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11/12/2024. 10:32:33
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Innovando a golpe normativo

Fernando Biurrun Abad

Abogado. Fundador de Law&Trends Consultor de Social Media @fbiurrun

Uno de los motores de la innovación y la consecuente aplicación de las nuevas tecnologías son los cambios normativos. Las exigencias legislativas generan oportunidades de negocio, en especial, cuando para facilitar su aplicación las empresas y los operadores son capaces de desarrollar herramientas orientadas a facilitar su cumplimiento.

Innovación

Las exigencias legislativas, en muchísimas ocasiones, generan nuevas obligaciones a las empresas y a los operadores económicos, teniendo que implementar mecanismos costosos para adaptarse a las exigencias normativas. Alrededor de las empresas han surgido numerosas iniciativas de empresas y emprendedores que tratan de facilitar la gestión empresarial, buscando economías de escala que permitan generar precios competitivos y asequibles para que, de un lado, las empresas puedan adquirir sus servicios y, de otro, su iniciativa empresarial sea sostenible.

Registro de la jornada diaria de trabajo

Uno de estos impactos normativos recientes ha sido el Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo que, entre otras medidas, establece a las empresas la obligación de establecer un registro de la jornada diaria de trabajo a partir del próximo 12 de mayo. El Decreto-Ley no regula el modelo de registro que deberán tener las empresas, por lo que deja a éstas bastante flexibilidad para su puesta en marcha.

Al ser una medida incluida dentro las incluidas en el Decreto-Ley de protección social y de lucha contra la precariedad laboral, las obligaciones que se establecen a las empresas van a estar dentro del punto de mira de la Inspección de Trabajo.

Como decía, son las empresas las que van a establecer el modelo de control horario, con la participación, en su caso, de los representantes de los trabajadores. De las soluciones que se ofrecen, las más innovadoras son aquellas que ofrecen la posibilidad de fichar de una forma muy flexible. En este sentido, podemos encontrar herramientas que "pueden integrarse con un sistema biométrico -por huella dactilar, biometría facial-, por tarjeta, digital geolocalizado o por la aplicación del móvil, adaptándose sin problemas a las necesidades de cada empresa y a las particularidades de cada empleado, tanto si trabaja en la oficina como si están en campo", como la que ofrece Woffu.  

Herramientas que permiten fichas de forma presencial en la empresa o de forma virtual, pensando en teletrabajo, trabajadores que se desplazan, etc. Lo cual no hace que surjan otros debates legales sobre si el empresario puede obligar al trabajador a bajarse una aplicación en su smartphone para fichar. ¿Tendrá que compensar el empresario su uso? ¿Qué sucede si re rompe el teléfono? ¿Si se queda sin batería? La implantación de estos modelos necesitará no sólo de herramientas tecnológicas, sino también de una regulación clara y consensuada entre la empresa y los trabajadores.

Un canal de denuncia externas

En estas últimas semanas también hemos conocido una nueva herramienta, esta vez destinada a facilitar a las empresas y a organizaciones a disponer de un canal de denuncia externas, además, de facilitar a los profesionales del Compliance que elaboran programas de cumplimiento normativo información suficiente asesorar mejor a los clientes y establecer mejoras y revisiones a los programas de compliance. Sus promotores son Luis Suárez Mariño abogado avilesino, Francisco Menéndez Piñera, gijonés, auditor de seguridad de la información y Manuel Montesdeoca de la Fuente que han creado W3 CANAL DE DENUNCIAS.

Como nos comenta Luis Suárez, "la existencia de un canal de denuncias es uno de los requisitos que el Código Penal impone a las empresas para, en caso de que se produzca un delito del que puedan ser responsables, las mismas puedan quedar exoneradas de responsabilidad penal.

Sin canal de denuncias, ni existe verdadero modelo de prevención, ni los administradores cumplen el específico deber de control que les impone la Ley".

Los canales de denuncia son el medio más fácil y económico con el que cuentan las empresas para detectar el fraude. Pero para que el instrumento, sea útil, apunta Francisco Menéndez, "debe de garantizarse la confidencialidad al denunciante, minimizando la posibilidad de cualquier represalia". El que los canales de denuncia sean externos aumenta la confianza en los trabajadores de la seguridad y de la voluntad de la empresa en querer instaurar un medio de mejora continua.

Su desarrollo es una aplicación que las empresas y organizaciones pueden incluir en su web corporativa y que permite canalizar las denuncias, que pueden ser también anónimas, de una forma cifrada y cumpliendo todos los requisitos que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos, "incluyendo la supresión de todos los datos personales relacionados con la denuncia en el plazo máximo de tres meses desde que el registro de la misma", apunta Francisco Menéndez.

Dos buenos ejemplos de innovación orientados a facilitar y a cumplir con la normativa, cada vez más exigente y que requiere de soluciones en las que los abogados, como hemos visto, son partícipes en su ideación, diseño e implantación.

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