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MASYMAS Y M.A.S Una cuestión de marcas

Izaskun Arratibel Pastor
Licenciada en Derecho

STS (Sala 3ª), de 2 marzo 2009 (RJ 2009, 1563) Propiedad industrial; Marcas y Oficina española de Patentes y Marcas

plus

La conjunción de vocablos genéricos puede componer un signo distintivo, si cumple con la función de distintividad a que se refiere el artículo 1 de la Ley e incurre en error de derecho al descomponer las marcas solicitadas en sus diferentes elementos denominativos y gráficos para centrar exclusivamente la comparación en el vocablo «MAS», que le permitiría a la entidad mercantil recurrente monopolizar el referido término.

  • Supuesto de hecho
    Resoluciones del Director General de la Oficina Española de Patentes y Marcas que acordaron la concesión de la inscripción de diversas marcas para diferentes productos bajo la denominación «M.A.S SUPERMERCADOS».
    Estas resoluciones son recurridas por «Cadenas de Establecimientos Más y Más, SL» y anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al considerar que concurre el presupuesto de prohibición de registro contemplada en el art. 12.1 a) de la Ley de Marcas de 1988 (RCL 1988, 2297), por la similitud de las denominaciones confrontadas, al tener en cuenta que el elemento dominante característico es el término «MAS» y el carácter genérico y accesorio del vocablo «SUPERMERCADOS», determinan que sea probable que se produzca riesgo de confusión en el consumidor medio sobre el origen de los productos designados.
  • Criterio o ratio decidendi
    El Tribunal Supremo aprecia que la Sala de instancia contradice la doctrina jurisprudencial que determina que la conjunción de vocablos genéricos puede componer un signo distintivo, si cumple con la función de distintividad a que se refiere el artículo 1 de la Ley e incurre en error de derecho al descomponer las marcas solicitadas en sus diferentes elementos denominativos y gráficos para centrar exclusivamente la comparación en el vocablo «MAS», que le permitiría a la entidad mercantil recurrente monopolizar el referido término.
  • Documentos relacionados (Si es usted cliente de Westlaw, puede consultar esta información)
    Sentencias del Tribunal Supremo de 12 abril 2002 (RJ 2002, 3225), 20 octubre 2004 (RJ 2004, 6088), 18 noviembre 2005 (RJ 2005, 7436) y 25 enero 2006 (RJ 2006, 455).

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