artículo 107.10" de la LOPJ".
    • En el trámite de información previo a la publicación del reglamento, ya hubo diversos desacuerdos respecto del sentido del texto, entre otros el de la Asociación de Jueces para la Democracia, que no dejó de apuntar en su Informe al proyecto reglamentario del año 2010 sus serias dudas sobre "la base legal del Reglamento, el excesivo interés mercantilista del CGPJ o la posible afectación a la libre competencia desde el momento en que el CENDOJ reutiliza sus propios documentos para producir servicios de valor añadido en competencia con otros reutilizadores". La Federación de Gremios de Editores de España alegó en el mismo sentido.
    • La aprobación del reglamento supuso la interposición de recurso ante el TS por un nutrido grupo de editoriales jurídicas y por la Federación de Gremios de Editores de España.
    • Se adujeron como causas de esa nulidad la falta de competencia del CGPJ para elaborar normas que vayan más allá del ámbito doméstico de la organización, entre otras.
    • La Sentencia del Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 28 de octubre de 2011 (fue ponente el Magistrado D. Vicente Conde Martín de Hijas), declaró nulo de pleno derecho el Reglamento 3/2010 sobre reutilización de sentencias, fundamentando la declaración de nulidad del Reglamento en la falta de competencia del CGPJ para reglamentar la actividad de reutilización de sentencias u otras resoluciones judiciales; por ser, entre otras cuestiones, una actividad realizada por terceros ajenos al Poder Judicial.
  • Detalles problemática actual en las relaciones CENDOJ-editoriales
    • Base de datos del CENDOJ en abierto: valores añadidos que exceden de lo que las editoriales entienden que es útil para el público (por ejemplo, según comentó el representante del CGPJ el límite entre lo que se considera un reutilizador y un mero usuario es tan alto como el acceso a 100 sentencias)
    • Del mismo modo, se recalcó que hay gran número de sentencias a las que no se puede acceder porque no las tiene el CENDOJ, lo que penaliza a las editoriales, que se ven obligadas a facilitar al CENDOJ sentencias que ellas mismas consiguen.
    • Se trató además la problemática de que hay reutilizadores que pagan, y mucho dinero, pero puede haber además reutilizadores que no son considerados como tales, y no pagarían lo que procedería si lo fueran.

Finalmente, la mesa redonda concluyó con un interesante debate y una ronda de preguntas del público asistente.

El mayor encuentro internacional del libro en español

LIBER, Feria Internacional del Libro, regresa a Madrid para celebrar su 37ª edición, con Sharjah como Invitado de Honor. Organizada por IFEMA y promovida por la Federación de Gremios de Editores de España -FGEE-, esta convocatoria supone el mayor encuentro internacional del libro en español, con capacidad de ofrecer oportunidades de negocio a las principales empresas editoriales y dinamizar el mercado del libro.

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