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26/04/2024. 21:47:29

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Alcohol: ¿agravante o atenuante?

Analista de Prácticos. Thomson Reuters

Carmen Alemán Ezcaray

O de cómo la influencia del alcohol puede atenuar o agravar la responsabilidad en la comisión de un delito imprudente

Sirvan estas primeras palabras para advertir que el presente artículo no pretende ser un estudio de la sesuda parte general del derecho penal, sino más bien un acercamiento a la percepción que la gente de a pié tiene del mundo jurídico y las extrañas construcciones que nos montamos los juristas. Parto de la base de que muchas veces el conocimiento del mundo jurídico que tiene la sociedad es adquirido a través de programas de televisión de contenido más bien amarillo y que la explicación jurídica del por qué no suele ser lo importante en ese tipo de información.

La influencia del alcohol en la comisión de un delito ha venido siendo, históricamente, una circunstancia que atenuaba la responsabilidad del autor por influir en su capacidad volitiva. Sin embargo, actualmente, en el caso de conducción de vehículos a motor supone, de facto, una agravante. Si bien es cierto que jurídicamente la influencia del alcohol conforma parte del tipo y no es, stricto sensu, una circunstancia modificativa de la responsabilidad, para el ciudadano de a pié puede suponer una contradicción difícil de entender.

Tomemos el supuesto de la persona que, bajo la influencia del alcohol, se pone a los mandos de un vehículo y atropella, de manera fortuita, a un peatón causándole la muerte. Está claro que el hecho es mucho más grave que si el conductor hubiera causado la muerte sin estar bajo la influencia del alcohol (el homicidio imprudente entra en concurso con el delito de peligro por conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas) y socialmente se acepta que quien decidió a pesar de todo coger el coche en esas condiciones debe pagar duramente por ello.

Ahora bien, supongamos que la misma persona, bajo la influencia del alcohol y por razón de su trabajo, maneja una motosierra, que pierde el control sobre ella y causa igualmente la muerte de un compañero. En ese caso, la influencia del alcohol lejos de ser una circunstancia agravante supondría una atenuante de la responsabilidad.

Revisemos los mecanismos que hacen que el autor de la imprudencia inicie la actividad. En ambos casos, posiblemente, no sea consciente de su auténtico estado de embriaguez. El pensamiento que ronda su cabeza en el momento en que arranca uno u otro aparato y su nivel de consciencia sobre el acto que va a ejecutar no puede ser muy diferente. Las consecuencias de los actos son en ambos casos una muerte. Y sin embargo, como decía la canción, no es lo mismo… ¿o sí?

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