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28/03/2024. 20:27:01

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Impacto en la empresa de las modificaciones en la cotización introducidas por el Real Decreto 16/2013

Abogado Socio director en LexaGo

El Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, introduce una serie de modificaciones en relación a la cotización que deben ser conocidas por parte de la empresa. Por ello, hemos realizado un exhaustivo informe que valora el impacto que dichas modificaciones tiene para ésta.

Una tablet con dos gráficos

El informe parte del concepto de salario (laboral, a efectos de cotización, y de retención IRPF), en base a una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 29 de noviembre de 2013, que establece que "Nuestro ordenamiento jurídico contempla tres conceptos jurídicos de salario: el laboral, vinculado a la retribución o remuneración total por el trabajo realizado, el de Seguridad Social o salario cotización , que se identifica con los conceptos que integran la base de cotización, y el fiscal , ligado al rendimiento del trabajo sujeto al IRPF, primando un ánimo recaudatorio más ligado a la objetividad que a las partidas salariales, lo que explica haya partidas que no tengan la consideración de salario desde una óptica laboral y que, sin embargo, estén sujetas al IRPF por considerarse rendimientos íntegros de trabajo".

Asimismo, tras el punto de partida, se analizan los principales cambios que introduce el citado Real Decreto – Ley 16/2013, en relación a la cotización:

  • Modificación del art. 109 de la Ley General de la Seguridad Social: conceptos incluidos en la cotización.
  • El Plus de Transporte y los Gastos de Locomoción.
  • El nuevo requisito para las dietas de manutención y alojamiento.
  • Primas de Seguro: Seguro de Convenio Colectivo de Accidentes de Trabajo; otras primas de seguro; seguro de salud, etc.
  • Fecha límite para la Comunicación del CRA (conceptos retributivos abonados) y Fecha límite para la liquidación sin recargos de los nuevos conceptos cotizables.
  • Corrección en las bases de cotización del trabajador autónomo (socio y administrador de la sociedad encuadrado en autónomos).

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