LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

20/04/2024. 04:46:34

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Mª de los Reyes Martínez Barroso

Catedrática de Escuela Universitaria de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de León

Doctora en Derecho por la Universidad de León. Catedrática de Escuela Universitaria de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de dicha Universidad, donde desarrolla su actividad docente (en primer y segundo ciclo, Máster, Cursos de Doctorado y de Experto, Programa Interuniversitario de la Experiencia, etc.) e investigadora, habiendo participado en más de una veintena de proyectos de investigación.

En su haber científico destacan más de un centenar de publicaciones. Entre las monografías de interés destacan títulos como " Régimen jurídico de la Seguridad Social de la minería del Carbón", "El Derecho del Trabajo tras las últimas reformas `flexibilizadoras' de la relación laboral", " La minería del carbón. Bases jurídicas para su reordenación", " Relaciones entre Empleo y Seguridad Social", " Las enfermedades del trabajo", " El espacio profesional del Graduado Social y del licenciado en Ciencias del Trabajo", "Las enfermedades asimiladas al accidente de trabajo en la doctrina de los Tribunales","La protección de la seguridad y salud de los trabajadores autónomos", "Régimen profesional, prevención de riesgos y derechos colectivos de los trabajadores autónomos", "Las prestaciones familiares de la Seguridad Social"l, "El riesgo psicosocial en el sistema de protección socia" o "La conciliación de la vida familiar y laboral en la Seguridad Social española".

Asimismo ha participado en obras colectivas y publicado artículos doctrinales en las más prestigiosas revistas iuslaboralistas) algunas de las cuales han sido galardonadas con importantes Premios a nivel nacional ( entre otros, "Décimo Premio Nacional LA LEY de artículos doctrinales", Primer Premio Revista Estudios Financieros 1995. Modalidad: Derecho del Trabajo y Seguridad Social; Concurso Científico de Tesis Doctorales "Premios a la Investigación" convocado por la Real Academia de Doctores; premio "Mariano Rodríguez" para jóvenes investigadores en el área de Ciencias Sociales y Humanidades;  "Premio Rafael Martínez Emperador, del Consejo General del Poder Judicial" o Accésit al Premio Melchor Almagro de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada.

Actualmente ocupa el puesto de responsable de intercambio en el programa de movilidad internacional de Estudiantes Erasmus de la Facultad de Ciencias del Trabajo de la Universidad de León, la tutoría de las prácticas en empresas y el Vicedecanato segundo en dicha Facultad.

PUBLICACIONES

Parejas de hecho y prestaciones de Seguridad Social

Entre las modificaciones operadas en las prestaciones de muerte y supervivencia por la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, "con la finalidad de mejorar la situación de las familias que dependen de las rentas del fallecido", la atención del legislador se ha parado en el acceso a la cobertura de aquellas personas que, sin la existencia de vínculo matrimonial, conformen un núcleo familiar en el que se produce una situación de dependencia económica y/o existen hijos menores comunes, en el momento del fallecimiento del causante. Dicha equiparación sui generis  de las parejas de hecho a las matrimoniales lleva a extender el tratamiento seguido para la viudedad también  con respecto al obsoleto auxilio por defunción  y a las indemnizaciones a tanto alzado en caso de muerte derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional.  

¿Quién negocia los acuerdos de interés profesional de los TRADE?

La Ley 20/2007, de11 de julio, por la que se aprueba el Estatuto de Trabajo Autónomo, ha incorporado los acuerdos de interés profesional (AIP) en el sistema de fuentes de los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE), dejando bien claro que no quiere trasladar la negociación colectiva propiamente laboral al ámbito de los autónomos. El presente artículo analiza con detalle quienes son los sujetos legitimados para concertar tales acuerdos.