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26/04/2024. 09:48:08

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Ley de medidas de protección integral contra la violencia de género

Caja de Pandora del siglo XXI

Silvia Recuenco

En unos pocos días, nuestra Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género cumplirá 5 años de vigencia, y qué mejor momento que su cumpleaños para hacer unas reflexiones sobre su aplicación.

Se ha hablado mucho de esta Ley pionera, tanto en nuestro ordenamiento jurídico como en el europeo, así como del leve descenso de las muertes de mujeres a manos de sus hombres (al menos en los dos primeros años de vigencia). Se ha conseguido que un problema social, se convierta en una preocupación no ya para las mujeres directamente afectadas, sino para toda la sociedad. En definitiva, se ha logrado una concienciación social. Pero como todo lo que el ser humano hace tiene su lado oscuro, también lo tiene esta Ley, que en lo que afecta al principio de igualdad de trato entre hombre y mujer y al principio de presunción de inocencia del hombre, deja abierta la puerta a su utilización abusiva por parte de la mujer. 

Como es costumbre en nuestra sociedad, hemos pasado de un silencio absoluto y de tratar la violencia sobre la mujer como algo "normal", cuyo castigo, salvo que terminase en muerte, era tratado simplemente como una falta, a hacer demasiado ruido, a que las muertes de las mujeres a manos de los hombres sean algo presente todos los días en los medios de comunicación.

Ha saltado la alarma.

Por ello, el legislador nos brindó esta Ley. Como el pueblo pidió sangre,  se le concedió sangre, aunque fuera a costa de marcar a todo hombre con una letra escarlata, una letra que en esta historia es la "M" de maltratador.

Muchas veces tengo la sensación de que con la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género se ha abierto una especie de caja de Pandora de la que  han comenzado a aflorar males bastante graves, como la vulneración del principio de presunción de inocencia del hombre, y la tergiversación de la esencia de esta Ley, abusando de ella.

Esta caja de Pandora se abrió de golpe para mí cuando comencé a trabajar en el Turno de Oficio especial de Violencia de Género. Todos aquellos compañeros que también tengáis o hayáis tenido la suerte de estar adscritos a este Turno sabréis ya a lo que me refiero. Al finalizar el curso de acceso, piensas en todas esas mujeres a las que, con gran ilusión, vas a poder ayudar legal, social y psicológicamente. Sabes escuchar. Toda tu vida laboral dedicada al derecho matrimonial te ha preparado para ello. Pero ya en tu primera guardia, te encuentras con que dos de las tres víctimas designadas no son mujeres maltratadas, sino víctimas de un mal matrimonio. Víctimas de los telediarios, los periódicos, de la traumática alarma social, de los malos consejos de amigas o compañeras de trabajo que han conseguido salir beneficiadas en su divorcio o medidas paterno-filiales presentando una denuncia en comisaría contra su marido. Víctimas de malos consejos de abogados. En definitiva, víctimas del victimismo.

Desgraciadamente, el legislador lo ha puesto fácil. Ganar beneficios en un divorcio, o dar un escarmiento al hombre, ya está al alcance de nuestras manos.

 Pongamos un ejemplo fácil y frecuente. Pareja -con hijos- que ya no puede soportar la convivencia y decide la ruptura. Antes de la entrada en vigor de la Ley, si esta pareja se veía envuelta en  una simple discusión, con insultos e incluso amenazas propiciadas por el acaloramiento, se resolvía mediante un divorcio ante la jurisdicción civil. Este hecho, como mucho, podría ser  utilizado por la mujer, en el divorcio contencioso, como arma para hacer ver al Juez que su marido es un poco violento, algo desequilibrado,  y no está capacitado para cuidar de sus hijos

 Desde la entrada en vigor de la Ley,  y desde que algunas cabezas pensantes se dieron cuenta de cómo aprovecharse de sus defectos, las cosas han cambiado. Ahora se lleva adelantar tu divorcio en la jurisdicción penal. Como si no estuvieran suficientemente colapsados los Juzgados.

Hoy día, el miembro femenino de esta pareja que no se aguanta se plantea su ruptura de otro modo. Cuando su pareja la insulta o amenaza (en el mismo contexto que el ejemplo anterior), la mujer se persona en la Comisaría más cercana, le pone una denuncia por amenazas e injurias y, sin más preguntas por parte de los Agentes de Policía, el atestado pasa al Juzgado.

De momento, la mujer de esta pareja ha conseguido una pequeña venganza: que su marido pase la noche en una fría celda del sótano de Comisaría, todo ello por cortesía de la Ley Integral de Violencia de Género. Por supuesto, este padre de familia, si ha tenido la mala suerte de que lo detuvieran delante de sus vecinos, compañeros de trabajo, o incluso de sus hijos, ya lleva la etiqueta de maltratador sin necesidad de ser juzgado. La sociedad ya se ha encargado de hacerlo. Y no olvidemos que la noche de calabozo es automática. ¿ No nos hemos pasado un poco?

Al día siguiente celebramos un juicio rápido, y la mujer de nuestra pareja tipo ya se preocupará de llevar a alguien que corrobore su historia. Con suerte, pedirá una Orden de Protección y se la concederán. Ya tenemos un minirrégimen de visitas, y una pensión de alimentos fijada sin ningún dato fáctico, en la mayoría de los casos inviable o insuficiente. ¡Y qué decir del régimen de visitas! Sin vacaciones de Navidad o Semana Santa prefijadas, sin cerrar más que el clásico fin de semana alterno. Esto constituye una aberración para los que nos dedicamos al derecho de familia, una desgracia para los niños y los padres y muchos quebraderos de cabeza para los abogados, que nos las vemos y nos las deseamos para  solucionar semejante desaguisado judicial.

Espero que entre todos los que nos dedicamos a estos asuntos podamos cerrar esta caja de Pandora y conservar la esperanza de que se acabe aplicando la Ley con coherencia y sin abusos, y sin que por la necesidad de dar una protección integral a la mujer, se deje al hombre en desamparo absoluto. Y también con la esperanza de que seamos capaces de identificar cuándo hay que acudir a la jurisdicción civil por un problema de familia, cuándo a la penal por un maltrato y cuándo a servicios sociales para que nos tramiten ayudas. Todo ello sin crucificar al hombre, y sin que el hombre siga discriminando a la mujer por el hecho de serlo.

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