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29/03/2024. 08:51:20

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Propuesta de regulación del lobby y puerta giratoria en Ecuador

Doctor en ciencias jurídicas y sociales por la URJC

En el Ecuador, como en otros países de la región, ha tenido dentro de los últimos años gran acogida el planteamiento de normativa y políticas públicas que busquen enfrentar las diferentes formas de corrupción y afectaciones al interés común, en virtud de los grandes casos de corrupción y la basta influencia mediática sobre estos temas.

Tecla con la bandera de ecuador

Motivando no solo a las instituciones que conforman la Función de Transparencia y Control Social y la Función Judicial, sino también a la Función Legislativa para que se propongan iniciativas normativas que busquen la regulación de ciertas conductas que afectan a la integridad institucional del sector público. Es así como existen varias propuestas para regular el denominado "Lobby", cabildeo o también conocido como la gestión de interés, y por el otro lado, el fenómeno de la "puerta giratoria" o el traspaso lesivo del sector público al sector privado.

La normativa ecuatoriana ha sido extremadamente flexible, por no decirlo inexistente, en materia de regulación de las gestiones de interés. No hay normativa que orgánicamente desarrolle una regulación sobre las gestiones de interés por parte del sector privado y la sociedad civil, en la que se pueda establecer conceptos, registros y actividades supervisadas por un entidad pública encargada, y por lo tanto, transparencia sobre dichas conductas. Cuestión que ya se encuentra normada, con mayor o menor éxito, en países del continente americano como Perú, Chile o México, que se han referenciado con los modelos anglosajones que han operado desde hace algunas décadas como son los modelos de Estados Unidos de Norteamérica y Canadá -con mayor o menor éxito-.

El Lobby o cabildeo consiste en el ejercicio de presión por parte de un grupo de personas que pueden pertenecer al sector privado o sociedad civil, tales como empresas, grupos económicos locales o internacionales, sindicatos, medios de comunicación, gremios, organizaciones no gubernamentales o colectivos sociales, entre otros, que buscan influenciar en la toma de decisiones de funcionarios públicos -característicamente se da en el legislativo- que ejercen una potestad pública. En sí, el lobby es una actividad legítima y que forma parte de los procesos democráticos, permitiendo que las decisiones que se toman por parte de los servidores del sector público cuenten con los comentarios u observaciones de los sectores involucrados -participación plural-, sin embargo una deficiente o nula regulación de estas actividades puede permitir que existan conductas desviadas con un resultado lesivo para la integridad institucional del Estado, o inclusive, con el cometimiento de conductas delictuales que pueden afectar a la administración pública como el caso del cohecho por ejemplificar.

Por el otro lado, el control sobre las denominadas puertas giratorias o el traspaso irregular y carente de integridad del sector público al sector privado, es un punto fundamental que debe estar en la agenda de la institucionalidad pública. Es necesario precisar que estamos frente a este supuesto cuando existe un claro detrimento del interés público por el interés personal, y que es frecuentemente realizado por altos cargos del Estado. En este supuesto los altos cargos realizan un ejercicio del servicio público sin velar por las necesidades sociales e interponiendo sus intereses personales, es decir, existe un aprovechamiento del servicio público en detrimento de los intereses sociales con la finalidad de favorecer una determinada empresa o entidad del sector privado, para a posterior, trabajar u ocupar un cargo en la empresa o entidad beneficiada. Por lo que el fenómeno de la puerta giratoria, tal como se le puede observar a las afueras de un determinado hotel, permite un traslado rápido y momentáneo de un ambiente o sector a otro, es por eso que se establece la analogía teórica. Uno de los puntos más alarmantes, y que ha tenido mayor frecuencia sobre este fenómeno es la denominada estrategia del caballo de Troya, la cual consisten en la utilización marcada de los altos cargos públicos para defender intereses privados, y una vez terminado el objetivo salir del mismo. Es común encontrar este tipo de prácticas en altos cargos correspondientes al ejecutivo y legislativo -también en puestos judiciales o de entidades de control-, relacionados con el sector farmacéutico, sectores estratégicos, relacionados con recursos naturales, en el ámbito de la construcción, entre otros.

El día 10 de septiembre del 2019, la asambleísta María Gabriela Larreategui y su equipo técnico presentaron el proyecto denominado "Ley de Lobby" ante la Asamblea Nacional para que inicie el proceso legislativo correspondiente. Esta iniciativa marca un punto de partida importante para buscar regular una actividad que se la realiza en el Ecuador de manera habitual, y que muchos de los gestores de interés, en realidad, no comprenden la actividad que realizan, o por lo menos no creen que son gestores de interés, y por lo tanto, ignoran su ejercicio dentro del contexto globalizado. Es así como en el Ecuador, y en otros países de la región, la carga negativa que tiene el término lobby o cabildeo, suele confundirse erróneamente con el termino corrupción o simplemente con un actuar delictual, generando dificultades al momento de socializar la propuesta o comunicarla ante la sociedad. Cuando en realidad, lo que busca es regularizar y transparentar las gestiones de interés para que estas puedan ser juzgadas de manera pública y ante un ente regulador, e inclusive sancionadas al momento en que las gestiones de interés carezcan de integridad o transgreda una norma prohibitiva.

A estos esfuerzos se unen los realizados por el despacho del Primer Vicepresidente de la Asamblea Nacional, Ing. Cesar Solórzano, quien se encuentra trabajando en un proyecto borrador de regulación de los conflictos de interés denominado "Ley Orgánica de Prevención del Conflicto de Interés", que se divide en dos nudos críticos, el primero que busca regularizar los conflictos de interés o lobby; y el segundo sobre el control del traspaso del sector público al privado o puerta giratoria, estableciendo normativa que inhabilite temporalmente el traspaso de altos cargos a las empresas que se beneficiaron por las decisiones tomadas cuando estaba en servicio, además de establecer registros públicos sobre conflictos de interés y normativa sancionatoria. Este proyecto que cuenta con el respaldo y un proceso de co-legislación con la sociedad civil organizada -en este caso con Fundación Ciudadanía y Desarrollo- ha buscado además de incluir normativa regulatoria, incluir los aportes de sectores importantes que se relacionan con este ámbito, tales como la academia, sociedad civil, empresas y medios de comunicación, así como incluir las observaciones de otros legisladores con la finalidad de que el proyecto sea plural y no contenga una sola visión.

Por último, es importante que estas iniciativas logren pasar las respectivas discusiones que tendrán en su comisión correspondiente y que se realice un proceso que contenga la pedagogía y comunicación del caso para que la ciudadanía se empodere de un activo control ciudadano. Sera necesario que exista un apoyo a esta normativa que sea multiactor y multifunción, puesto que si no se materializa como una propuesta sistémica podrá carecer de eficacia su funcionamiento. Sin embargo, no queda duda que el aporte de transparentar las gestiones de interés y el traspaso lesivo del sector público al privado, permitirá la regeneración de la integridad de muchas instituciones del sector público, y buscará que los intereses públicos primen sobre el interés privado al momento de ocupar un cargo público.

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