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La dispensa de no declarar no es tanto un derecho del acusado como una facultad del testigo pariente para guardar silencio

Análisis jurídico de la Sentencia del Tribunal Supremo nº830/2025, de 10 de octubre. Introducción La Sala Segunda del Tribunal Supremo no recuerda en la Sentencia del Tribunal Supremo nº830/2025, de 10 de octubre que el derecho de dispensa es una facultad reconocida al testigo víctima. Hechos probados de la sentencia En los años 2017, 2018...

Nuevas reglas para el contrato de transporte terrestre de mercancías

El autor da cuenta de la llegada al Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías y...

Cambio doctrinal del Tribunal Supremo en relación con el contrato por obra o servicio determinado

A lo largo del año 2008, hemos podido comprobar como el Tribunal Supremo ha querido matizar su doctrina respecto a la conexión entre...

El auditor y su responsabilidad civil, según la reciente sentencia del pleno de la sala primera del Tribunal Supremo de 9 de octubre de...

El Tribunal Supremo revoca la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16ª) de 31-7-2000 y absuelve a PRICE WATERHOUSE AUDITORES, S.A. y...

Los autónomos ante la encrucijada: sus opciones para afiliarse o asociarse

El Estatuto del Trabajo Autónomo recoge una cuádruple posibilidad en manos de los trabajadores por cuenta propia para la defensa colectiva de sus intereses. Pero a la hora de la verdad, este abanico de opciones ni es novedoso ni amplio, queda reducido tanto en el caso de los autónomos económicamente dependientes como en el del resto.

Un nuevo Convenio de La Haya entra en vigor

El 1 de enero de 2009 entrará en vigor para Escocia, Francia y Alemania el Convenio de La Haya sobre protección internacional de adultos. España es un país proclive a que se produzcan situaciones de protección de adultos conectadas con otros ordenamientos. No tenemos normas adecuadas para resolver esta problemática. La ratificación del Convenio parece oportuna.

¿Una nueva inmunidad del “poder tributario”?

La STS de 15-9-2008 confirma la inadmisión de un recurso de protección de los derechos fundamentales deducido contra la omisión del trámite de audiencia por un Acuerdo del Delegado Especial de la AEAT, sobre remisión de actuaciones al Fiscal por la existencia de un posible delito contra la Hacienda Pública.

Determinación del apellido y libre circulación de personas: la sentencia del TJCE de 14 de octubre de 2008

En su sentencia de 14 de octubre de 2008 el TJCE ha declarado que el artículo 18 CE se opone a que las autoridades...

Luces y sombras del arbitraje administrado

Determinados medios arbitrales profesan el dogma de las axiomáticas virtudes del arbitraje administrado, por eso, desde posiciones claramente proclives al arbitraje institucional, es habitual...

Derechos sucesorios del conviviente estable y de los hijos adoptados en el nuevo Libro cuarto del Código civil de Cataluña

La Ley catalana 10/2008, de 10 de julio, ha aprobado el Libro Cuarto del Código civil de Cataluña, dedicado al derecho de sucesiones. Entre las novedades que contiene destaca el tratamiento de los derechos sucesorios de las parejas estables y de los hijos adoptivos. Un principio que inspira la nueva normativa consiste en destacar la importancia de la convivencia afectiva de la pareja en lugar del vínculo matrimonial, de manera que se reconocen derechos sucesorios a las parejas estables con independencia del matrimonio. La nueva norma pone fin a la diferencia de tratamiento de parejas homosexuales, respecto a las heterosexuales, en lo relativo a sus derechos sucesorios. En materia de adopción, se reconoce legalmente el principio de equiparación en derechos sucesorios de los hijos adoptados, respecto a los hijos habidos por naturaleza, pero se regulan además supuestos excepcionales en que conservan algunos de esos derechos en la sucesión de hermanos y ascendientes en la familia de origen.
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