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El TS confirma cuatro años de cárcel por uso privilegiado de información bursátil a un directivo

EP

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de cuatro años de cárcel impuesta el pasado mes de diciembre por la Audiencia Nacional al exdirector general en España de Eurohypo AG por la comisión de delitos de uso de información relevante y blanqueo de capitales en relación con la compra de acciones de la inmobiliaria Parquesol en julio de 2006.

Mercado financiero

La sentencia de la Audiencia Nacional consideró probado, y ahora lo confirma el alto tribunal, que exdirector general en España de Eurohypo AG se entrevistó el 19 de julio de 2006 con el presidente del grupo San José para analizar la financiación por parte de esta compañía de la compra de la inmobiliaria Parquesol.

Según la resolución judicial, ese mismo día, "durante la mañana y las primeras horas de la tarde  realizó llamadas telefónicas y mandó mensajes a un amigo, a quien también le unían intereses económicos" el amigo ganó 2.2 millones de euros con la operación en tan solo tres semanas.

Recálculo de la multa

La resolución hecha pública este miércoles por el alto tribunal, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo, confirma las penas de prisión de 2 años por blanqueo de capitales y otros 2 años por delito de uso de información relevante, si bien acoge uno de los motivos de su recurso de casación y recalcula la multa impuesta por este último, que pasa de 1,59 millones a 1,54 millones de euros.

El amigo del directivo utilizó inmediatamente el capital que tenía a su disposición en España y Andorra para adquirir ese mismo día cuantas acciones pudo de Parquesol cuando la cotización era inferior a los 20 euros, para venderlas al mes siguiente por un precio superior a los 22 euros por acción", detallaban los hechos probados en  la sentencia de la Audiencia Nacional que ahora se confirma.

El Grupo San José lanzó a finales de julio de 2006 una oferta pública de adquisición (OPA) de acciones de carácter amistoso por Parquesol a un precio de 23,1 euros por acción. Las compras de acciones por parte del amigo se realizaron a través de varias sociedades de su titularidad, en varias operaciones en las que obtuvo unas ganancias de casi 1,6 millones de euros.

En el caso del amigo del directivo empresarial, se confirma la pena que se le impuso inicialmente de dos años de cárcel  por blanqueo de capitales y una multa  645.682 euros.

Cuentas en andorra

La sentencia ahora confirmada detallaba que además de las compras de acciones, efectuadas a través de transacciones realizadas en entidades bancarias situadas en España, los dos acusados, "de mutuo acuerdo, abrieron en Andorra diversas cuentas para adquirir acciones de Parquesol o para ingresar los beneficios obtenidos con la diferencia entre el precio al que las comprado y su posterior venta".

La resolución judicial apunta a que en una de estas operaciones compraron títulos de Parquesol con cuya posterior venta obtuvieron unas ganancias de 645.682 euros. Este es precisamente el importe que la sala le impone como multa al amigo del directivo empresarial.

El exdirector general en España de Eurohypo AG informó también a su cuñado de la OPA que el Grupo San José pretendía lanzar sobre Parquesol, quien solicitó un crédito a través de la sociedad Jutorve con el que compró 9.000 acciones que vendió posteriormente con un beneficio de unos 30.000 euros.

La información aparecida en los diarios económicos en los días previos a la compra de acciones no contenía dato alguno sobre una posible OPA de San José sobre Parquesol y que no consta que los superiores de Eurohypo en Alemania tuvieran conocimiento del procedimiento administrativo ni sancionado por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

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