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15/10/2024. 20:23:37
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La importancia de la programación

El acceso a las licencias audiovisuales de la FM en el País Vasco

Jaime Rodríguez Díez

Letrado de Díez & Romeo
jrodriguez@diezromeo.com

Cuando se aborda el escenario jurídico en los medios de comunicación social: radio o televisión, hay que diferenciar entre: (i) el derecho a la libertad de expresión y de información veraz, y (ii) el derecho a crear medios de comunicación social como soporte del ejercicio de las libertades constitucionales. Por eso se dice que los medios tienen más solvencia si cuentan con el respaldo de una licencia audiovisual otorgada por la autoridad competente.

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Falta de incertidumbre legal y seguridad en los contratos con los anunciantes, son atributos que caracterizan a las radios y televisiones habilitadas por las CCAA.

Recientemente se ha publicado la convocatoria para que las emisoras de radio en Euskadi puedan acceder a 34 licencias. Al ser un pliego legal, numerosos profesionales del derecho ya se han puesto a analizar el alcance y finalidad de la redacción jurídica.

Los especialistas de Diez & Romeo han realizado un estudio detallado de los criterios de valoración del pliego que regula el concurso de licencias de radio FM en el País Vasco. Las combinaciones empíricas para obtener el máximo de puntuación en los proyectos precisan de un análisis profundo de los puntos a otorgar.

I.- Desglose de los criterios de valoración.

Para ello se han desglosado los requisitos legales exigidos para fijar el contenido de las ofertas de conformidad con el artículo 20 de las bases. Así se estructuran en grandes bloques:

1.- Propuesta de programación (50 puntos)

2.- Propuesta económica (50 puntos)

3.- Propuesta tecnológica (50 puntos)

4.- Aportación a la pluralidad de la oferta audiovisual existente (20 puntos)

5.- Fomento de Empleo (20 puntos)

6.- Compromiso de emisión en euskera (10 puntos)

II.- Propuesta de programación

Pasamos en este apartado a analizar el apartado correspondiente a la Propuesta de programación, por ser la más compleja desde el punto de vista material.

La Propuesta de Programación supone el 25% de la puntuación (50 sobre 200 puntos). Aquí se plasman los contenidos radiofónicos que distinguen la idiosincrasia de la emisora. Se estructura de la siguiente forma:

1.- Porcentaje de producción propia. Puntuable desde 0 hasta 30 puntos.

Los puntos se asignarán conforme a los siguientes criterios:

  • La emisiones de programación producida en Euskadi en un 75% o más, 25 puntos
  • Entre el 25% y el 74% de la producción elaborada en la comunidad, 20 puntos
  • Si va desde el 10% a hasta el 24%, se asignarán 15 puntos.
  • Menos del 10% no puntúa.

Además, si los contenidos se producen en la localidad que conforma su ámbito de cobertura, se concederán 5 puntos adicionales.

2.- Singularidad del proyecto y adecuación a la localidad. Valorable de 0 a 20 puntos

Se tendrá en cuenta la diversificación de la programación y sus peculiaridades como la (i) variedad de los contenidos, (ii) la tipología plasmada, (iii) la audiencia perseguida, y (iv) la metodología de funcionamiento.

Para ello, se perseguirá un atractivo de la oferta que albergue cuestiones como:

  • Porcentaje de contenidos de carácter informativo, cultural, educativo, social, económico y deportivo que hagan referencia a la Comunidad autónoma.
  • Porcentaje de programación que fomenten los valores culturales de Euskadi: divulgación de las manifestaciones propias de la localidad en conexión con la comunidad autónoma. Importante la forma de cohesionar ambas proyecciones culturales.
  • Porcentaje de informativos. Se valorará en función de las horas dedicadas a contenidos informativos.
  • Porcentaje de programación de carácter exclusivo. La emitida sólo por las emisoras de la solicitante.
  • Horarios de emisión: Se recomienda proponer emisiones desde un mínimo de Emitir más de 12 horas diarias.
  • Porcentaje de programación de única emisión: los programas que no sólo se emiten una sola vez, sin redifusión.

Esta breve reseña se encuentra detallada en profundidad en el Informe Técnico elaborado tras la promulgación de las bases del concurso para el otorgamiento de licencias de radio FM de Euskadi.

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