
Hacemos el último repaso rápido a la actualidad jurídica del curso desde Aranzadi LA LEY Exprés antes de las vacaciones.
En la parte normativa estamos ya en el plazo establecido por la Ley Orgánica 1/2025 de Eficiencia en el Servicio Público de Justicia para la implementación de la nueva organización judicial que esta norma diseña. Estos días hemos visto en el BOE:
- Instrucción 1/2025, de 27 de junio, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, para la coordinación de la actividad de la Oficina judicial con los órganos judiciales,
- Instrucción 1/2025, de 23 de junio, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, sobre la coordinación y funcionamiento de los tribunales de instancia.
Y en el ámbito autonómico tenemos también en el BOE dos Decretos de Aragón por los que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales de Instancia y por el que se crean las Agrupaciones de Oficinas de Justicia en los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
En nuestra particular crónica de tribunales destacamos:
- Del TJUE, apuntar la resolución que establece que los consumidores han de poder impugnar la legalidad de la transmisión a un tercero de la propiedad de su vivienda familiar como consecuencia de la ejecución forzosa de la hipoteca.
- En materia de consumo, también muy interesante la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo que desestima la casación por infracción procesal de 27 entidades financieras sobre una reclamación de cláusulas suelo realizada en Madrid por una asociación de consumidores.
- En el ámbito concursal, el Juzgado de lo Mercantil de Sevilla acaba de confirmar que no toda derivación de responsabilidad tributaria implica automáticamente «mala fe» y la pérdida del derecho a la exoneración del pasivo insatisfecho.
Terminamos en el TEAC destacando una reciente resolución que, para evitar habituales malas praxis, aclara que los sueldos inembargables lo son siempre, aunque se dejen en la cuenta bancaria.