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18/11/2025. 14:30:04
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Auto del Juzgado Mercantil nº 11 de Barcelona, que exonera una deuda de más de 74.000 euros

Abogado Socio-Titular de BBS Abogados.

Balanza con dinero

Desde Afectados Segunda Oportunidad, área especializada en concurso de persona física de BBS Abogadoshemos conseguido la cancelación de una deuda de de 74.067,07 euros de uno de nuestros clientes, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

Se trata del Auto nº 170/2021 de 15 de marzo, dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona. De este modo, el juez, después de comprobar que el deudor cumple los requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, ha cancelado todas las deudas de nuestro cliente de forma definitiva.

Deudas canceladas

Nuestro cliente tenía las deudas que se detallan a continuación, las cuales han sido totalmente exoneradas por el juez:

  • BANKIA SA:
    • 4.467,55 euros.
  • BANCO SANTANDER SA:
    • 50.606,47 euros.
  • EOS SPAIN SL:
    • 3.877,95 euros.
  • E-DISTRIBUCIONES REDES DIGITALES SLU:
    • 211,82 euros.
  • CABOT ASSET PURCHASES IRELAND LTD:
    • 3.903,28 euros. (crédito ordinario)
    • 11.000,00 euros (crédito subordinado)

Se cumplen los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad

Como les hemos adelantado, el juez concluye que nuestro cliente cumple los requisitos exigidos por la Ley de Segunda Oportunidad. Les recordamos cuáles son esos requisitos:

  • Ser persona física.
  • Que el concurso haya concluido por insuficiencia de la masa activa.
  • Ser deudor de buena fe, esto es:
    • No haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años.
    • Que el concurso no se haya calificado como culpable.
    • Haber intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos.
  • Haber satisfecho los créditos contra la masa y privilegiados:
    • Contra la masa son los gastos generados en el procedimiento como honorarios del mediador y del notario.
    • Privilegiados son los que gozan de garantía real, como las hipotecas.

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