Hace unos días la máquina de inteligencia artificial “AlphaZero”, tras aprender a jugar al ajedrez en unas horas, ganó, sin ninguna derrota, el campeonato mundial de máquinas de esta disciplina, en la que los humanos carecemos de aptitudes suficientes para competir.
Centrándonos en el mundo del Derecho, la utilidad de estos sistemas de inteligencia artificial (IA) que preparan los litigios y pronostican sus resultados, facilitando los entendimientos, es más que evidente.
La función del operador jurídico -juez o abogado-, como técnico conocedor del Derecho, va a quedar absorbida casi completamente por los muy superiores conocimientos de estas máquinas, dotadas además de la facultad de aprender.
Sin embargo, la figura del juez y la del abogado continuarán siendo insustituibles por dos razones, o más bien dones, intransferibles y fundamentales: 1) la facultad de humanización o espiritualización del Derecho; y 2) el pensamiento crítico, provocador de cambios en el mismo.
El trato personal, la "confianza" especial que se establece entre el abogado y su cliente, es algo que ninguna máquina podrá sustituir, como tampoco la "pasión" de su alegado o la "compasión" de un tribunal o de un jurado, ante una injusticia, por muy lícita que sea.
Tampoco el orgullo que impide darse por vencido ante lo injusto, con la consiguiente reacción a la búsqueda de soluciones novedosas o alternativas, impensables antes, para cambiar el normal devenir de las cosas, por el juez o el abogado que lo incita a ello, son algo fácilmente replicables por una máquina, aunque esté programada para aprender.
Utilicemos, pues, de la nueva "era tecnológica" en la que entramos, todos los avances que nos pueden ser útiles y faciliten nuestro trabajo como la IA, vayamos hacia los tribunales virtuales y otros nuevos prodigios técnicos que nos hagan más fácil y cómodo el trabajo; pero no olvidemos la esencia del derecho como ciencia esencialmente práctica y pegada a la realidad social, en la que la humanidad y el sentido crítico de las personas resulta esencial para el cumplimiento de su finalidad: la Justicia de cada caso concreto y la Justicia en general.