LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

18/04/2024. 14:05:00

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Nuestros planes de contingencia no estaban preparados para una situación como la actual

Director Ejecutivo de 720º CH Riesgos

Sergio A. Fernández Moreno

Las organizaciones del Siglo XXI están expuestas diariamente a multitud de “virus” que pueden desestabilizarlas poniendo de manifiesto su falta de Planes de Contingencia Efectivos y Sólidos

En artículos anteriores hemos hablado de la responsabilidad relativa a la Previsión y Prevención en el ámbito de las organizaciones, así como sobre la responsabilidad en la toma de decisiones con la debida información y diligencia, hoy hablaremos sobre la ausencia total o insuficiencia de los Planes de Contingencia asociados a la Prevención de los Riesgos.

Sobre el particular, se hace preciso recordar la posición de garante que la Ley y la Jurisprudencia atribuye a los responsables de las organizaciones, que les impone la obligación de actuar frente a las fuentes de peligro existentes y de controlar los riesgos, por cuanto cualquier conducta omisiva en este sentido podría determinar la propia responsabilidad de los administradores y directivos por no actuar para prevenir estos riesgos, tanto los inherentes a la actividad como cualesquiera otros externos que pudieran ser previsibles y cuyas consecuencias podrían eliminarse o atenuarse.

De la misma forma que el ordenamiento jurídico administrativo prevé importantes sanciones a las empresas para los casos de incumplimiento de las obligación de implantar medidas de prevención, el R.D. Lg. 1/2010, de 2 de julio, que aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital establece los deberes de los administradores, cuyo incumplimiento genera la responsabilidad directa del órgano de administración, en los artículos 225, 226 y 227 que recogen el deber general de diligencia, la protección de la discrecionalidad empresarial y la lealtad hacia la empresa, deberes y responsabilidades que se extienden igualmente a los administradores de hecho en virtud del artículo 236 de dicho texto legal.

Así, el apartado 3º del artículo 225 LSC indica que “En el desempeño de sus funciones, el administrador tiene el deber de exigir y el derecho de recabar de la sociedad la información adecuada y necesaria que le sirva para el cumplimiento de sus obligaciones”, para continuar en el artículo 226.1 señalando: “En el ámbito de las decisiones estratégicas y de negocio, sujetas a la discrecionalidad empresarial, el estándar de diligencia de un ordenado empresario se entenderá cumplido cuando el administrador haya actuado de buena fe, sin interés personal en el asunto objeto de decisión, con información suficiente y con arreglo a un procedimiento de decisión adecuado.”

Por tanto, esta ley ya indica un estándar de diligencia mínimo para la dirección y control de la sociedad, siendo deber del administrador adoptar las medidas precisas para llevar a buen fin la gestión de la sociedad (artículo 225.2). En la medida que las decisiones, o aquellas que debieron adoptarse y no se adoptaron, no cumplan con el estándar de diligencia, los administradores de hecho y de derecho responderán frente a la sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores sociales del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley, a los estatutos o por incumplimiento de los deberes inherentes al desempeño del cargo.

Todo ello con independencia de las sanciones penales que el artículo 31 bis del Código Penal establece para las personas jurídicas y los órganos de administración por carecer de Planes de Prevención de Riesgos Penales, que no son objeto de esta exposición, si bien tangencialmente pueden conectar con las obligaciones de actuar por parte de los directivos que aquí ponemos de manifiesto.

En el presente artículo mostraremos las consecuencias de no adoptar las medidas de prevención y adecuar los planes de contingencia a los riesgos, por remotos que estos puedan parecer, que pueden enfrentarnos a situaciones indeseadas, pero previsibles y evitables en alguna medida, y veremos los mecanismos y tecnología accesible que actualmente son válidos para evitar encarar una situación crítica para la empresa y miembros que pudieran resultar responsables.

A lo largo de estos días de confinamiento, sin duda hemos oído múltiples explicaciones sobre cómo científicos en todo el mundo están investigando la puerta a través de la cual el nuevo SARS-CoV-2, causante de la COVID-19, ingresa en los tejidos humanos.

Pues bien, este virus tiene tan solo 100 nanómetros de diámetro, lo que equivale a 100 partes de las mil partes en las que podemos dividir un micrómetro, que es a su vez, una de las 1000 partes en las que podemos dividir un milímetro. Con tan solo este tamaño, el virus ha desestabilizado nuestro avanzado mundo en apenas tres meses.

Con toda certeza, un estudio tan minucioso como el que explica por qué el SARS-CoV-2 ha infectado a la especie humana con tanta virulencia, no será posible en el ámbito de las organizaciones actuales cuando se vean atacadas por alguno de los múltiples riesgos, mucho más visibles y frecuentes, que las amenazan en su actividad diaria.

De esta Crisis generada por el SARS-CoV-2, con certeza, saldremos en pocos meses, pero las organizaciones del Siglo XXI debemos aprender algo: nuestros Planes de Contingencia no son sólidos ni efectivos y son mucho más débiles de lo que pensábamos.

Al igual que la especie humana ha quedado expuesta al SARS-CoV-2, las organizaciones están expuestas a multitud de Riesgos que pueden dar al traste con ellas en pocas horas; la tragedia que hemos visto en días pasados y en la que aún permanecemos, cuando la probabilidad de pandemia en el Primer Mundo, para la mayoría de las organizaciones ni siquiera se contemplaba, se ha hecho realidad. ¿Qué puede pasar con aquellos Riesgos que ocurren con frecuencia en organizaciones próximas a la nuestra? ¿Seguimos pensando que eso a mí no me va a ocurrir? ¿Mis planes de contingencia frente a estos son sólidos? ¿Son realmente efectivos o solo existen en mi organización para cumplir con la normativa vigente?

Volviendo al virus SARS-CoV-2, que ha vulnerado nuestro sistema inmunológico, sistema  fraguado en la evolución de millones de años de existencia de la especie humana, consolidado y transmitido genéticamente con una efectividad indiscutible y una regulación normativa durísima, ha demostrado “la Supervivencia del más Fuerte”, es decir, si el plan de contingencia de un individuo no es sólido y eficiente, muere.

Si comparamos todos estos millones de años de evolución de los “planes de contingencia” de la especie humana, con lo que proporcionalmente serían unos segundos de existencia de nuestras organizaciones con una regulación mucho menos exigente (afortunadamente) ¿podríamos afirmar que estamos preparados?

Qué duda cabe que la Biología Molecular y la Biología Preventiva, serán capaces de estudiar minuciosamente este virus para poder conocerlo en profundidad y así ayudarnos a combatirlo con la investigación dirigida a crear vacunas o antivirales para paliar sus efectos y fármacos que desarrollarán las industrias farmacéuticas con sus farmacéuticos y que aplicarán por los sistemas sanitarios de todos los países con la ayuda de médicos y resto del personal sanitario.

Pero ¿quién se ocupará de estudiar minuciosamente los “virus” que ponen en Riesgo nuestras Organizaciones, ahora que hemos tomado conciencia de nuestra propia vulnerabilidad? ¿Quién podrá estudiar con la suficiente profundidad y desde todos los puntos de vista los Riesgos de nuestra organización y coordinarlos? ¿Cómo crearemos una única Política Preventiva que cohesione los planes de contingencia para cada uno de mis Riesgos? Es el momento de abordar los riesgos de las organizaciones aplicando la Criminóloga Preventiva.

Establecer en las organizaciones del Siglo XXI una Política Preventiva con una visión de 720º (dos vueltas a los Riesgos) que permita coordinar todas las políticas y medidas de prevención, que pueda poner en relación los riesgos que en ellas existen, que permita un modelo eficiente y económico, que las dote de los adecuados planes de contingencia, conexionados, cohesionados, sólidos y efectivos, es una tarea multidisciplinar para la que se requiere poseer la Formación e Información adecuadas.

Las Organizaciones precisan ya un conocimiento multidisciplinar de las amenazas que acechan en su entorno, por eso necesitan tener una información global y realizar un análisis adecuado de las conductas de la competencia, de los proveedores, de clientes, de empleados, de directivos etc.., necesitan aplicar conocimientos en sociología, psicología, en análisis de procedimientos, en prevención de riesgos, en criminalística, y como no, en derecho civil, derecho penal, derecho procesal, etc… ya que el incumplimiento de la normativa nos puede llevar a la imposición de medidas correctoras y de una sanción que puede trascender incluso del ámbito económico.

Además, no solo se requiere el análisis inteligente de las amenazas para tener la información necesaria, sino que es necesaria la adecuada formación en prevención, de forma que estos conocimientos permitan procesar aquella información de cara a establecer las Políticas Preventivas Globales y los planes de contingencia precisos que permitan prevenir las consecuencias de la materialización del riesgo y definir y abordar con claridad las actuaciones que la organización deberá adoptar con escaso margen de tiempo, como hemos podido comprobar en la actual situación a la que nos ha conducido la pandemia.

Pero además, una organización actual no se puede quedar aquí, sino que debe dotarse de la capacidad de investigar adecuadamente lo ocurrido, con objeto de poder aminorar las consecuencias manifiestas lo más rápidamente posible. Además, esta investigación ayudará al Gabinete de Crisis, que debería existir y estar definido, a actuar con la diligencia debida para actuar con inmediatez al objeto de evitar al máximo los posibles daños en la imagen corporativa y,  posteriormente, poder exponer y justificar las medidas adoptadas frente a posibles sanciones o procedimientos judiciales que pretendan dirimir responsabilidades frente a la Organización, sus Accionistas y Directivos o incluso para la eventualidad de que internamente se depuren responsabilidades en el propio seno de la entidad.

Quizá ahora sí se pueda pensar que la Criminología Preventiva está más vinculada a las Organizaciones Actuales de lo que cabría imaginar, pues su carácter multidisciplinar y el conjunto de conocimientos que avalan a muchos Criminólogos Preventivos, pueden ayudar a la estructura de la Empresa/Organización en procesos de Análisis, Prevención, Implantación de Medidas, creación de Planes de Contingencia, Investigación de causas de Materialización de Riesgos, en la actuación rápida junto a los Gabinetes de Crisis, en la realización de los adecuados Informes Periciales y en la implementación de medidas futuras tras el Análisis pormenorizado de lo ocurrido.

Los procesos indicados se verán favorecidos con la implantación en dichas Organizaciones de Sistemas Inteligentes de Análisis y Gestión del Riesgos, sistemas que por sí mismos son capaces de medir la exposición al riesgo, no solo sobre los Riesgos Laborales, sino sobre cualquier tipo de Riesgo, con la inestimable virtualidad de mostrar de forma precisa, visual y objetiva este grado de exposición, en tiempo real y en cada uno de los diferentes procesos productivos de la organización,  permitiendo el control de la efectividad de las medidas de prevención tanto internas como externas adoptadas por la organización, activando en caso necesario una medida correctora de forma proactiva que impida mayores consecuencias y evite potenciales accidentes. De igual modo, también podrá ayudar a la organización a comprobar el grado de efectividad de las medidas preventivas implantadas y les facilitará un informe diario sobre cada de ellas, así como un histórico de su cumplimiento, todo ello contenido en un archivo de datos e imágenes que lo muestran y le confieren valor probatorio frente a posibles procedimientos de investigación de hechos que pudieran tener lugar ante instancias administrativas o judiciales.

Apostar por la Criminología Preventiva y los Sistemas Inteligentes de Análisis y Gestión del Riesgo es una necesidad ineludible de las organizaciones del siglo XXI.

Más información www.chriesgos.es

 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.