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25/04/2024. 01:54:58

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Breves reflexiones sobre la transformación tecnológica del sector legal, financiero y asegurador

Georgina García-Más Vélez. Abogada Senior Nuevas Tecnologías en Santalucía

En los últimos años -décadas ya que son 22 años de este s.XXI-, está muy de moda añadir el sufijo –tech a las distintas disciplinas que quieren modernizarse y dejar claro que por muy milenarias que sean, se adaptan a los requerimientos que tal modernización exige.

Milenarias, sí. Así, por la parte que me toca, el Derecho es un sector cuyas primeras manifestaciones que conocemos las podemos encontrar en aquellas tablas sumerias que se remontan a más allá de 2.500 años a.C., anteriores al famoso Código de Hammurabi (1.790 a.C.). Pero no sólo el Derecho ha ido de la mano con la evolución de la gestión cívica, sino también el propio ámbito asegurador. Podemos citar los conocidos como “préstamos a la gruesa” donde los comerciantes babilonios asumían los riesgos que suponía recorrer Mesopotamia, práctica que ya se recogía en el mencionado Código de Hammurabi. Pero tampoco hay que olvidar al sector financiero que, aunque muchos defienden que llegó con el comercio internacional en el s.XV, origen del capitalismo tal como lo conocemos hoy en día, en realidad ya se manifestada, sin duda, en la época a la que nos hemos remontado anteriormente, pues era el soporte económico que permitía que se realizaran esas transacciones a través de la figura del crédito, perfeccionado ya en la época romana.

Lo que está claro es que la seguridad, ya sea la propia seguridad jurídica, o seguridad frente a lo imprevisto (de un acuerdo, de un hecho incierto, de un dinero que se presta a la espera de que sea devuelto), es una cualificación necesaria en nuestra sociedad, presente como hemos visto desde el estado más incipiente de las primigenias relaciones sociales y comerciales. Ciertamente la búsqueda de la protección frente a la incertidumbre se hace patente en cualquier relación humana.

En este sentido me es imposible no citar a Francisco Javier García Más que siempre ha defendido que “La seguridad jurídica es esencial en toda sociedad. En el mundo de las nuevas tecnologías esto no debe cambiar en absoluto, y aquéllas deben ser instrumentos al servicio de los ciudadanos. La confianza es un elemento esencial, para el desarrollo y aplicación de las mismas. Los juristas tenemos la obligación de preservar los principios básicos de nuestro Sistema Jurídico y utilizar las nuevas tecnologías al servicio de los ciudadanos, con pleno respeto a esos principios[1].

Se habla mucho de la transformación de estas industrias y yo opino que sí, que hay transformación, pero en el sentido de que estos sectores están en continuo cambio o adaptación a las nuevas necesidades que la evolución social va exigiendo, pero que en el fondo se mueven por los mismos principios. En consecuencia, Legaltech, Fintech e Insurtech – dentro del ámbito que estamos tratando, pero en general todo tipo de soluciones con el sufijo -tech-, no es más que la denominación que aglutina todas las nuevas tecnologías y posibles aplicaciones que se están desarrollando de forma que puedan ayudar a mejorar a estos sectores para que puedan cumplir con esa transformación, de manera que den respuesta a las continuas necesidades que se manifiestan o, incluso, adelantándose a las necesidades que aún no somos conscientes que tenemos o vamos a tener.

¿Y cuál es la chispa que ayuda a que esta transformación o adecuación a las necesidades actuales se produzca? Sin cuestión alguna, un papel fundamental lo tienen aquellos emprendedores que apuestan por una posible solución para mejorar cierto aspecto en algún ámbito de estos sectores que estamos comentando. Así, las llamadas “startups” son empresas emergentes que, aplicando nuevas tecnologías, buscan mejorar esos procesos con la vocación de ser estables a través de sus posibilidades de crecimiento y escalabilidad. Son el mejor ejemplo de que la innovación sea real. Por eso, en mi opinión, son muy importantes aquellos programas de incubación y aceleración -según en qué estado se encuentren- de startups, de manera que se les pueda acompañar y potenciar su éxito. En mi caso, tenemos la suerte en Santalucia de contar con el programa “Santalucía Impulsa[2], que representa el ecosistema de Emprendimiento e Innovación abierta donde diferentes agentes internos y externos como emprendedores, empleados, mentores, universitarios y expertos, aprenden, colaboran y trabajan en la creación de propuestas de valor futuras para el Grupo Santalucía. Y yo, particularmente, tengo la suerte de participar como mentora.

Si os fijáis, la participación de la mujer en todas las etapas o grupos intervinientes de estos procesos de transformación va en aumento y de una manera constante. Es gratificante poder ver cómo la intervención femenina es palpable tanto como líderes de proyectos y en ideas que se han convertido en realidad, así como directoras de startups que nacen para que aquéllas sean posible o forman parte de las mentorías, como es mi caso, para ayudarles en lo máximo posible. Desde luego, disfruto del privilegio de poder ser testigo de ello.

Bien, nos ha podido quedar más o menos claro que la tecnología está al servicio de que estos sectores y que, manteniendo la esencia de éstos, puede dar respuesta a las exigencias de la transformación, transformación que se da en muchas ocasiones a través de la innovación. Pero esta transformación debe mantener aquella seguridad que mencionábamos al principio. ¿Cómo lo conseguimos? Normalmente hablamos de sectores regulados como son el bancario o financiero, y el asegurador. Por lo tanto, hay mucha normativa e instituciones que a nivel nacional, europeo o incluso internacional velan por que estas transformaciones y aplicaciones tecnológicas se hagan con las mayores cautelas posibles. Muchas veces esto hace que nos vean a los juristas como “stoppers” (más de algún compañero abogado de empresa seguro que le sonará esta expresión), pero lo que queremos es que estas adaptaciones y nuevas funciones que sean aplicables a los sectores tradicionales se realicen con la mayor garantía posible para todas las partes implicadas, tanto en el proceso como en el resultado.  

Uno de los ejemplos mejores de búsqueda de un punto común entre la innovación, nuevas tecnologías, seguridad y garantías lo encontramos en la figura de “sandbox”, que se puede entender como cualquier entorno controlado técnica y jurídicamente para probar nuevas soluciones en diferentes campos. Con un origen informático, ahora se aplica más a aquellos modelos de negocio innovadores que quizás no tengan su acomodo en una regulación vigente, pero buscan ese sello de garantía para poder desarrollarse. Al sector que mayor aplicación ha tenido es el financiero, donde se intenta equilibrar el nacimiento de modelos emergentes de transacciones económicas o de gestión de esas propias transacciones, pero siempre manteniendo el nivel de protección que proporcione las garantías adecuadas. Aunque Reino Unido fue el pionero, en España ya contamos con nuestra primera “Ley Sanbox” cuya denominación oficial es “Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero”.

Esta evolución del sistema financiero y aparición del Fintech, que ha sido el sector pionero en poder ser ejemplo de que la unión de los conceptos de innovación y de protección pueden ir de la mano, es un poco la guía que el sector asegurador y, en general, el resto de sectores, siguen y quieren seguir, donde el Insurtech ve un modelo factible de cómo poder innovar, evolucionar y buscar soluciones con buen resultado tanto para los valientes emprendedores como para aquellos quiénes estas soluciones son la respuesta a sus necesidades.


[1]García Más, F.J.: Regreso al futuro: seguridad jurídica y nuevas tecnologías. El Blockchain y otras cuestiones digitales. La función notarial. Revista Jurídica del Notariado, ISSN 1132-0044, Nº 102-103, 2017, pág. 113.

[2] https://www.santaluciaimpulsa.es/

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