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25/04/2024. 04:10:52

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Incoherencia o corrupción

Profesor de Investigación del CSIC

Donde falta reflexión la incoherencia brota como las flores en mayo. Si el refrán dice que “se coge antes a un mentiroso que a un cojo”, todavía “se coje antes a un  incoherente que a un mentiroso”. Es lógico; el mentiroso sabe de su mentira y pretende ocultarla; el incoherente por su propia irreflexión hace patente su incoherencia sin darse ni cuenta.

En esta “casa de tócame Roque” en que se ha convertido el CGPJ, a mí me parece que, aparte de unas dimisiones que hace años que deberían haberse producido (art. 6.2 CC), la solución sería más fácil si se hiciera una elección en el Congreso de todos los candidatos por los Diputados. Es imprescindible acabar con esta fraude de ley donde dos partidos mayoritarios ignoran el respeto al pueblo español al que, constitucionalmente representan los diputados.

La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” dice el art. 1.2 CE78; y el 66: “1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. 2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución. ¡Da igual!

Que los poderes, legislativo ejecutivo y judicial deben estar separados parece un Principio General de Derecho democrático; como que todos los ciudadanos seamos iguales ante la ley (art. 14 CE78),pero la CE 78 establece que los votos de los turolenses valgan tres veces más que los de un madrileño y ¡ni miremos que pasa en el Senado! Si los votos no valen lo mismo ya no hay que robar las urnas para hacer trampa; el fraude que constitucionaliza la constitución y por tanto bien constitucionalizado está. Las trapacerías del CGPJ para seguir cobrando a final de mes, presumo esa razón para no dimitir, es un fraude de ley.

Si nadie ve pérdida de independencia entre los poderes porque el ejecutivo lo nombre el poder legislativo no cabe rasgarse las vestiduras porque también nombre al poder judicial. Al oponerse a que los nombre el pueblo español al que representan los diputados ¿no han perdido el “oremus”? Otra cosa es que el procedimiento constitucional establecido “a pachas” entre los dos partidos más grandes no sea democrático. Los demás diputados son convidados de piedra.  

Mientras buscan otro fraude de ley entre los dos “el pueblo soberano” sigue pasmado ante el fraude actual. El art. 570.2 LO 6/1985Si ninguna de las dos Cámaras hubieren efectuado en el plazo legalmente previsto la designación de los Vocales que les corresponda, el Consejo saliente continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.” El art. 6.4 CC es claro: “Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir”. Su objetivo no era permitir su continuación durante cuatro años ¿o hasta que se jubilen?  Pero no creo que respeten tampoco el art. 7.2. CC: “La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso”.

Ni tomarán las medidas oportunas, ni indemnizarán por los sueldos indebidamente percibidos, algo que quizá pudiera considerarse un delito de prevaricación, ni dimitirán como exige la ética elemental. Y aun los veremos como eméritos alcanzada la edad de jubilación.

La democracia busca la igualdad en la proporcionalidad. La solución es elemental: los candidatos al CGPJ reciben el voto de los 350 diputados teniendo cada uno un voto, partiendo de la hipótesis de que su CV  garantiza su capacidad para ejercer bien su trabajo; es decir, aun eligiendo al menos competente, no elegiríamos a ningun incompetente, que eso es lo que se pretende con una elección, aunque no siempre se consiga. Bastaría modificar el art. 122 CE78, ese regalo no democrático de los padres de la CE78. ¡Con lo simple que era haberla hecho bien!

Siendo doce los miembros que se deben elegir cualquier grupo de Diputados de 350/12= 29,17, es decir, 29 diputados bastan para designar a un miembro del CGPJ. Analizando los Diputados  el resultado de la elección sería el siguiente. Con un corte de 26 votos, dados los restos, el PSOE, que tiene 120 diputados, podría elegir a 4 y le sobrarían 16 votos; el PP, con 88 Diputados podría elegir 3 y le sobrarían 10; VOX con 52 Diputados podría elegir 2 y no le sobraría ninguno; Podemos, con 33 Diputados elegiría 1 y le sobrarían 7 votos. Así salen 10, Quedan 2 miembros para elegirlos mediante acuerdos con esos restos de votos sin usar.

PSOE, PNV y Bildu sumarían 27; probablemente se elegiría al que el PNV propusiera. El otro podría elegirse con una combinación ERC y Plural que suman 25 o con la del PP y C’s que sumarían 19 según a a quien apoyen  alguno de los 11 Diputados del Grupo mixto.

Que se trata de una votación partidista es indiscutible; ¿acaso no es ése el juego de la política?; pero, al menos, el diverso origen de los miembros del CGPJ, mayor que con el método actual, mucho más partidista permitiría presumir una mayor calidad en las decisiones.

¿Qué por ser partidista la rechazaría el TC? Caben, al menos, dos opciones; a) que dé alguna razón para desdecirse de lo que dijo, porque su argumento del partidismo es invalido; al poder ejecutivo se le elige partidariamente por el mismo poder legislativo; b) que lo rechace asumiendo él la responsabilidad del bloqueo de esa elección. Es capaz de esto último y de más. ¡Si los conoceré yo que me rechazaron un recurso de amparo alegando que “la violación del art. 14 CE78 no tiene interés constitucional”!

En resumen, esta forma de elección por los diputados electos por el pueblo soberano es la menos antidemocrática de todas las que se me han ocurrido. Por eso, quizá, no se ponen de acuerdo y prefieren seguir con sus fraudes y su bloqueo. ¿Incoherencia o corrupción? Vd. decide.

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