LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

25/04/2024. 14:29:26

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

No hay estado de guerra

Profesor de Investigación del CSIC

Leo la noticia de que en España se registraron 13.454 denuncias por negligencia médica que provocaron 757 muertes y me parece escandaloso; ¿solo 757? La causa mayoritaria ha sido el error del diagnóstico, ¿no las listas de espera?, y la consecuente pérdida de oportunidad terapéutica. El coste de los errores médicos, ¿no de la negligencia política manteniendo una sanidad insuficiente? se cifra entre los 185 y 5.546 millones de euros según los cálculos de un reciente informe de la Comisión Europea (2016). En él se alerta de los costes derivados de una mala seguridad del paciente en los servicios sanitarios, no tanto del daño al ciudadano.

El porcentaje de estos errores se sitúa entre el 0,2 y el 6 % del gasto sanitario siendo el dato medio probable el del 1,5 %, del orden de 1.386 millones de euros, que afectan al 6.48 % de los pacientes españoles, ¡nunca mejor dicho!, porque las quejas son mínimas. Eso ocurre en esta sociedad mal informada de sus derechos. La eliminación de la asignatura de “educación para la ciudadanía” buscaba también este objetivo. A ello se añade la mala atención a sus derechos si los reclama por “falta de sensibilidad judicial y sanitaria” incluso en los recursos de amparo. No podemos olvidarnos que el TC – ¡ahí es nada! – ha declarado inadmitido un recurso por violación del art. 14 CE78 porque “esa violación no tenía interés constitucional” y la Srª Fiscal, única que podía recurrir contra la comisión de este delito de prevaricación, se negó a hacerlo.

Para el conjunto de la Unión Europea el coste se sitúa entre los 2.820 y 84.605 millones de euros. Si estimamos un valor medio del 1,5 % del gasto sanitario la cifra probable sería del orden de 21.000 millones de euros, en números redondos. Esta cifra aumenta en el caso de Alemania, Francia Italia y Reino Unido, pero sólo porque son más e invierten más en sanidad, no porque hay más negligencias. Pero aquí no se incluyen los “costes intangibles” por falta de estadísticas adecuadas que contabilicen los fallecidos por negligencias, porque la información de muchos países es deficiente y por la falta de una metodología común que permita comparar estos datos. En concreto, en nuestro país, la mayoría carece de información y asesoramiento profesional de abogados expertos en negligencias médicas.

Ls acción u omisión más frecuente contraria a la lex artis, no bien contabilizada es la gran demora en la asistencia médica. Su causa es el continuo amento de la lista de espera. Ella permite que haya fallecimiento tras varios meses sin llegar a ser atendidos por el especialista y obtener el diagnóstico, aunque sin estar en la lista de espera pues su definición se ha modificado para no contabilizar a quien, realmente, está en “la inexistente lista de espera”; la del que aguarda que le vea el especialista. Pese a este fraude contable, las listas de espera para ser atendido tras el diagnostico siguen creciendo. Sobre este particular sería necesaria una definición judicial correcta.

Todo ello ha aumentada por la «desaparición» de la atención de especialistas y de la atención «primaria» fruto de una pandemia. Pero no disimulemos la realidad; la pandemia sólo la ha revelado: una deficiente oferta sanitaria mientras se presumía de “la mejor sanidad del mundo mundial”. Ahora conocemos la gran mentira objetiva que aún muchos siguen creyendo. La mortalidad tuvo y tiene una relación causal directa en la reducción sistemática del personal sanitario y equipamientos; ni mascarillas había para proteger a los sanitarios, como ha revelado el elevado número de los que enfermaron, convertidos en indeseados transmisores del virus.

A esa violación de la “lex artis” se añadió la selectiva atención a los infectados por el virus corona 19 según su edad y otras patologías que tuvieran porque “no valía la pena perder el tiempo con ellos Se justificaba esa eutanasia contra la voluntad del ciudadano porque “era una guerra contra el virus”. Esa mentira ha tenido éxito, pero si en la guerra se salva a los soldados es para que vuelvan al frente; aquí los salvados, jóvenes o mayores son igualmente “inútiles” a estos efectos que un jubilado. Desatender a estos, sin embargo, reduce los gastos en pensiones de jubilación”.

Siempre ha sido fácil engañar a la gente. ¿No han florecido el número de los que creen que la tierra es plana? Hay mucha gente, sanitarios incluidos, dispuestos a violar el art. 15 CE78 «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra» pues no existían esas normas. Esa eutanasia no deseada se ha aplicado descarada o subrepticiamente.

Consta la reiterada petición del personal sanitario buscando protección jurídica para esta discriminación por edad; una norma que es un claro fraude de ley(art. 6.4), mediante «normativas nazis» basadas en el «valor comparativo de la vida«, cuando estábamos sólo en estado de alarma. Recordemos las de una catalana llamada Alba a la que le iba mejor el nombre de “Ocaso”.

Nadie reste agradecimiento a los profesionales por hacer su trabajo, que implica riesgos vitales como el de los bomberos incluye los suyos; nadie discute que muchos profesionales lo han llevado a cabo más allá de lo contractualmente exigible y ello se ha reconocido socialmente. Ello no obsta para señalar su responsabilidad corporativa. No ha habido, y sigue sin haberla, una manifestación contundente de sindicatos y colegios profesionales frente al deterioro de la sanidad sufrida todos estos años contra la actuación política sistemática y prolongada durante lustros del deterioro escandaloso y ostentoso, “ostentóreo” sería la neoplabra adecuada, de la sanidad pública. Y sigue sin haberlo; por ello no cabe sorprenderse; de aquellos polvos vienen estos lodos. La víctima, sin embargo, es siempre un tercero, el ciudadano enfermo y desasistido

En todo caso, sigue vigente el art. 3º.2 de la ley 4/1981 de 01.06: «Quienes como consecuencia de la aplicación de los estados y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados sufran. de forma directa, o en su persona derechos o bienes. daños o perjuicios por actos que no le sean imputables, tendrán derecho a ser Indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes«, todas ellas derivadas del objetivo y planificado deterioro de la sanidad

Sin duda crecerán las demandas judiciales; si colapsan los juzgados, como pasó con las preferentes y las subordinadas, ese daño indirecto nunca se contabilizará en ningún estudio. ¿Le interesa esto a alguien? ¡Claro que no! Basta ver la acción de algunos y algunas (i)rresponsables políticos y las manos “ocultas” que los aplauden y aún los respaldan. Mientras, la exigencia de responsabilidad política y profesional es “como la falsa “monea”, / que de mano en mano va / y ninguno se la queda”. Seguimos siendo un país de anarquistas insolidarios, pero gremiales, un curioso oxímoron.

Si la justicia acaba judicializando la sanidad, además de no ser una solución, sólo es una mera indemnización, tardará una o más décadas y con ella sólo revelaría el fracaso de la sanidad.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

RECOMENDAMOS