Es común que las empresas estadounidenses en apuros financieros realicen operaciones con otras sociedades que tengan por objeto único maquillar sus cifras contables, para así parecer atractivas a los inversores. La ley permite demandar indemnizaciones a aquellas corporaciones que cometen fraude financiero. ¿Qué pasa con las entidades que colaboraron con estas en la maquinación del engaño contable? El Tribunal Supremo de EEUU ha respondido a esta crucial pregunta.
La sentencia del caso Stoneridge Investment Partners, LLC v. Scientific-Atlanta, Inc. ha traído sosiego a quienes veían en dicho proceso una espada de Damocles sobre Corporate America. La mayoría conservadora del Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha restado méritos a una demanda colectiva (class action) presentada por los socios inversores de la compañía Charter Communications Inc., empresa proveedora de servicios por cable. La acción fue dirigida contra Motorola y Scientific-Atlanta, acusadas por los demandantes de haber participado en transacciones fraudulentas con Charter, orientadas a maquillar los balances contables de esta última. Para los altos jueces de Washington, la ley no permite que los inversores capitalistas demanden a otros entes corporativos, distintos de la empresa que cometió los fraudes contables, por el solo hecho de haber participado en las operaciones que sirvieron para inflar los balances.
Muchas alarmas saltaron en 2006, cuando una decisión del Tribunal de Apelación del Noveno Circuito, en el caso Simpson v. AOL/Time Warner, estableció la posibilidad demandar empresas indirectamente vinculadas a fraudes financieros. Según dicho fallo, las compañías que hubieren participado en las operaciones que sirvieron para maquillar los balances de sociedades de capital público podían ser consideradas responsables subsidiarias por los perjuicios sufridos por los inversores. Amplios sectores advirtieron que esta doctrina podría ser muy peligrosa para la economía americana. Un alud de demandas de este tipo podría originar una grave pérdida de confianza en los mercados financieros.
Entre otros movimiento ilegítimos, Charter había celebrados una serie de negocios con Motorola y Scientific Atlanta que tenían por único propósito el de retocar sus balances, para brindar así una imagen agradable en Wall Street y evitar el desplome de sus acciones. La ley estadounidense que regula el mercado financiero a nivel nacional -Security Exchange Act of 1934- permite a los inversores de una empresa pedir indemnizaciones por perjuicios económicos sufridos en su inversión cuando los responsables de dicha entidad hubieren dado información contable falsa. Los directivos de la operadora de cable fueron declarados responsables de graves maniobras financieras. No obstante, los inversores decidieron ir más allá y obtener una indemnización por parte de Motorola y Scientific Atlanta. Aseguraban que la legislación vigente permite proceder judicialmente contra toda aquel involucrado en un acto que tuviere relación causal con el fraude contable.
Siguiendo el precedente Central Bank of Denver v. First Interstate Bank of Denver, de 1994, el Tribunal sostuvo que los hechos que motivaron la demanda contra las entidades proveedora de Charter "se dieron en un ámbito ajeno al mercado financiero, por tanto escapan del ámbito normativo de la Security Exchange Act." Según los magistrados, el legislador federal dejó en claro que dicha ley no concebía la posibilidad de reclamar judicialmente frente a terceros en casos de fraude contable. Los magistrados advirtieron como antecedente histórico que a partir de la sentencia Central Bank se presentaron varias propuestas ante el Congreso de Estados Unidos para permitir este tipo de acciones. No obstante, el parlamento americano no incluyó en la última reforma ninguna disposición en este sentido.
El Supremo determinó que de la legislación vigente no se deduce el derecho a emprender ninguna acción legal contra terceros que no hayan intervenido directamente en la elaboración de los balances. Siguiendo la doctrina del proceso Superintendent of Ins. of N. Y. v. Bankers Life & Casualty, de 1971, para entablar este tipo de demandas se debe probar: una omisión o declaración falsa por parte del demandado; mala fe; relación entre la manifestación falsa u omisión y la compra de las participaciones; confianza en la información contable fraudulenta; perjuicio económico; y, relación causal entre el fraude y el perjuicio sufrido. En Central Bank, el tribunal estableció que únicamente quienes cumplan estos supuestos pueden ser declarados responsables, dejando fuera a terceros entes que hayan colaborado en las operaciones.
Por otra parte, a pesar de su fallo desfavorable, los cinco magistrados hicieron de forma implícita un llamado a reformar la normativa vigente y brindar algún remedio para situaciones como esta: "Es verdad que una economía dinámica y libre presupone un alto grado de integridad en todas sus partes, una integridad que debería ser reforzada con normas aplicables ante tribunales justos, independientes y accesibles. No obstante, si en el presente proceso dedujéramos que existe posibilidad de entablar acciones judiciales contra las prácticas de este tipo, correríamos el riesgo de que el sistema federal sea utilizado para promover litigios que vayan más allá de la esfera de los fraudes financieros, extendiéndose a áreas que se encuentran sujetas a la potestad legislativa de los Estados."