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Auto de procesamiento contra los presuntos responsables de la colocación de un artefacto en la Basílica del Pilar de Zaragoza

Auto Juzgado Central de Instrucción 04-07-2014

Auto de procesamiento contra los presuntos responsables de la colocación de un artefacto en la Basílica del Pilar de Zaragoza

 MARGINAL: PROV2014184503
 TRIBUNAL: Juzgado Central de Instrucción nº6, Madrid Sala 6
 FECHA: 2014-07-04 09:49
 JURISDICCIÓN: Penal
 PROCEDIMIENTO: Auto
 PONENTE: Eloy Velasco Núñez

AUTO DE PROCESAMIENTO: procedencia: existencia de indicios incriminatorios de la participación de los procesados, integrantes de grupo anarquista, en la colocación de un artefacto explosivo en la basílica del Pilar de Zaragoza

AUTO DE PROCESAMIENTO

 

En Madrid a cuatro de julio de dos mil catorce

HECHOS

Primero.-(ARTEFACTO EN LA BASÍLICA DEL PILAR DE ZARAGOZA)

El dos de octubre de 2013, a las 13:45 horas, un artefacto -compuesto por una bombona de gas butano, dos kilos de pólvora negra y un reloj activador- hizo explosión en la nave central del Altar Mayor en el interior de la Catedral-Basílica de Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza, ocasionando con su radio de acción lesiva de al menos 26 metros de alcance y 8 de altura, heridas a Marta GS, causándole una otalgia producto de su sangrado en oído izquierdo con perforación de tímpano y leve sangrado en el conducto auditivo derecho, contracturas musculares y cuadro ansioso, que además de una primera asistencia facultativa, tuvo que ser asistida médicamente de forma que sanó a los 60 días de su causación 10 de los cuales fueron impeditivos, dejándole como secuelas estrés postraumático valorado en 2P, ocasionándole también al Cabildo metropolitano de Zaragoza daños materiales, algunos afectando al patrimonio histórico y artístico, tanto en los bancos del Altar mayor, como en los ángeles esculpidos en la zona del coro, órgano de tubos, sillería del coro, alcanzando su adecentamiento, reparación y limpieza las siguientes cantidades: por reparación del órgano 123.750 euros, por limpieza de la Basílica 4.227,85 euros, por limpieza y arreglos en tapicería 1.629'20 euros, por material informático 549,58 euros, por arreglos en escayola 2.839,87 euros y por trabajos en carpintería en bancos 10.321,30 euros. En el momento de la explosión, además de cuatro trabajadores de la Basílica, había al menos visitándola, un grupo de 50 turistas norteamericanos con su correspondiente guía a quienes aparte las molestias causadas por la onda explosiva no se les causó lesión y 3 personas que quedaron momentáneamente retenidas en un ascensor de una de las torres de la Basílica sobre quienes no constan tampoco heridas.

El hecho fue avisado escasos minutos antes de la explosión desde una cabina pública en la C/ San Martín esquina C/ Conde Aranda de Zaragoza exclusivamente a un Centro de Estética que creyéndolo una broma no avisó a organismos oficiales y fue reivindicado en una plataforma digital en internet a través de una Web que suele recoger en las mismas reivindicaciones de acciones delictivas ocasionadas por organizaciones y elementos de corte anarquista insurreccionalista, haciéndolo aquí en nombre de un denominado "Comando Insurreccional Mateo Morral" vinculándolo asimismo con otro artefacto explosivo colocado en la Catedral madrileña de la Almudena que también explosionó el 7/2/13 -pero usando metralla y un lenguaje más colérico y menos instruido, que usó la expresión "insurreccionalista" en vez de "insurreccional", a diferencia del texto sobre el explosivo de Zaragoza-, con fotos y citas de terroristas anarquistas, señalando a la Iglesia como objetivo, considerando al Pilar de Zaragoza como símbolo de la Hispanidad y del dominio colonialista sudamericano, así como patrona de la Guardia Civil, mandando a sus concurrentes el mensaje de que de esta forma nunca serán "lugares seguros".

A raíz de la explosión se analizaron las imágenes obtenidas por las cámaras de video vigilancia del bar "[…]", sito en la misma Plaza del Pilar de Zaragoza, observándose a dos personas, hombre y mujer, que aparecieron a las 12:44 horas en la Plaza, una hora antes de la explosión que se produjo a las 13:45 horas, y que por su comportamiento, vestimenta y bultos que portaban llamaron la atención de los investigadores.

Tanto el hombre como la mujer vestían con ropa inapropiada dadas las condiciones climatológicas existentes, pues mientras mucha gente vestía manga corta y con prendas ligeras, estas dos personas, sobre las que se focalizaron las primeras investigaciones, llevaban cubierta la cabeza y ocultaban sus rostro, la mujer con una pamela blanca y el hombre con un sombrero de tipo impermeable, quien además portaba al hombro un bolso con asas de considerables dimensiones y del que no se separó en ningún momento, accediendo al aseo del bar "[…]" con dicho bolso colgado de su hombro, permaneciendo en su interior más de diez minutos, tiempo en que pudo activar y temporizar la iniciación del explosivo que llevaba en el interior del mismo.

Ante la sospecha de que estas personas pudieran ser las autoras del hecho y que el bolso portado por el hombre pudiera contener el propio artefacto explosivo, se realizó una reconstrucción del itinerario seguido por los sospechosos, tanto de los movimientos previos como posteriores a su presencia en la Plaza del Pilar, a través de las distintas cámaras de seguridad instaladas en la misma Plaza y en la Estación Central de Autobuses de Zaragoza, entre otras, así como de las declaraciones de empleados del bar "[…]" que pudieran haber servido a la pareja mencionada, descubriéndose que el hombre y la mujer que captaron las cámaras de grabación del bar "[…]" llegaron a la Estación Central de Zaragoza a las 11:50 horas del mismo dos de octubre, en un autobús de la empresa ALSA proveniente de la Estación del Norte de Barcelona, de donde había salido a las 8 horas, y cuyos billetes habían comprado en Barcelona para este hecho, 15 días antes.

De las grabaciones de la mañana del dos de octubre de la Estación del Norte de autobuses de Barcelona y las de distintas estaciones del metro de la ciudad condal, se pudo determinar que la pareja llegó a las 7:21:35 horas a los andenes de la Estación de La Sagrera del metro de Barcelona, correspondiente a la Línea 5, desde donde tomaron la Línea 1 hasta llegar a la estación de Are de Triomf, parada en la que abandonaron este transporte. Esta estación se encuentra a escasos metros de la estación del Norte de Autobuses de Barcelona.

En la estación de autobuses las cámaras vuelven a captar imágenes de los investigados, confirmando que efectivamente viajaron en el autobús de línea ALSA con salida a las 8 horas de Barcelona y llegada a Zaragoza a las 11.50. De ese itinerario, se debe remarcar:

  • El bolso de asas en el que presumiblemente transportaron el artefacto explosivo colocado en la Catedral del Pilar de Zaragoza el día dos de octubre, aparece en todas las imágenes desde que los investigados salen de Barcelona a las 7:20 horas hasta que abandonaron la Plaza del Pilar a las 13:10 horas y es siempre transportado por el varón, excepto el tramo que transcurre entre la parada de Are de Triumf y la estación Norte de autobuses de Barcelona, donde era ella quien lo portaba.
  • Durante el viaje de ida, el varón todo el rato lleva consigo la caja donde presumiblemente va el explosivo sin activar, evitando desprenderse ni un instante de ella, subiéndola al espacio de viajeros manifestando que contenía "objetos delicados", pese a su gran volumen.
  • La pareja, todavía portando el bolso de asas, abandonó la Plaza del Pilar 35 minutos antes de la explosión.
  • A las 14:57, unos 72 minutos después de la explosión, la pareja investigada fue captada de nuevo por las cámaras de la estación Central de autobuses de Zaragoza y ya no portan el bolso de asas.
  • Tanto el hombre como la mujer trataron de ocultar su rostro en todo momento. Ella lo hace, primero, con un pañuelo o similar y luego con una pamela blanca y gafas de sol. Él con un gorro de los usados para la lluvia. Sin embargo, cuando viajan en el metro de Barcelona, ambos lo hacen a cara descubierta, motivo por el que se consigue obtener imágenes claras del rostro, claves para su posterior identificación plena.

En vista de la suma de indicios aportados, la investigación se centró en la identificación plena de la pareja descrita, por lo que tras el análisis de las imágenes recogidas en el metro de Barcelona, y tras la reivindicación de la autoría, concretamente por un llamado "Comando Insurreccional Mateo Morral", por medio de un sistema de reconocimiento biométrico- facial, se concluyó que las personas que figuran en las distintas grabaciones son:

– FJSD, titular del NIE […], nacido el cuatro de Julio de mil novecientos setenta y nueve en Santiago de Chile (Chile), hijo de FJ y C y con domicilio en la calle […], bajos de Barcelona, mayor de edad, en situación administrativa irregular en España, SIN antecedentes penales en España y privado de libertad por esta causa desde el 13/11/13 hasta la actualidad.

– MACS, titular del NIE […], nacida el dieciocho de Junio de mil novecientos ochenta y ocho en Santiago de Chile (Chile) y con domicilio en la calle […], bajo de Barcelona, mayor de edad, en situación administrativa irregular en España, SIN antecedentes penales en España y privada de libertad por esta causa desde el 13/11/13 hasta la actualidad.

Gestiones ulteriores han determinado que los referidos MACS y FJSD llegaron a España respectivamente en octubre y agosto de 2012, siendo su entrada en territorio nacional gestionada por la ciudadana de nacionalidad italiana VG, NIE […], nacida el 30/04/1979 en Trento (Italia), persona que facilitó tanto la cobertura necesaria para la entrada en España de MAC, como los diversos domicilios en los que se ha alojado.

En el registro que se practicó tras su identificación en el domicilio de FJSD y MACS, entre otros objetos se encontraron:

-(1) Un fular de color negro, similar al utilizado por MACS el 02 de Octubre sobre las 07:40 horas cuando llega a la estación de Autobuses Nord de Barcelona, lugar donde toma el autobús en dirección a Zaragoza, donde tras la explosión del artefacto colocado en la Basílica del Pilar, y tras quitarse la camisa de color rojizo, vuelve a mostrarse en las cámaras de video vigilancia con el fular negro a modo de Burka, tapándose así toda la cabeza, utilizando también unas gafas negras de sol, pretendiendo así dificultar su posible identificación, consiguiendo así enmascararse, que fue intervenido en el interior de una mochila roja que se encontraba sobre la mesa del salón de la calle […].

-(2) Gafas de sol negras, sin inscripción alguna. Similar a las utilizadas por MACS el 02 de Octubre en Barcelona y Zaragoza, en la misma ocasión y situación que el anterior fular reseñado.

-(3) Gafas con la montura negra y los cristales, aparentemente, con una mínima graduación visual. Siendo similares a las utilizadas por FJS en la estación de autobuses de Zaragoza tras la explosión del artefacto colocado en la Basílica del Pilar. En esta ocasión, y a través de las imágenes captadas, se puede comprobar cómo el mismo se ha quitado las prendas de ropa con las que aparecía en la salida de Barcelona y la llegada a Zaragoza, así como en la cafetería donde fue captado por las cámaras de video vigilancia, ubicadas frente a la Basílica del Pilar.

-(4) Gafas de pasta de color negro, con la parte de uso de visión, de plástico transparente sin graduación alguna. Dichas gafas resultan similares a las utilizadas por FJS el 18 de Septiembre cuando acudió a las taquillas de la estación de autobuses Nord de Barcelona, donde adquirió dos billetes, de Barcelona a Zaragoza para las 08:00 horas del día 02 de Octubre. En las imágenes captadas se observa a FJS con el mismo sombrero que utilizaría el día 02 de Octubre y con estas gafas, siendo las mismas de mayor tamaño que las anteriores y de pasta de color negro.

– (5) Gafas de sol de plástico negro de la marca ORAO de forma ovalada.

-(6) Billetes de transporte de Barcelona al Monestir de Montserrat. Tres billetes individuales, dos de ellos de los Ferrocarriles de la Generalitat de Barcelona a Monistrol, de fecha 02-11-13, con hora de marcación: 10:20 h. y un billete sencillo de un solo viaje del tren de cremallera, de Montserrat a Monistrol de la misma fecha que los anteriores y hora de marcación: 15:29 horas.

-(7) Un tríptico de información "visita a Montserrat", donde constan los horarios de trenes, los lugares de visita en la Montaña y un plano de indicador situacional del Monestir de Montserrat y los edificios colindantes.

-(8) Trozo de papel marrón, con la inscripción: "2 de Octubre-169". El mismo se encontraba en un panel colgado en la pared del salón, con otras anotaciones e informaciones.

-(9) Fotocopia de un folleto titulado "el placer armado", escrito por AMB, en el que muchos párrafos del mismo se encuentran subrayados, especialmente los que hacen alusión a la lucha, como: "la lucha armada debe escapar a la caracterización de lo "profesional".

-(10) Hoja Dominical del arzobispado de Barcelona de fecha 10 de noviembre de 2.013 en el que además de distintos artículos de colaboradores, aporta información de fechas y horarios de misas y actos destacados de algunas iglesias.

-(11) Un ejemplar del periódico de perfil anarquista "El Pésol Negre" en el que se recoge, entre otros artículos, el nombramiento del Jefe de Mossos d'Esquadra de la Región Policial Central, SP, y en la página 16 del mismo periódico se ofrece toda la información sobre la detención por parte de los Mossos d'Esquadra de los anarquistas, integrantes del Grupo de redes sociales: "Bandera Negra", y como titular, "sobre la detención de los compañeros.

-(12) Pasaporte en vigor hasta el 13-09-2017 a nombre de EBP, nacido el 31-08-77 en Santander (Cantabria), dicho documento se encontraba en una habitación, tipo trastero, que comparten todos los residentes de la vivienda y que por su aspecto y utensilios que contiene, tiene apariencia de que pernocte una quinta persona en la vivienda, pudiendo tratarse del titular del pasaporte.

-(13) Carta de invitación de extranjero, siendo el invitador APES, el invitado, FJD y el firmante de la misma, PBG.

-(14) DNI. […] a nombre de TQL, inservible al tener el chip sellado con una especie de pintura negra.

-(15) Un folio mecanografiado y manuscrito, relacionado con los "GAC" (Grupos Anarquistas Coordinados).

-(16) Un bote de cristal con tapa de aluminio, conteniendo "un trozo de petardo trueno con una inscripción del yin y yan y una pequeña cantidad de polvo en la base del bote.

-(17) Un par de zapatillas deportivas marca Reebook del número 37, con la suela de color blanco y negra, propiedad de la detenida MAC que se corresponden con las que MA llevaba puestas el día 02 de Octubre cuando fue captada en el Metro de Barcelona, y en la observación del video vigilancia se puede observar que al caminar la zapatilla presenta el color blanco y negro de su suela.

Segundo.-(ATENTADO BASÍLICA DE MONTSERRAT DE BARCELONA)

Las investigaciones indican que el comando del que FJSD y MACS formaban parte estaba realizando actos preparatorios para una próxima acción terrorista de colocación de artefactos explosivos contra la Basílica de Montserrat de Barcelona. La incautación de dos billetes de los Ferrocarriles de la Generalitat de Cataluña para acceder a dicho templo y un mapa tríptico para visitarla, hallados en el registro del domicilio de ambos motivaron una serie de comprobaciones realizadas con las cámaras de video vigilancia de dichos ferrocarriles y las de la propia Basílica.

Fruto de lo anterior se constató que el día 12 de octubre, el anterior a las detenciones, FJS y MAC estuvieron en el interior de la Basílica de Montserrat.

El visionado de las grabaciones mostró cómo los imputados realizaron un recorrido coincidente plenamente con la investigación, dados los antecedentes, el perfil ideológico basado en la documentación hallada en el registro y el modus operandi establecido tras el atentado contra la Catedral de Zaragoza, como un recorrido previo de la elaboración de una información de un objetivo terrorista.

En dichas grabaciones se puede observar cómo repiten recorridos, con el objeto de ubicar las distintas cámaras de grabación y seleccionar el lugar adecuado para atentar contra el templo. No es presumible que la visita estuviera motivada por intereses culturales, ni de carácter religioso.

La operación policial que acabó con su detención justificó el hecho de que los detenidos no se hubieran desecho ni de los billetes, ni del mapa-tríptico que incluía horarios de transporte público, dado que se hallaban todavía en la mochila que Mónica Andrea portaba en las imágenes que les sitúan en la Basílica.

Del visionado de las imágenes aparecen FJSD y MACS, junto a una máquina de expendedora de billetes en la estación de Ferrocarriles de Plaza de España de la Generalität de Cataluña, en Barcelona, a las 10:21:06 horas del día doce de noviembre.

Igualmente en la grabación de la cámara que corresponde al enlace entre FGC y el AERI a M, de los Ferrocarriles de la Generalitat de Cataluña, se reconoce sin ningún género de dudas a los imputados FJSD y MACS mientras transitan por el túnel a las 11:45:11 horas del día 12 de noviembre.

Y finalmente se reconoce sin ningún género de dudas a los imputados FJSD y MACS mientras se encontraban en el interior del Templo de Montserrat, a las 14:41:37 horas del día 12 de noviembre de 2013.

A las 14:44:56, horas se aprecia cómo salen del camerino al exterior de templo. A las 14:48:56 se ve a FJSD, que entra de nuevo a la Basílica por otra puerta que da a la planta baja. A las 14:49:30 horas, se ve a MACS, de frente y de espaldas, cómo de nuevo entra también a la planta baja. A las 14:52:43 se ve salir a ambos de la Basílica.

Del abundante material intervenido a los imputados FJSD y MACS se deduce la ideología anarquista de los mismos, difícilmente compatible con las creencias de la fe católica o el interés cultural por el arte sacro. Tómese en consideración que en las imágenes obtenidas delante de la Virgen de Montserrat, los acusados no muestran interés alguno en la figura de la Virgen y sí en el resto del templo, donde parecen fijarse en detalles de las alturas, gesto que bien puede interpretarse como de búsqueda de cámaras de seguridad. Por todo lo cual, se podría inferir que esta visita tenía por objeto el reconocimiento y estudio del terreno para posteriores acciones de colocación de artefactos explosivos.

Tercero.-(FAI/FRI – GAC)

FAI/FRI es una organización terrorista de carácter internacional creada a partir de la ideología anarquista insurreccionalista.

El insurreccionalismo es una rama del anarquismo que, básicamente, se resume en la idea de atacar al Estado en cualquier lugar siempre que sea posible, sin esperar el momento propicio para hacerlo porque, aseguran, "siempre es un momento propicio para atacar el Estado".

Los anarquistas insurreccionalistas consideran a las entidades bancarias, las oficinas de trabajo temporal, los políticos, la Iglesia, la policía, los locales y vehículos de organismos oficiales, etc. como representaciones del Estado y son estos "símbolos" los que atacan, generalmente mediante el arma del sabotaje con artefacto incendiario o explosivo.

El italiano AMB está considerado como uno de los ideólogos anarquistas más influyentes de esta rama del anarquismo. Es él quien sentencia que "una estructura como la actual del sistema, tecnológica, no puede ser más que destruida, ya que no puede ser utilizada, transformada o mejorada. Es por ello que el concepto de "insurrección" parte del concepto mismo de ataque inmediato contra lo que hoy son las estructuras del Estado".

Los actores adscritos al insurreccionalismo han adoptado como modelo de lucha contra el Estado la táctica insurreccional, aportación principal del ideólogo mencionado a los métodos y modelos organizativos del anarquismo. Esta táctica propugna que la organización debe ser, necesariamente, informal, y estar compuesta por un número indeterminado de grupos de afinidad, unidades nucleares, independientes y autónomas.

De manera similar, la táctica insurreccional es la utilizada por las células de base yihadistas, teorizada, en este caso, por AMAS, más conocido como MS, a mediados de los años 90 y puesta en práctica a medida que los sistemas de seguridad estatales y su coordinación consiguieron dificultar los contactos y movimientos de terroristas internacionalmente.

De hecho, tanto los grupos de afinidad insurreccionalista como las células de base yihadista tienen perfectamente identificado y acotado a su "enemigo" genérico y, por lo tanto, no necesitan de un órgano superior jerárquico que los adiestre, organice y active para el ataque. Tanto unos como otros se estructuran en red junto a grupos y células similares a los que no conocen y sólo reconocen mediante las acciones que realizan y difunden en medios de comunicación o son publicitadas por éstos.

En el caso de los grupos de afinidad insurreccionalista pueden unirse, o no, a organizaciones informales, como por ejemplo FAI/FRI.

Los grupos de afinidad se caracterizan por:

a) Estar formados por un número muy reducido de individuos con relaciones de confianza absoluta.

b) Tener un proyecto común en perspectiva y la decisión firme de llevarlo a la práctica: la anarquía.

c) Utilizar la violencia como principal y única herramienta política.

d) Ser autónomos, independientes y difícilmente detectables en sus entornos favorables.

En relación al modus operandi, los grupos de afinidad atacan al Estado mediante el artefacto incendiario o explosivo de fabricación casera. Es decir, sus artefactos son fabricados con sustancias y materiales que se pueden adquirir fácilmente en cualquier centro comercial, lo que dificulta, por su generalidad, el seguimiento de una posible vía de investigación en relación a sus componentes.

Finalmente, la estrategia que suelen utilizar es el ataque espaciado en el tiempo y se recomienda que mientras un grupo esté activado ninguno de sus miembros participe en actividades que realicen los llamados "movimientos antisistema", como por ejemplo asistir a una manifestación. Es decir, el grupo de afinidad ataca y se diluye en la cotidianidad durante un tiempo indeterminado.

FAI/FRI es una organización informal, paradigma del insurreccionalismo. Está compuesta por un número indeterminado de grupos de afinidad diseminados por el mundo. Para formar parte de FAI/FRI, un grupo de afinidad sólo ha de reivindicar sus ataques bajo estas siglas y cumplir lo que se conoce como "pacto de apoyo mutuo".

Este pacto se basa en, primero, la obligatoriedad de los grupos de ejercer entre ellos solidaridad revolucionaria (por ejemplo atacando intereses de Estados que tengan en prisión a individuos afines a esta ideología) y, segundo, siguiendo las campañas de ataque que uno de los grupos inicie (por ejemplo atacando el mismo objetivo en diferentes lugares).

FAI/FRI fue una marca que comenzó a extenderse a finales de 2008 en Grecia. Anteriormente, en nombre de FAI se habían realizado ataques en Italia, pero como tal esta organización no comenzó a expandirse mundialmente hasta que desde Grecia se le dio impulso convirtiéndola en "Frente Revolucionario Internacional" (FRI). Desde entonces, los ataques de FAI/FRI se han multiplicado y desarrollado en diferentes lugares del planeta.

A modo de ejemplo, en los últimos meses se han realizado en España los siguientes ataques reivindicados bajo la firma FAI/FRI (cabe decir que hasta la fecha son los únicos ataques que se han reivindicado bajo esta firma):

  • 21 de Diciembre de 2012: artefacto explosivo contra un cajero de la ciudad de Barcelona y el envío, desde esta misma ciudad, de dos paquetes bomba, uno contra el Arzobispado de Pamplona y otro contra un miembro de la congregación católica Legionarios de Cristo, en Madrid.
  • 10 de abril de 2013: artefacto explosivo contra una entidad bancaria en Madrid.
  • 10 de septiembre de 2013: envío de tres paquetes bomba, uno contra una entidad bancaria de la ciudad de Barcelona, otro contra una empresa de maquinaria agrícola (las dos entidades de capital italiano) y el tercer, en este caso simulado, contra un concesionario de coches de la ciudad de Valencia.

El 17 de Junio de 2012 se publicó en diferentes páginas Web de contrainformación un escrito en el que se presentaba una coordinadora anarquista llamada: Grupos Anarquistas Coordinados (GAC).

En dicho escrito, los GAC manifestaban sus dos ejes rectores: la construcción de un movimiento anarquista "fuerte y coordinado" y la creación de una herramienta que potencie la fuerza y las luchas que cada grupo participante mantiene en su territorio. Así mismo, también desgranaban sus principios, tácticas y finalidades.

Los GAC, sucintamente, son una coordinadora de un número indeterminado de grupos de afinidad insurreccionalista, idea novedosa dentro de esta rama del anarquismo que optimiza la capacidad de incidencia en la seguridad pública, ya que coordina y organiza la violencia, tanto en el ataque con artefactos incendiarios o explosivos a símbolos o representantes del sistema, como en su injerencia en movilizaciones colectivas con el fin de radicalizarlas y provocar episodios de fractura social.

Una de les intenciones de los GAC, tal y como manifiestan en su escrito de presentación, es la creación de un movimiento anarquista fuerte y coordinado. Este movimiento podría tener una base afín al anarquismo insurreccionalista.

Este hecho representa una novedad en lo referido a la estrategia genérica del insurreccionalismo. Hasta la aparición de los GAC, un grupo de afinidad insurreccionalista tenía una actividad anónima y sólo se comunicaba con el resto de grupos mediante la llamada "propaganda por la acción". Según este principio, no hay comunicación entre grupos, y ésta sólo se produce mediante los ataques que realizan.

La aparición de una coordinadora de grupos de afinidad, como los GAC, permite el encuentro de diferentes grupos para, tal y como ellos mismos manifiestan, "aportar posibilidades, ideas y un marco donde poder ponerlas en común con la práctica". Es decir, un marco idóneo para compartir experiencias.

Este hecho es relevante porque una de las debilidades de los grupos de afinidad es la soledad, el poco o nulo seguimiento que obtienen de sus ataques a consecuencia de la poca difusión que consiguen con la "propaganda por el hecho". El hecho de poder explicar un ataque y, más todavía, de asegurar su seguimiento en otros lugares por otros grupos, es una fortaleza que otorgan los GAC a un grupo de afinidad.

Una de las dificultades que se presentan con la creación de una coordinadora de grupos anarquistas, y más si se adscriben a la rama insurreccionalista, es la posible pérdida de autonomía.

La autonomía, la independencia y el anonimato, así como el desconocimiento entre los diferentes grupos de afinidad, son señales de identidad fundamentales del insurreccionalismo.

El hecho de la creación de una coordinadora de grupos indica la necesidad de, por una parte, conseguir que los ataques tengan alguna incidencia en la realidad social y, por otra parte, poder comunicar la actividad desarrollada a personas ajenas al propio grupo actuante.

Estas fortalezas sólo podrían verse limitadas si el grupo de afinidad coordinado ha de renunciar a su ideal insurreccionalista (autonomía, independencia y anonimato).

Por este motivo, uno de los principios de los GAC es el respeto a esta base insurreccional, con lo cual la libertad del grupo queda garantizada.

Además del principio insurreccionalista de autonomía del grupo, y de la manera como se puede evitar contradecirlo, los diferentes grupos coordinados han consensuado una serie de principios que, en todo caso, son los habituales de un grupo anarquista: anticapitalistas, estar en contra del Estado y sistema democrático, antipatriarcal, antiautoritario y seguidor de la solidaridad y el apoyo mutuo. Estos dos últimos principios son coincidentes con los expresados por la FAI/FRI.

Las tácticas que han consensuado entre los diferentes grupos son las propias de un grupo de afinidad insurreccionalista: agitación, acción directa, autogestión y libre aprendizaje.

Además, los GAC pretenden la radicalización de los conflictos. Esta radicalización se puede entender de tres maneras:

  • Radicalizar un conflicto iniciado por personas sin adscripción ideológica, y conseguir que estas personas adopten métodos anarquistas para aplicarlos en la resolución de su conflicto.
  • Radicalizar un conflicto iniciado por personas sin adscripción ideológica mediante la inserción anarquista y la provocación de enfrentamientos con fuerza policial o episodios de violencia urbana.
  • Radicalizar un conflicto propiamente anarquista; es decir, llevarlo hasta su raíz y hasta las últimas consecuencias mediante ataques constantes y significativos. En este sentido, los conflictos propiamente anarquistas son los que se dirigen contra el sistema capitalista y la democracia.

Los GAC pretenden transmitir, como estrategia, su cultura identitaria (ideas anarquistas). En primer lugar, mediante la difusión de sus valores y de sus tácticas para conseguir sus finalidades; en segundo lugar, participando en las luchas parciales que los afecten y, por último, manteniendo espacios "vivos de creación" (se entiende espacios okupados).

Las finalidades de los GAC son "el fortalecimiento y extensión del movimiento anarquista", "la desestabilización y el colapso del sistema" y "la revuelta y la subversión de lo establecido". En último término, la finalidad de los GAC es "construir la anarquía".

En consecuencia, la diferencia fundamental entre FAI/FRI y los GAC es que FAI/FRI es una "marca" de ataque, de libre adopción para cualquier grupo que realice un ataque y lo quiera reivindicar bajo esas siglas. Si así lo hace, está asumiendo los postulados de FAI/FRI, como por ejemplo la solidaridad revolucionaria entre los diferentes grupos. Además, los grupos que reivindican como FAI/FRI no se conocen entre ellos, o, al menos, no necesariamente. FAI/FRI es el paradigma de la llamada organización informal.

Por el contrario, los GAC, como coordinadora de grupos de afinidad, implica un nivel estructural, todo y que informal, algo más sofisticado, ya que la coordinación de grupos para la organización de la violencia desplegada contra el Estado obliga al conocimiento entre ellos y, por lo mismo, al establecimiento de una serie de mecanismos de comunicación, como por ejemplo la realización de reuniones entre grupos periódicas.

Por último, los grupos coordinados en los GAC, según ellos mismos acuerdan, no pueden reivindicar ningún ataque bajo las siglas "GAC" y tienen libertad para hacerlo como quieran, por ejemplo, como así ha pasado, utilizando las siglas FAI/FRI.

Cuarto.-En la actualidad, los colectivos anarquistas, caracterizados desde su aparición por carecer de estructuras jerarquizadas y organizadas, a diferencia de las organizaciones terroristas "convencionales", se están agrupando de manera informal, en foros, federaciones o grupos, que sirvan de plataforma aglutinadora, en un intento de expandir sus reivindicaciones, compartir metodologías y definir actuaciones.

En esa característica sustancial del anarquismo insurreccionalista en España, la "marginalidad" y la actuación aparentemente descoordinada de los distintos colectivos, se está consolidando un cambio de tendencia, a semejanza de lo ocurrido en otros países como Grecia, Italia o Chile, de donde proceden los imputados, por la que se intenta llevar a cabo una unificación u homogeneización de las acciones y reivindicaciones en una determinada "marca" o "franquicia".

El objetivo no es otro que consolidar una estructura organizacional que les permita una mayor y mejor forma de alcanzar sus objetivos últimos, la desestructuración del sistema establecido y la generación de una nueva sociedad caracterizada por la horizontalidad, a través de la acción directa.

Para perfeccionar ese aparente "vacío" organizacional, unificar las acciones y las reivindicaciones de las mismas, y en definitiva, dotar de una mayor relevancia al movimiento anarquista insurreccionalista, algunos colectivos anarquistas que comparten el mismo ideario, se están adhiriendo y de ese modo organizando y direccionando, a través de la FEDERACIÓN ANARQUISTA INFORMAL/FRENTE REVOLUCIONARIO INTERNACIONAL (FAI/FRI).

Los colectivos más activos que están impulsando y coordinando la implantación de la FAI/FRI en España, se encuentran en Barcelona, pero hay que significar que esta "coordinadora", de carácter internacional, tiene su remedo en España en los denominados "GRUPOS ANARQUISTAS COORDINADOS (GAC)".

Desde mediados del año 2012, coincidiendo con el proceso de implantación de la FAI/FRI en España, así como con la creación de los GAC, se han cometido una serie de atentados terroristas, de corte anarquista, en los que se aprecian unas características de actuación comunes, tanto en los objetivos (Iglesia, Monarquía, Capital, Estado) como en los medios utilizados para la comisión de los mismos (preferencia de los artefactos explosivos, en lugar de los incendiarios utilizados anteriormente).

Los integrantes del grupo autodenominado Comando Insurreccional o Insurreccionalista Mateo Morral, responden a estos parámetros, coincidiendo en sus objetivos, estructura, finalidad y metodología.

El anarquismo insurreccionalista asume como método necesario para luchar contra el sistema lo que denominan la "ACCIÓN DIRECTA". Este método de lucha, la ACCIÓN DIRECTA, viene recogido y definido en un documento intervenido en el registro domiciliario de los imputados y que es considerado como el "Acta fundacional de los Grupos Anarquistas Coordinados (en adelante G.A.C.)". En el mismo registro de la calle Passerell 59 bajo de Barcelona, fue intervenido un documento sobre los GAC, donde aparecen mecanografiadas una serie de cuestiones dirigidas a Grupos ya formados y unas contestaciones manuscritas, de lo que puede deducirse que los imputados están integrados en las estructuras de los Grupos Anarquistas Coordinados. En el citado documento se recoge literalmente: "…Nuestras ideas y formas de actuar deben estar dirigidas a extender la revuelta. La agitación tiene que ser la puesta en práctica del anarquismo, con vistas a atacar al sistema en todos sus aspectos, tanto materiales como psicológicos, simbólicos o de valores".

Es decir, los partidarios del anarquismo insurreccionalista, que en nuestro país está representado por diferentes grupos y/o colectivos, pero con mismos fines y objetivos a los que definen los G.A.C. en el documento de referencia, están asumiendo la revuelta popular y la agitación en la calle como técnicas de lucha válidas y necesarias, para combatir al sistema, e imprescindibles para la defensa de sus valores y la consecución de los objetivos del "Movimiento Anarquista", lo que se traduce en la utilización de la violencia en su lucha contra el Estado y sus símbolos, siendo los fines perseguidos, el "fortalecimiento y extensión del movimiento anarquista", a través de la "desestabilización y colapso del sistema", por medio de la "revuelta y subversión de lo establecido".

En consecuencia, la comisión de acciones con artefactos explosivos, en lugares y horarios abiertos al público, con gran afluencia de personas, escogiendo, como en el caso del Pilar de Zaragoza, una colocación del artefacto en una bancada de acceso libre, y con un objetivo que el anarquismo insurreccionalista considera prioritario, como es el caso de la Iglesia (junto al capital y la clase política, considerados todos ellos como sistemas de dominación del Estado), son acciones claramente terroristas, pues la colocación de dicho artefacto explosivo, por el lugar, la hora elegida para la explosión, la cantidad de sustancia colocada, el continente de la sustancia, el modo de colocación, que su acción alcanzase al menos los 26 metros de onda expansiva y la ausencia de aviso previo, no deja lugar a dudas de que se trata de una acción puramente terrorista, con el objetivo de sembrar el pánico y causar los máximos daños materiales y personales, que si no se produjeron fue por obra del azar.

La reivindicación del atentado en la Basílica del Pilar de Zaragoza fue hecha en la página Web http://es.contrainfo.espiv.net/2013/10/03/zaragoza- estado-espanol-artefacto-explosivoen-la-catedral-del-pilar/ y va firmada por el "Comando Insurreccional Mateo Morral". La colocación del artefacto explosivo en la Catedral de la Almudena de Madrid, en fecha 7 de febrero de 2013, fue hecha en la misma página Web http ://es. contra i nfo, en este caso a nombre del "Comando Insurreccionalista Mateo Morral".

En relación con este otro atentado reseñar que existen una serie de elementos comunes con el aquí enjuiciado: las reivindicaciones fueron hechas en nombre del mismo grupo, en el caso del atentado de Zaragoza con el nombre de "Comando Insurreccional Mateo Morral", y en el atentado de Madrid, "Comando Insurreccionalista Mateo Morral". Ambas reivindicaciones fueron publicitadas en la red, en la misma página Web, http://es.contrainfo.Y el mismo grupo estaba realizando actos preparatorios para una próxima acción terrorista contra la Basílica de Montserrat de Barcelona, como demuestra el hecho de que los dos imputados se desplazaron el día 12.10.2013 hasta la citada basílica, donde realizaron varias recorridos de la misma, en lo que se presume una vigilancia para marcar y ubicar las distintas cámaras de grabación y seleccionar el lugar adecuado para atentar contra el templo.

El último comunicado de los GAC, colgado el 21 de abril de 2014 – cuando los imputados llevan en prisión provisional cinco meses- en la página www.alasbarricadas.org, titulado "La Anarquía es inevitable", hace expresa referencia a los imputados FJSD y MACS, quienes sin duda pertenecen a organizaciones anarquistas de carácter insurreccionalista tanto por sus antecedentes en Chile, como por los contactos establecidos en territorio español, la vía de entrada al llegar a nuestro país, la militancia en círculos anarco-insurreccionales compaginada con una forma de vida apartada de los lugares habituales objeto de control por parte de las Fuerzas de Seguridad, la documentación intervenida en sus domicilios, que demuestran, sin género de dudas, su adscripción a los Grupos Anarquistas Coordinados (GAC).

FJS tenía formación intelectual suficiente para la elaboración y redacción del comunicado difundido para reivindicar la colocación del artefacto explosivo. Asimismo se presume su anterior experiencia en Chile, donde junto a MC fueron acusados de la colocación de artefactos explosivos.

El análisis de las diligencias hasta ahora practicadas concluye con que los detenidos forman parte de un grupo terrorista que ha llevado a cabo sus actuaciones con el "objeto de perpetración concertada de delitos" y una voluntad de permanencia en el tiempo de la actividad con el fin de cometer actos terroristas, como demuestra el hecho de que las acciones imputables se hayan iniciado primeramente en Chile y una vez en España, los actos criminales respondan a la secuencia de Madrid en febrero, Zaragoza en Octubre y finalmente Barcelona en noviembre, todo ello en el marco de una campaña terrorista dirigida por FAI-FRI y materializada por los GAC, su franquicia en España.

FJSD, fue acusado, procesado y condenado en Chile por participar en hasta 30 actos de violencia entre el 18 de enero de 2006 y el 16 de octubre de 2008 por el denominado "Caso Bombas", en el que la Fiscalía chilena pidió para él un total de 25 años de cárcel, quedando posteriormente absuelto por defectos formales tras haber pasado más de un año en prisión preventiva.

El "Caso Bombas" fue un procedimiento judicial en el que se encausó a doce personas como integrantes de una organización terrorista por la colocación de más de treinta artefactos incendiario-explosivos, entre los años 2006 y 2009, en Instituciones del Estado chileno, tales como iglesias y otros establecimientos públicos, como casinos, restaurantes y hoteles, la Agencia Nacional de Inteligencia, el Consejo de Defensa del Estado, la Escuela de Gendarmería de Chile y una Comisaría del Cuerpo de Carabineros; intereses financieros, como el Banco Edwards-Citi, el Banco BBVA, el Banco Estado y el Banco de Crédito en Inversiones; la embajada de Gran Bretaña o el Consulado Argentino.

FS entró en España en agosto de 2012 mediante carta de invitación de APES n/ en Cabrero (Chile) el 10.07.1970, con NIE […]. La duración de la invitación era de 22.08.2012 a 20.11.2012. La persona que firmó dicha invitación con fecha 10- 08-2012 fue PCBG, con NIE […], -también implicado en el "caso bombas"- que facilitó como domicilio para sus tramitaciones de extranjería la dirección de calle […], cuyo alquiler era pagado por VG.

La colocación del artefacto explosivo en Zaragoza fue llevado a cabo por un hombre y una mujer. Tras el análisis de numerosas filmaciones videográficas, se concluyó que ambas personas llegaron a Zaragoza el mismo día de los hechos, el 02.10.13, a las 11.50 horas, en un autocar del grupo ALSA, procedente de Barcelona.

Distintas filmaciones exponen cómo el día dieciocho de septiembre, el varón adquirió en Barcelona dos billetes de autobús destino Zaragoza para el día dos de octubre, así como el recorrido pormenorizado del día de los hechos desde primera hora de la mañana en el metro de la ciudad condal, hasta los momentos anteriores a la colocación del explosivo, todo ello aderezado con distintos cambios que realizan en su indumentaria para evitar posibles reconocimientos, como medida de seguridad necesaria extraída de los errores que cometieron en su previa experiencia terrorista chilena.

Por medio de un sistema de reconocimiento biométrico-facial y tras el análisis de las imágenes de los presuntos autores del hecho recogidas en las cámaras del metro de Barcelona el día 2 de octubre de 2013 y su cotejo con las imágenes indubitadas de MACS y FJSD, se concluyó que eran las personas que figuraban en las diferentes grabaciones obtenidas en el recorrido en Barcelona y Zaragoza.

Entre los efectos intervenidos en el registro practicado en su domicilio de […] de Barcelona, se ocuparon dos juegos de gafas de cristales de visión neutra, aparentemente sin graduación, con monturas de pasta y de diferentes tamaños, que eran similares a las que portaba FJS en las imágenes obtenidas de las cámaras de video vigilancia de la estación de autobuses Norte de Barcelona del día 18 de septiembre, en el momento de adquirir los billetes. El 2 de octubre, a las 15:03 cuando FJS se dispone a tomar el autobús en la Estación Central de Zaragoza, se observa en las imágenes que este porta unas gafas como las halladas en el registro.

También se intervino en el registro domiciliario un USB conteniendo varios documentos, destacando por su contenido dos de ellos:

Un documento nombrado 1USB1.000-72092.doc y titulado "Algunas consideraciones sobre el "derecho penal de bombas". En este informe, firmado por JCM, se realiza, en la introducción y posteriormente en su desarrollo, una definición de artefacto explosivo y de terrorista, tanto de un modo definitorio como desde un punto de vista del derecho internacional. Se trata de un estudio pormenorizado de la legislación chilena en lo que se refiere a las consecuencias penales de la colocación de artefactos explosivos, referenciando el caso "bombas", de 2009.

Un segundo documento nombrado 1USB1.000-614809.doc, titulado "Sobre la organización, el federalismo y la práctica insurreccional", en el que se define la diferencia dentro del movimiento anarquista, de dos tendencias, posicionándose el autor a favor del insurreccionalismo.

Del análisis del contenido relevante hallado en los dispositivos electrónicos intervenidos a los imputados en el registro de su domicilio se han encontrado, además, una serie de documentos, que permiten establecer una vinculación del detenido FJSD, con la organización terrorista FAI/FRI y con los denominados GAC, siendo estos los siguientes:

  • La contestación de FJS a la carta abierta publicada por CCF/FAI/FRI, en la que la citada organización realizaba un llamamiento a los anarquistas presos en septiembre de 2011. Dicha contestación incluye una fotografía suya y una explicación de su caso (y muy probablemente aportando una de las tres cartas firmadas bajo los seudónimos de "acusados del caso Bombas"), acomodándose a las directrices dadas por la organización terrorista, en el libro publicado con el resultado del llamamiento de 2011, "Mapeando el fuego".
  • La adecuación del escrito de reivindicación del atentado a la Basílica de Nuestra Señora del Pilar del día 2 de octubre de 2013 a los parámetros dados por CCF/FAI/FRI, en otro texto publicado por FJS y MC, denominado "La nueva guerrilla urbana anarquista".
  • La colaboración de FJS en el libro de escritos de GPDS, a quien también se le considera miembro de la organización FAI/FRI.
  • La tenencia de los textos mencionados anteriormente de CCF/FAI/FRI, repetidos y en diferentes dispositivos.
  • La tenencia del libro "Contra la democracia. Grupos Anarquistas Coordinados", siendo éste un escrito del que no hay constancia que se le haya dado difusión a través de la red.
  • La aportación de FJS de material para la preparación del libro "Contra la democracia. Grupos Anarquistas Coordinados" y la colaboración en su elaboración, como demuestra la literalidad de los textos intervenidos a FJS en la redacción del libro, algunos de ellos guardados hasta seis veces.
  • En el texto "Sobre la organización, el federalismo y la práctica insurreccionar, cuya autoría se atribuye a FJS, se explica la diferencia entre "insurreccionalista" e "insurreccional" y se opta claramente por la tendencia anarquista del insurreccionalismo. Este texto se halla guardado en tres dispositivos diferentes, todos de FJS. Se trataría de una muestra más de su presunta pertenencia al COMANDO MATEO MORRAL y que fue el propio FJS el que escribió el texto de la reivindicación del atentado, dando este matiz diferenciador con respecto al texto de la acción de la Almudena.
  • En el texto "Aportaciones básicas para el debate sobre acciones y la lucha revolucionaria", cuya autoría se atribuye a FJS, se realiza un análisis de situación del movimiento anarco- insurreccionalista en Barcelona en septiembre de 2012 y se propone un salto cualitativo en el tipo de acciones, que propugna sean "audaces, difíciles de ocultar, claras y definidas". La fecha de septiembre de 2012 coincide aproximadamente con la llegada a España de FJ y M y la colocación de sendos artefactos en la Catedral de la Almudena de Madrid y en la Basílica del Pilar en Zaragoza, indican la conexión directa de las propuestas de FJS y su ejecución posterior por los integrantes del COMANDO INSURRECCIONALISTA/INSURRECCIONAL MATEO MORRAL.
  • Por último, el hecho de que tuviese programas de borrado seguro y textos donde se explica cómo piratear redes wi-fi, supone una asunción de medidas de seguridad para ocultar sus actividades.

Por su parte, MACS, al igual que FJS, fue acusada, procesada y condenada en Chile de participar en hasta 30 actos de violencia entre el 18 de enero de 2006 y el 16 de octubre de 2008 por el denominado "Caso Bombas", en el que la Fiscalía chilena pidió para ella un total de 20 años de cárcel, quedando absuelta posteriormente por un defecto formal.

MAC entró en España en Octubre de 2012, tras solicitar VG el 3 de septiembre una carta de invitación para ella, con fecha de entrada prevista el día 9 de octubre de 2012 y fecha de salida 6 de noviembre de 2012. Se da la circunstancia de que la recepción de la invitación de MC fue suscrita por FJS en fecha 10 de septiembre de 2012, así como el cambio de fechas de entrada de M, concretamente para la entrada en España entre el 9 de octubre y el 6 de noviembre de 2012.

La dirección que se facilita para su estancia es calle […] de Barcelona, donde no reside ninguna de ellas. El contrato de arrendamiento de esta vivienda es de 12.000 € anuales, figurando en el mismo VG como pagadora, y fue esa vivienda también facilitada como domicilio en la invitación de otro procesado en Chile por el "Caso Bombas", caso de PCBG.

A MAC le son de aplicación, en los mismos términos que a FJS, las conclusiones obtenidas por medio del sistema de reconocimiento biométrico-facial que la identifican como autora del hecho terrorista, en virtud de las imágenes recogidas en las cámaras del metro de Barcelona el día 2 de octubre de 2013, concluyendo que eran las mismas personas que aparecían en las diferentes grabaciones obtenidas en el recorrido en Barcelona y Zaragoza.

Al igual que FJSD se deshizo de la prenda superior en su regreso a Zaragoza tras colocar y manipular el artefacto explosivo. MAC apareció en la Estación Central de autobuses de Zaragoza con pantalón negro y cazadora blanca.

Igualmente en la grabación correspondiente al regreso, no queda registrada la mochila del viaje de ida, llevando una especie de bandolera que no se corresponde con la que portaba en su desplazamiento desde Barcelona a Zaragoza. Este extremo es muestra inequívoca de la planificación del atentado, que requería del cambio de las prendas con finalidad de eludir la identificación y evitar llevar prendas que hubieran podido impregnarse de sustancias o componentes del artefacto explosivo.

Entre los efectos hallados en el registro de su domicilio son de interés:

• Unas zapatillas de deporte con suelas de color blanco y negro.

En los videos obtenidos del metro de Barcelona se observa que las zapatillas de deporte que llevaba MA tienen las suelas de color blanco y negro, siendo idénticas a las halladas en el registro de su domicilio.

• Y un pañuelo de color negro tipo "foulard".

Al acceder a la estación Norte de autobuses de Barcelona, a las 7:50 horas del día 2 de octubre, Mónica oculta su rostro con un pañuelo negro, envolviendo la cabeza con él. El pañuelo es igual al hallado en el registro. Este pañuelo intervenido en el registro dentro de la mochila propiedad de M es similar al que porta igualmente en la grabación de las cámaras de M. En el análisis del contenido relevante para la investigación, hallado en los dispositivos electrónicos intervenidos a los imputados, se han encontrado una serie de documentos, que permiten establecer una vinculación de MCS, con la organización terrorista FAI/FRI y con los denominados GAC, siendo estos los siguientes:

• La llamada a la solidaridad internacional con MC en la carta abierta publicada por CCF/FAI/FRI realizada en el llamamiento a los anarquistas presos en septiembre de 2011.

• La contestación de MC al llamamiento de septiembre de 2011, incluyendo una fotografía suya y una carta firmada con su nombre en la que se afirmaba "¡Viva la CCF, que se expandan por todo el globo!"

  • La adecuación del escrito de reivindicación del atentado a la Basílica de Nuestra Señora del Pilar del día 2 de octubre de 2013 a los parámetros dados por CCF/FAI/FRI, en otro texto publicado por ellos denominado "La nueva guerrilla urbana anarquista".
  • La relación de MC con GPDS, ya que él también colaboró en el libro Mapeando el fuego.
  • La tenencia de los textos mencionados anteriormente de CCF/FAI/FRI, repetidos y en diferentes dispositivos.
  • La tenencia del libro "Contra la democracia. Grupos Anarquistas Coordinados", siendo éste un escrito del que no hay constancia que se le haya dado difusión a través de la red.

Otro antecedente que confirma la relación de los imputados con FAI/FRI, son los actos de apoyo internacional enmarcados dentro de las denominadas campañas de "solidaridad revolucionaria".

En este sentido, la organización FAI/FRI lanzó a mediados del año pasado, publicitado en sus páginas habituales de la red, el bautizado como "proyecto Fénix", que consiste en la comisión de atentados realizados por células o grupos adheridos a FAI/FRI, en cualquier lugar del planeta, dirigidos contra activos tradicionales del anarquismo y justificados en solidaridad y apoyo de presos anarquistas.

A partir de la octava acción terrorista divulgada en el marco del citado proyecto, en sus reivindicaciones posteriores mencionan nominalmente a M y FJ.

Concretamente, aparecen en estas páginas como "proyecto fénix, acto VIII: acción con artefacto incendiario/explosivo contra junta electoral y en solidaridad con MC y FS. (Chile)". Este atentado fue cometido tres días después de sus detenciones el 16.11.13.

En el acto X, cometido el 17 de enero de 2014, en Malang, (Indonesia), consistente en la colocación de un artefacto explosivo en un cajero automático, en la reivindicación se manifiesta textualmente: "A través de nuestra acción, queremos saludar a nuestrxs queridxs compañerxs M y F, arrestadxs recientemente en España y acusadxs de ser Ixs individuxs detrás de las acciones realizadas por una Célula de la FAS [en realidad, están acusadxs por las acciones reivindicadas por el Comando Insurreccional Mateo Morral]". Y firmado por la Célula Sebastián O. Seguel, Conspiración Internacional por la Venganza, Federación Anarquista Informal.

El último, acto XI del referido proyecto hasta la fecha, tuvo lugar el 29 de abril en Berlín (Alemania), y consistió en un sabotaje contra una agencia de empleo temporal. En la reivindicación de la acción, por parte de las células autónomas "Christos Kassimis", Federación Anarquista Informal, también tienen muestran su apoyo para M y F.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.-Los hechos relatados anteriormente si llegasen a acreditarse en el acto del juicio revisten los caracteres de un delito de pertenencia a organización terrorista FAI/FRI/GAC, previsto y penado en el Art. 571 CP, otro de estragos terroristas, con resultado de lesiones graves, tipificadas respectivamente en los Art. 346 en relación con el Art. 572 del Código Penal y 148.1 en relación con el Art. 574, con la agravante de disfraz (Ella lo hace, primero, con un pañuelo de tipo islamista o similar y luego con una pamela blanca y gafas de sol. Él con un gorro de los usados para la lluvia, y al regreso otro sombrero diferente, gafas y una perilla postiza, pese al calor que hacía y después de cambiarse de ropa a la vuelta para no ir con la misma que a la ida, aunque repitiendo él pantalones y ella bolso.) del que aparecen indiciariamente como responsables FJS y MAC y finalmente una conspiración para la comisión de otro delito de estragos terroristas tipificada en los Art. 17.1 en relación con el Art. 572 y 346 del Código Penal del que aparecen también indiciariamente como responsables FJS y MAC.

La existencia del mismo con apariencia delictiva se sostiene en este momento procesal en los siguientes indicios racionales:

      1) Testifical de los Agentes Funcionarios del Cuerpo de Policía Nacional que realizaron el curso de las investigaciones del atestado del presente asunto (f. 1, 5, 140, 218, 275, 513, 802, 863).

      2) Pericial realizada por los Agentes del CNP que realizaron la inspección técnico-ocular con croquis de ubicación del artefacto y reportaje fotográfico (f. 72, 80) y el informe químico sobre el artefacto explosivo (f. 2226, 2230, 2262), concluyendo que se hizo deflagrar en el Altar Mayor en una hora concurrida con efectiva presencia de más de medio centenar de personas, una de las cuales quedó con lesiones graves, y alcanzando trozos de metralla de la bombona de gas al menos 26 metros de onda lesiva -con el correspondiente peligro para la vida o integridad física de los mismos (f. 2188).

      3) Declaración policial de los imputados (f. 909, 910, 911, 914, 915) y judicial (f. 1076, 1087, 1088, 1115, 1141, 1142).

      4) Pericial del valor de los desperfectos (f. 2569, 2575, 2576, 2577, 2581,2583)

      5) Reivindicación de la acción por parte de la organización terrorista GAC/FAI/FRI, Comando Insurreccional Mateo Morral, vinculándolo con la explosión de otro artefacto en la catedral de la Almudena de Madrid el febrero anterior, con citas de terroristas anarquistas, señalando a la Iglesia como objetivo terrorista y en concreto a la Basílica del Pilar de Zaragoza, por ser símbolo de la Hispanidad y del dominio colonial sudamericano y patrona de la Guardia Civil, en el que se indica que se avisó de la colocación a 2 periódicos y a la catedral, cosa incierta pues sólo se avisó a un Centro de Estética (18 segundos) que lo tomó a broma y no llamó a la policía y en donde se explica que el artefacto estaba compuesto por una bombona de gas butano, 2 kilos de pólvora negra y un reloj activador, lo que coincide con lo demostrado por los peritos químicos sobre los restos del artefacto (f. 2, 14, 52, 148, 513), su concreto texto (f. 50, 730, 735), el de la Almudena (f. 725, 728), como meses después, el 21/4/2014 en la Web de "alasbarricadas.org" (f. 2553)

      6) Documental consistente en fotografías de los efectos y daños causados con la explosión y sobre la localización dentro de la Basílica del artefacto explosivo (f. 46, 85).

      7) Testifical de personas presentes en la explosión y del único aviso telefónico sobre la misma en un centro de Estética que lo tomó por una broma y no avisó a la policía (f. 7, 10, 12, 13), de David V. G. (f. 22), de Marta G. S. (f. 26), de Víctor F. R. (f. 31), de Nuria P. L. (f. 34), de Luis Antonio G. L. (f. 36), de Karin D.V. P. (f. 39), de José Manuel A. P. (f. 42), policía n° […] (f. 44), policía de Tedax describiendo restos que se ocupan del artefacto explosivo (f. 160), de Ramiro R.P. (f. 162), de Clemencia C. (f. 164), de Ángel P. M. (f. 167), José Manuel A.P. (f. 2615)

      8) Parte de lesiones e Informe Pericial de sanidad médico forense sobre heridas sufridas por la explosión por Marta GS (f. 11, 29, 2566, 2586, 2701) con perforación de tímpano, contracción muscular  y cuadro psíquico de ansiedad.

      9) Informes policiales: sobre el radio de alcance de la metralla del explosivo de 25 metros de largo por 8 de alto (f. 16), informando que no se avisó de la bomba ni a periódicos ni a la Basílica, pese a lo que dice el comunicado de reivindicación (f. 16), las reivindicaciones del artefacto con explosivo en la Almudena y la del Pilar de Zaragoza están hechas por distintas personas: en uno lo reivindica el comando insurreccionalista y el otro el insurreccional, uno tiene un lenguaje menos culto que otro, y el artefacto no es idéntico: uno usa metralla y el otro no, uno sólo pólvora negra y el otro añade mezcla de perclorato potásico (f. 148, 2199, 2226, 2356, 2366), sobre la situación administrativa de extranjería (f. 829), estudio comparativo de prendas filmadas (f. 2619)

        10) Imágenes -incluyendo CDS- de los autores de la colocación del artefacto recogidas en el itinerario desde el metro en Barcelona en que empezaron a desplazarse, en la estación de autobuses de Barcelona, en la de Zaragoza, en la Plaza del Pilar de Zaragoza en terraza de un bar en cuyos aseos en 13 minutos activaron el explosivo, y del viaje de regreso tras la colocación del artefacto en la Basílica, después de desprenderse de parte de la ropa que traían superpuesta para dificultar su identificación, estación de autobuses de Zaragoza, la de Barcelona (f. 118, 142, 145, 151, 179, 237, 302, 739, 805,1053,2630), y lo mismo respecto de la preparación para la colocación de otro futuro artefacto explosivo en la Abadía de Montserrat (f. 1023, 1028, 1054, 1223, 1229, 2100, 2630) e informe con selección de fotogramas del recorrido realizado el 2/10/13 (f. 2680)

        11) Efectos incriminatorios ocupados en los registros (f. 811, 816, 843, 857, 1196), con documento ocupado describiendo qué son los GAC a modo de entrevista con respuestas manuscritas y su estudio policial (f. 1203, 2207), hoja dominical sobre el Arzobispado de Zaragoza (f. 1205), plano turístico, billetes de tren a Montserrat (f. 1207), libros sobre Mateo Morral (f. 1208).

        12) Informes de inteligencia sobre el carácter de organización criminal terrorista de FAI/FRI/GAC y la relación de esa organización con los procesados, y las acciones con explosivos de la Almudena, el Pilar y el en estado de preparación en la Abadía de Montserrat (f. 836, 843, 851, 1958, 1963, 2084, 2098, 2207, 2635, 2713) y sobre actuaciones del GAC posteriores al atentado del Pilar y sobre el carácter terrorista del mismo por indicadores temporales, similitud de objetivos, reivindicaciones y elementos que infieren la pertenencia de Solar y caballero a esas organizaciones (f. 2638)

        13) Informe pericial de reconocimiento fisonómico-biométrico de los encartados con los que aparecen en las imágenes del trayecto a la colocación del artefacto explosivo (f. 1042, 2519), que concluye el reconocimiento de S, y levemente el de C.

        14) Documental sobre absolución de los procesados por imputaciones similares en el denominado "Caso Bombas" en Chile (f. 1078, 1250), documento Web que vincula los GAC con el atentado del Pilar (f. 2636), comunicado de presentación de los GAC (f. 2655), comunicado "la Anarquía es inevitable" (f. 2662), comunicado de reivindicación conjunta de los ataques del 21/12/12 (f. 2664), Posición Común 2009/468/PESC del Consejo de Europa de 15/06/09 (f. 2666), FAI: carta abierta al movimiento anarquista y antiautoritario (f. 2672), documento de mensaje solidario de la CFF para M y FJ (f. 2676), llamamiento de FAI/FRI a los anarquistas presos de septiembre de 2011 (f. 2769), comunicado de presentación y libro de "mapeando el fuego" de octubre de 2012 (f. 2777), extracto del libro "La nueva guerrilla urbana" de febrero de 2013 (f. 2805), extracto del libro "parte de un recorrido" (f. 2814), extracto del texto "solidaridad anarquista contra la Europa de las policías y contra la Autoridades" (f. 2830), extracto del libro "contra la democracia : GAC" de primavera de 2013 (f. 2833), libro "la Democracia" (f. 28429, Libro " derechos y democracia. Tolerancia. Civismo y pensamiento democrático" (f. 28469, Libro "Democracias alternativas" (f. 2866), "Sobre la organización, el federalismo y la práctica insurreccional" (f. 2875), "Aportaciones básicas para el debate sobre acciones y la lucha revolucionaria" (f. 2879).

        15) Informe policial comparando las reivindicaciones de los ataques contra la Almudena y el Pilar de Zaragoza (f. 2199,), informe pericial científico químico toxicológico sobre pólvora negra recogida en explosión en la Almudena (f. 2352, 2354,) e informe pericial científico químico toxicológico sobre comparación entre explosivos de la Almudena y el Pilar (f. 2356, 2366,)

        16) Informe policial sobre el contenido relevante ocupado en los dispositivos electrónicos ocupados en los registros (f. 2730)

        17) Documental consistente en extracto de la guía del programa "Eraser user guide" (f. 2886) y documento explicativo del pirateo de redes wi-fi (f. 2891).

        Segundo.-El artículo 384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que una vez que resulten indicios racionales de criminalidad contra determinada persona se la declarará procesada y se entenderán con ella el resto de las diligencias, resultando que de lo actuado se desprende una participación directa e inmediata en los hechos por parte de FJSD y MACS, que por ello deben ser procesados.

        Por otra parte y sin perjuicio de la colaboración trayendo a España a los dos anteriores imputados, en un caso, o auxiliándoles en el alojamiento e infraestructura, en el otro, al no constar una connivencia o conocimiento expreso y directo de que los 2 anteriores iban a colocar el artefacto explosivo en la Basílica del Pilar de Zaragoza, debe por ahora dejarse sin efecto la imputación y las medidas cautelares acordadas en su día respecto de VG -a quien no se puede vincular la posesión de bombonas de gas en actuaciones directas concretas o actos de apoyo y colaboración de terceros terroristas por ahora-, RYMP y GDF, e igualmente.

        Tercero.-Respecto a la situación personal de los procesados, procede ratificar la continuación de la situación en la que se encuentran FJSD y MACS al evidenciarse un riesgo fundado de sustracción a la acción de la Justicia, por cuanto, frente a una posible imposición de graves penas derivadas de estos hechos, constatarse su presunta colaboración con una organización terrorista FAI/FRI/GAC (con un manifiesto nivel de relación internacional, con un evidente nivel de organización, con efectiva posibilidad de facilitar la huida de sus supuestos miembros/colaboradores), recogerse el tipo de actividad terrorista que desarrollaban y que iban a desarrollar -acciones terroristas contra personas- (lo que expone su grado de peligrosidad criminal y de reiteración delictiva), que pone de manifiesto la voluntad de los procesados de no comparecer voluntariamente al llamamiento que pueda realizarse por la Autoridad Judicial competente si obtuvieran la libertad provisional, que debe conjurarse con el mantenimiento de su situación actual de prisión provisional.

Cuarto.-Todo procesado debe prestar la correspondiente fianza para garantizar las responsabilidades pecuniarias que pudieren imponérseles en virtud de lo dispuesto en el Art. 589 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, debiendo señalarse en el presente caso la cantidad de 60.000 EUROS.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

SE DECLARA PROCESADOS por esta causa y sujetos a sus resultas a FJSD y MACS como responsables de un delito de pertenencia a organización terrorista FAI/FRI/GAC, otro de estragos terroristas, con resultado de lesiones graves, con la agravante de disfraz y una conspiración para la comisión de otro delito de estragos terroristas, debiendo entenderse con los mismos las sucesivas diligencias en el modo y forma previsto en la Ley, y a quienes se les hará saber esta resolución, enterándoles de los derechos que le concede, ratificándose su actual situación de prisión provisional.

Recíbaseles declaración indagatoria para lo que se señala el próximo día 11 de julio a las 10 horas.

REQUIÉRASE A LOS PROCESADOS para que en el plazo de un día presten fianza individual en la cantidad de 60.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva pudieran imponérseles, en cualquiera de las clases admitidas en el artículo 591 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y de no verificarlo dentro de las veinticuatro horas siguientes, embárguesele bienes suficientes para cubrir dicha suma, acreditándose en caso de no poseerlas su insolvencia en legal forma.

Se deja sin efecto la imputación y las medidas cautelares acordadas en su día respecto de VG, RYMP y GDF.

Notifíquese este auto al Ministerio Fiscal, imputados y a las demás partes personadas, haciéndoles saber que la resolución no es firme y que contra la misma cabe recurso de Reforma en el plazo de TRES DÍAS y/o Recurso de Apelación en el plazo de CINCO DÍAS ante este juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma D. ELOY VELASCO NUÑEZ, Magistrado Juez del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional, doy fe.

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