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24/04/2024. 17:51:46

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La pretendida reforma del CGPJ: otra vuelta de tuerca contra el espíritu constitucional

Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid

  • Hemos asistido a distintas reformas, ninguna complaciente y plena en términos de independencia y neutralidad del órgano gubernativo-judicial
  • Los malos pronósticos que apuntó el Tribunal Constitucional sobre la politización del órgano se han cumplido sobradamente

La Constitución diseñó una composición mixta del CGPJ para evitar el corporativismo judicial, creando así cierto pluralismo. De esta forma, tres quintas partes de los veinte vocales que lo forman (12) son elegidos entre jueces y magistrados (los llamados vocales judiciales). Los otros 8 vocales deben ser designados entre abogados y otros juristas de reconocida competencia y antigüedad (vocales no judiciales), quienes enriquecen el órgano con sus distintas sensibilidades, ópticas y experiencias; ahuyentando la sombra de lo endogámico.

El planteamiento resultaba acertado. La Constitución estableció que estos vocales debían ser elegidos por el Parlamento, lo que obliga al consenso de las principales fuerzas políticas. En cambio, no previó cómo elegir a los vocales de origen judicial, provocando distintas soluciones legislativas que han sido y siguen siendo una fuente permanente de viva polémica, desde el desafortunado “¡Montesquieu ha muerto!”.

Un espejo del Parlamento

La inicial solución electiva por los propios miembros de la carrera judicial no satisfizo a alguna fuerza política mayoritaria, lo que derivó a la Ley Orgánica de 1985, estableciéndose que los vocales judiciales fueran también elegidos por el Congreso y el Senado por la misma mayoría reforzada. Esta opción fue duramente criticada, con total razón, pues al socaire engañoso que era una equiparación a los vocales no judiciales suponía, en la práctica, un espejo del Parlamento en el órgano de gobierno de los jueces, luego sujeto a una evidente politización.

El Tribunal Constitucional, en 1986, si bien consideró conforme al texto constitucional la vía elegida, ya advirtió que existía un riesgo notable de burla al espíritu constitucional si se terminaba convirtiendo al CGPJ en un campo de pugna política, que es lo que ha venido sucediendo desde entonces.

Después hemos asistido a distintas reformas, ninguna complaciente y plena en términos de independencia y neutralidad del órgano gubernativo-judicial.

Con los recientes intentos de proposición de ley –hoy parece que frenados- se ha dado otra vuelta de tuerca al espíritu constitucional, pues no solo se mantiene la dirección contraria al mismo, sino que se ahonda al pretender rebajar la mayoría que equipara a la elección de los vocales no judiciales.

Órgano politizado desde 1985

Nuestro legislador constituyente diseño un modelo de autogobierno de los jueces con el fin de reforzar la independencia de los tribunales, tomando como modelo el Consejo Supremo de la Magistratura italiano. Si todas las reformas habidas para cubrir la elección de los vocales judiciales han derivado en la politización del órgano prácticamente desde la primera modulación de 1985, parece evidente que con la rebaja del umbral de las mayorías parlamentarias se estaría subrayando más en ese carácter político, en todo caso extraño al espíritu que preveía la Constitución. Los malos pronósticos que apuntó el Tribunal Constitucional sobre la politización del órgano se han cumplido sobradamente.

Obvio es recordar que cuanto más independiente sea el órgano mejor preservado estará el tercer poder del Estado.

Debería grabarse a fuego en la mente del legislador que Charles Louis de Secondat, Barón de Montesquieu, a estos efectos, debe ser declarado inmortal. Con ese epitafio sobrevenido como paradigma, el problema solo se irá salvando con la concordia y el debido consenso político, al que apelamos con firmeza.

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