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25/04/2024. 20:54:42

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Desprecio social a la I+D

Profesor de Investigación del CSIC

A. J. Vázquez Vaamonde

Es general, en muchos países, el desprecio por la actividad intelectual; empieza con el menosprecio al filósofo al que siguen el científico, el músico, el literato, el maestro. Gente que, en el fondo, ¿qué hacen que, realmente valga la pena?. Reflejo de esa mentalidad son los sueldos de quienes ejercen esta actividad cuando pretenden convertirla en una profesión con la que ganarse la vida. Total, sólo crean conocimiento.

Hasta hace poco, los escritores vendían todo el derecho sobre sus obras a los editores. Al pretender participar en los beneficios de las sucesivas ediciones los editores pusieron el grito en el cielo. ¡Ya les habían comprado la obra!. ¿Cuál era el derecho de esos "vagos escritores" a seguir cobrando sin trabajar?. Ellos, los editores, sí trabajaban y corrían el riesgo de no vender lo impreso. Está claro que ningún empresario es proclive a reconocer el valor de la plusvalía del trabajo creativo. ¿Qué gasto tiene un escritor por escribir?. ¡Papel y lápiz!.

Algo parecido ocurrió con las creación científica y el desarrollo industrial que producían beneficios. Para su fomento, era un bien social, se estableció, finalmente, el derecho de patente. Ésta reservaba el derecho de explotación a los inventores durante 20 años; o a los empresarios (editores) que les compraban los derechos a los inventores (escritores). A cambio, se le exigía que contaran en qué consistía el proceso, no sólo para que quedara claro qué se estaba protegiendo, sino para que cualquiera, transcurridos 20 años, pudiera beneficiarse a cambio de nada. ¿No es esto un caso claro de enriquecimiento injusto?

El trato que recibe el científico, creador de conocimiento, un nuevo producto o un nuevo proceso más económico, más eficiente, más ecológico, etc., es mucho peor que el del literato, escultor, pintor o músico que crea una obra. Sin entrar en discusiones bizantinas acerca de si El Quijote es más útil para la humanidad que la penicilina, que cada uno puede tener su propia opinión sobre ese particular y, sin duda, estará bien fundada, no es menos cierto que sería difícil demostrar que la  penicilina vale menos que El Quijote.

La realidad jurídica, sin embargo desvaloriza a la penicilina al darle menos protección a su autor. Cualquier creador de una obra artística tiene sus derechos económicos más protegidos que cualquier creador científico o tecnológico. El art. 26 de. RDLegislativo 1/2006 de 12 de abril del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual protege al creador toda su vida y 70 años más. El art. 49 de la Ley de Patentes y Modelos de Utilidad, 11/1986 de 20 de marzo protege al creador científico "veinte años improrrogables".

Además, éste está obligado a explotar la invención patentada, art. 83, exigencia que no sufre ningún autor de obras literarias artísticas o científicas protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual. Aquella es una exigencia que tiene como límite satisfacer la demanda del mercado nacional, que tampoco existe en el caso de la Ley de Propiedad Intelectual. A ella se añade el que de no realizarse la explotación en el plazo de cuatro años, art. 83, o si se ha interrumpido por más de tres, art. 87, cualquier persona podrá exigir una licencia obligatoria, que, incluso, podrá ser otorgada por Real Decreto, art. 90, por motivos de interés público, es decir, si es "de primordial importancia para la salud pública o para la defensa nacional", mediante el procedimiento establecido en el Capítulo III de la Ley.

No hay exigencia paralela con las obras intelectuales de creación literaria, artística o científica no creadora de bienes. Su autor puede reservarse durante toda su vida, y 70 años más sus herederos, el derecho a privar del beneficio que su obra significa para los demás seis mil millones de seres humanos, casi siete mil, que somos ahora.

Otro elemento de trato diferencial es que para que no se produzca la pérdida de la protección que otorga la patente se exige el pago de un canon anual que, de no realizarse, implica la pérdida del derecho de protección. La situación es harto distinta en el caso de protección de la creación literaria, artística o científica. Incluso los adquirentes de los fonogramas tienen un derecho de propiedad exclusivo que dura 50 años, muy superior al que tiene el adquirente del derecho de propiedad de una patente.

Ante esta realidad es difícil justificar la persecución de que son objeto los que, dados los elevados márgenes de beneficio que tienen los sobreprotegidos editores de películas, videos y discos y sus autores o intérpretes, deciden cortar por lo sano y bajarse reproducciones libremente de la red globalizadora o, más directamente, comprar a un precio razonable en el "top manta" aun a sabiendas de la peor calidad de la reproducción y de la ilegalidad de su origen.

Al margen de la ilegalidad, que no podemos justificar, la peor calidad no la percibe el usuario. Acostumbrado a oír "esa música" a todo volumen, tiene atrofiado el sistema auditivo aun en plena juventud. No deja de ser curioso que esta realidad concurra con la adquisición de sofisticados sistemas de audio, aunque las frecuencias elevadas y las bajas sean totalmente inaudibles ya para su propietario, sordo funcional. Es, claro está, una adquisición realizada más  como una mera manifestación de signo externo de capacidad económica que de otra cosa.

Cabe argumentar – todo es cuestión de imaginación – que la aspirina, por poner un ejemplo clásico, es de utilidad pública, algo que no ocurre, p. ej., con "cien años de soledad", o con cualquier canción de cualquier "tocador" o "cantador", que decir músico o cantante no sería correcto. Caeríamos así en la paradoja de proteger en demasía lo "menos útil", lo que estimula su producción, dejando de proteger lo más útil, lo que desestimula su producción.

Ante esta realidad incongruente, valdría la pena plantearse un cambio del esquema. Sería más lógico el establecimiento de la opción de un derecho equivalente de propiedad Intelectual a las patentes. Quien eligiera ese sistema, la protección durante toda la vida del autor y 70 años más, tendría que permitir que el gobierno del país donde estuviera protegida su patente, pudiera establecer una tasa máxima de beneficios al autor, p ej., del 3 %, como ocurre con la reventa de la obra artística, art. 24 de la Ley de Propiedad Intelectual.

En el caso del industrial propietario de la patente, su situación es equivalente a la del productor propietario del fonograma. Podría ver ampliado a 50 años, art. 119 Ley de Propiedad Intelectual, el actual período de protección a 20 que tienen las patentes a cambio de un control.

Si es lógico que el propietario del fonograma, 50 años, tenga un derecho más breve que el del autor o intérprete, toda su vida y 70 años más, es incongruente que el autor de la patente tenga los mismos 20 que el productor que fabrica su producto. Más aun, el productor puede seguir fabricando ese producto, y enriqueciéndose con él toda su vida, mientras que el inventor de la patente ve,  a los 20 años, el fin de su derecho como verdadero creador.

Llegado a este punto, se demuestra lo que señalábamos al principio: el desprecio de esta sociedad por la actividad intelectual; en particular por la I + D ; por eso hay más especuladores que científicos. Pero, seamos democráticos, como ésa es la sociedad que queremos, ésa es la que tenemos. Si reflexionamos algo más, quizá acabemos concluyendo lo mismo que Proudhom.

Es necesario estimular, no sólo por la vía de la Educación en la Ciudadanía sino por el reconocimiento de los beneficios, la creación intelectual: artística, literaria, científica y tecnológica. Sobre todo, habría que plantearse el pago de la actividad más pura e intelectual: la docencia y la investigación científica que, en sus raíces, es la actividad filosófica del que ama la sabiduría.

Ahora todo el mundo se acuerda de la Reunión de Lisboa, como de Sta. Bárbara cuando truena. Allí Europa se había comprometido a invertir en I + D + i. Los países con gobiernos más inteligentes lo han hecho. Los demás, entre los que se encuentra el nuestro, no, naturalmente.

Eso no les ha impedido un alarde de difusión mediática de lo que iban a hacer, que nunca tuvo la segunda edición de lo que no habían hecho, que en España los medios de difusión son más voceros del Gobierno que serios críticos de su ineficiencia. Recuerdo como paradigmático aquél "trío de la bencina" formado por Birulés, Piqué y Costa, de aciago recuerdo. Sólo sirvieron para dejar en mejor lugar a los demás ministros, por comparación con lo que no hicieron ellos.

Ahora, el Presidente Rodríguez Zapatero dice que la I + D + i será la que nos saque del atolladero actual. Sin duda lo hará; pero dentro de 10 años. Ése es el tiempo mínimo que se necesita para que las inversiones en I + D + i transfieran sus beneficios a la sociedad. Por eso ningún político español invierte en I + D + i. Su objetivo, en el mejor de los casos, es lo que ocurra en 8 años. La política en I + D + i es una política de Estado y aquí ni el Gobierno ni en la oposición se ve a un político de Estado: Y no digamos las empresas; ¡ni un duro invierten!. Y así nos va.

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