
Asunto C-567/18: Coty Germany GmbH contra Amazon Services Europe Sàrl, Amazon Europe Core Sàrl, Amazon FC Graben GmbH, Amazon EU Sàrl,
El Tribunal Supremo de lo Civil y Penal, Alemania planteó una cuestión prejudicial sobre la interpretación del Reglamento que regula la marca de la UE, sobre el alcance de los derechos exclusivos de los titulares de una marca de la UE, concretamente sobre la prohibición de «uso» sin el consentimiento de su titular.
Voces
Marcas, marca comunitaria, marca de la UE, «uso», Internet, derechos de propiedad industrial.
Supuesto de hecho
Amazon Services Europe ofrece a los vendedores terceros la posibilidad de publicar ofertas de venta de sus productos en «Amazon-Marketplace» del sitio web amazon. Los contratos de compraventa de los productos comercializados de esta manera se formalizan entre los vendedores terceros y los compradores. Esos productos de vendedores terceros pueden ser almacenados por sociedades del grupo Amazon. Coty, es una distribuidora de perfumes que es titular de la marca de la Unión «DAVIDOFF» para productos de perfumería y cosméticos, y reclamaba que dos compañías de Amazon infringían sus derechos, almacenando y distribuyendo botellas de un perfume, llamado Davidoff Hot Water a pesar de que no había dado su consentimiento para hacerlo.
Criterio o «ratio decidendi»
El TJUE considera que una empresa que almacena bienes para un tercero, «sin ser consciente» de que, dichos bienes, infringen derechos de marca UE, no se beneficia de los mismos porque no persigue, como sí hace el vendedor, el objetivo de ofrecer los bienes para su venta o ponerlos en el mercado. En este caso, el Tribunal de Justicia considera probado que las compañías de Amazon involucradas, ni ofrecen por ellas mismas los perfumes, ni los ponen en el mercado, objetivos que sólo persigue la empresa vendedora que se vale de Amazon como intermediario.
Documentos relacionados
Aplica norma
Reglamento (UE) 2017/1001 (LCEur 2017, 901), de 14 de junio de 2017. Art. 9. 3 b).
Reglamento (CE) 207/2009 (LCEur 2009, 378), de 26 de febrero de 2009. Art. 9. 2 b).
Confronta en el mismo sentido
Sentencia de 3 de marzo de 2016 (TJCE 2016, 89), Daimler, C-179/15. APD. 39 y 40.
Sentencia de 23 de marzo de 2010 (TJCE 2010, 87) , Google France y Google, C-236/08 a C-238/08. APD. 56