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Prisión permanente, ¿es constitucional?
Hoy en día se ha abierto un debate sobre la cadena perpetua, su oportunidad y sobre todo su posible acomodo a nuestra Constitución y en concreto a lo previsto en el artículo 25 de la Constitución. El primer problema que surge es el de su propia denominación, de tal suerte que, tal cual es concebida en los países de nuestro entorno no es una pena para toda la vida, y por ello se podría denominar prisión permanente revisable. El debate se puede abrir y se debe abrir sobre su conveniencia, su proporcionalidad, su eficacia, pero creo que el debate sobre su acomodación a la Constitución está superado. Muchos son los que consideran este tipo de penas inconstitucionales, en especial algunos responsables políticos, pero ello requiere unas breves reflexiones jurídicas.
