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09/12/2024. 15:19:34
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Sigamos construyendo el camino hacia la igualdad

Mª Victoria Carabias Huete, Abogado y Consultor en Compliance, del Ilustre Colegio de Abogados de Salamanca, cofundadora de ECOMT Abogados y Asesores Fiscales, S.L. y miembro de la Asociación Española de Compliance (ASCOM).

Recientemente el Gobierno ha anunciado la Ley para garantizar la representación paritaria de mujeres y hombres en la política, la Administración y las empresas con el fin de que exista de forma obligatoria un cupo para mujeres, que logre acabar con la brecha existente aún a día de hoy.

Con esta regulación, se intenta garantizar la representación efectiva de las mujeres tanto en el ámbito político, como en la Administración y en la empresa privada.  Para ello, pretende modificar la legislación electoral, e introducir también cambios en el Consejo de ministros en el que, según señalan, ningún sexo deberá tener una presencia inferior al 40 % de los puestos de dicho órgano.

Por lo que respecta a la empresa privada, los Consejos de Administración de las sociedades cotizadas y de las entidades de interés público, deberán tener una composición en la que el número de mujeres no pueda ser inferior al 40% del total de los miembros del Consejo, siempre y cuando se trate de empresas con más de 250 trabajadores o una cifra de negocios superior a 50 millones de euros o un activo de más de 43 millones de euros.

Es evidente que, cualquiera puede pensar que, si se está legislando en este sentido, es porque realmente no existe igualdad. Pero debería existir hace mucho tiempo. Y no hablo solo de una cuestión de sentido común, sino del propio ordenamiento jurídico español, mucho antes de la recién anunciada Ley.

Nuestra Ley Marco, nuestra Norma fundamental, no deja lugar a dudas: el artículo 14 de la Constitución Española, vigente desde finales de 1978, establece “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”

El texto no puede ser más contundente: Tod@s somos iguales ante la Ley. Y esa igualdad no se refiere solo a que tengamos los mismos derechos y obligaciones, por ejemplo en un proceso penal, o que tengamos todos que contribuir al sostenimiento del Estado con el pago de nuestros impuestos, sino que esa igualdad debe ser entendida, porque así lo manifiesta nuestra Constitución, como la verdadera herramienta para que un trabajador que desempeña un cargo, siendo hombre o mujer, perciba la remuneración establecida, por el hecho del desempeño de su trabajo, y su valía profesional, sin que se acicate esa remuneración por su condición u orientación  sexual o su nacionalidad.  Y esa igualdad también tiene que ser entendida a la hora de promocionar en un trabajo o conseguir un puesto en esferas directivas.

Esto que es tan evidente, y en lo que todos parecemos estar de acuerdo, aun a día de hoy, no está suficientemente aprendido por nuestra sociedad, y nos hace falta todavía, un camino de aprendizaje que nos lleve a un tiempo en el que no tengamos que hablar de una Ley de cupos por razón de sexo, porque la igualdad sea un hecho, y tan solo tengamos que felicitarnos por haber podido llegar a un sistema que premia, sin más miramientos, la valía y el compromiso profesional de la persona que desempeña el cargo.

Y ese día, puede estar más cerca de lo que creemos. La fórmula es bien sencilla. Cumplamos la Constitución; creo que ya va siendo hora después de 45 años.

Los profesionales que nos dedicamos al derecho, ponemos cada día, nuestro granito de arena para lograr lo que todos queremos.  Sigamos construyendo el camino.

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