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28/03/2024. 20:26:57

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¿Qué hacer cuando el cliente prescinde de los servicios de su abogado?

Abogado. Experto en habilidades profesionales
@oscarleon_abog
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla

La pérdida de un cliente como consecuencia de su decisión de cambiar de abogado es otro de los “malos momentos” de nuestra profesión. Si bien es algo infrecuente, no es nada extraño que un abogado con amplia experiencia haya vivido tal situación y, como es lógico y natural, ésta constituye una vivencia muy incómoda y frústrante.

Símbolo de prohibido sobre una persona

Para analizar esta incidencia, hemos de partir de la base de que el cliente está facultado para cesar a su abogado en cualquier momento de la relación profesional, cese que encuentra su fundamento en la confianza, elemento esencial del contrato de arrendamiento de servicios que nos une al cliente, pues la pérdida de ésta (que está siempre en el fondo de tal decisión) quiebra completamente la relación, haciendo imposible su pervivencia. Precisamente, por idéntica razón el abogado se encuentra igualmente facultado no sólo para no aceptar un encargo del cliente, sino para cesar en cualquier momento en su prestación del servicio.

Efectivamente, así el artículo 13 de nuestro Código Deontológico establece:

Artículo 13 Relaciones con los clientes

3. El Abogado tendrá plena libertad para aceptar o rechazar el asunto en que se solicite su intervención, sin necesidad de justificar su decisión.

Asimismo el Abogado podrá abstenerse o cesar en la intervención cuando surjan discrepancias con el cliente. Deberá hacerlo siempre que concurran circunstancias que puedan afectar a su plena libertad e independencia en la defensa o a la obligación de secreto profesional.

Si bien pueden existir causas excepcionales ajenas a la pérdida de confianza (encontrarse imposibilitado de pagar los honorarios de su abogado) lo cierto es que las razones por las que un cliente decide cambiar de abogado suelen derivar de dicha merma. Entre las  razones que afectan a la confianza abogado-cliente podemos encontrar las siguientes:

  • El cliente duda de nuestra capacidad técnica profesional para cumplir satisfactoriamente con el encargo.
  • Relacionado con lo anterior se encuentra la pérdida de confianza como consecuencia de una resolución desfavorable relativa a su asunto.
  • El cliente, discrepa abiertamente con la forma en la que el abogado dirige o ha planteado el asunto.
  • El cliente no se siente debidamente atendido por su abogado por falta de información, disponibilidad y capacidad de respuesta del profesional.
  • El cliente, sospecha de que su abogado no está actuando de forma honesta.

Lo cierto es que, con razón o sin razón, cuando un cliente decide cambiar de abogado, la noticia nunca es bien recibida. La reacción inmediata suele ser de contrariedad, después de resentimiento y quizás algo de orgullo para, finalmente, sentirnos frustrados. Esto es lógico, pues la pérdida de un cliente supone un impacto muy importante tanto para nuestra autoestima profesional como para la economía de nuestros despachos.

Naturalmente, cuando nos encontremos ante una situación de potencial pérdida de un cliente, hemos de esforzarnos por evitar que se consume.  Sin embargo, la realidad se impone, y lo normal es que cuando un cliente ha decidido prescindir de los servicios de su abogado, sea demasiado tarde para convencerle de lo contrario.

Expuesto lo anterior, a continuación vamos a establecer una serie de reglas que deben seguirse por el abogado cuando el cliente le comunica su firme voluntad de prescindir de sus servicios:

    1º.- Mantener siempre la compostura y evitar mostrar al cliente emociones negativas como enfado, ira, frustración, etc. Hay que estar firme y empático.

    2º.- Escuchar detenidamente las razones que expone para conocer las causas de su decisión.

    3º.- Una vez que lo hemos escuchado, y si existe alguna puerta para la reconciliación con el cliente, ofrecer la opción de solucionar las diferencias (siempre que no suponga una cesión de nuestros derechos, pues esto, además de ser indigno, lo pagaremos a la larga) Si no existe opción de reconciliarse, el abogado debe exponer al cliente su criterio respecto a su decisión. Aquí trataremos de ser objetivos, y salvo un cese injusto (que los hay, y muchos), no será conveniente cargar las tintas, sino exponer nuestra opinión con absoluta tranquilidad y respetando su decisión.

    4º.- De persistir su decisión (que conllevará la petición del expediente) le haremos entrega de los documentos originales y copia de las actuaciones judiciales que conforman el expediente, debiendo firmar un recibí a tal efecto.

    5º.- Igualmente, se especificará en el documento el estado en el que se encuentra el procedimiento judicial, negociación o trabajo, y la dispensa de continuar en el mismo por parte del cliente. Si es preciso informarle de la necesidad de una actuación inmediata, nos ofreceremos a llevarla a cabo para evitar su indefensión o, en su caso, se hará constar en la hoja de retirada de los documentos.

    6º.- Finalmente, dependiendo del estado de pago de los honorarios del asunto, tendremos que entregarle el documento con la liquidación final de nuestros servicios profesionales.

En definitiva, la decisión del cliente de cambiar de letrado constituye una incidencia negativa en nuestro quehacer profesional, incidencia sobre la que, de producirse,  tendremos que reflexionar seriamente a fin de tomar medidas para que en el futuro no se vuelva a repetir tal situación.

Una última reflexión. En muchas ocasiones la decisión de prescindir de nuestros servicios se encuentra motivada por una decisión tomada sin la adecuada reflexión y, por tanto, injusta para el abogado. Muchas de estas decisiones encontraremos durante nuestro recorrido profesional, y por ello hemos de endurecer nuestra piel y no sentirnos demasiado afectados, pues cuando un cliente se va injustamente, mejor para nosotros, pues quizá no merezca realmente que lo defienda un profesional tan bueno como tú. Y a enemigo que huye, puente de plata…

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