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02/05/2024. 13:56:40

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Hacia una Justicia con más perspectiva de género: cuando la inacción no es una opción

María Amparo Martínez Marián, abogada del ICAM, socia fundadora de Asesoría Agemfis y vicepresidenta de la Asociación para la defensa de la abogacía DEFENDA.

Soy autónoma, madre, esposa, hermana, hija y trabajo con tres compañeros de despacho. Llevo 25 años ejerciendo y 22 años en el turno de oficio al igual que mis compañeros, pero con la diferencia que a ninguno de ellos le ha pasado nunca lo que me ha sucedido a mí, solo por el hecho de ser mujer.

Aunque suene antiguo, aún hoy en el siglo XXI estas cosas siguen sucediendo todos los días en nuestra profesión.

Afortunadamente, no han sido muchas las veces que he tenido que sufrir ese palpable machismo que sigue inundando nuestra sociedad, pero las que me han tocado vivir han sido duras y algunas de ellas se han transformado en violencia.

Algunas han sido silenciosas, de esas que podemos denominar micromachismos que, aunque duelen, intentas justificar por tener origen en otras culturas y costumbres. Me sucedió cuando fui a atender en una comisaría a un ciudadano de origen chino que se negó en rotundo a hablar conmigo y así se lo hizo saber al policía, tan solo por el simple hecho de ser mujer. Me ocurrió lo mismo con un patriarca gitano que hizo las mismas consideraciones al policía y ambos se negaron a tener entrevista reservada conmigo por el mero hecho de ser mujer. Pero lo más grave para mi fue la normalidad con que trató el asunto dicho policía, no dando transcendencia alguna a aquella situación que iba más allá de una simple negación a declarar, obviando que se estaba produciendo un desprecio hacia la mujer en general, normalizando y restando importancia. Desde luego que esa no es la manera de tratar este tipo de situaciones y lo ideal sería que fueran detectadas y corregidas por las instituciones, al menos alertando al justiciable de que estos comportamientos hacia la letrada que le está atendiendo, no son los correctos e incluso podrían ser constitutivos de alguna falta. Por este motivo, resulta tan importante que se eduque desde la perspectiva de género en todos los niveles, empezando por colegios, instituciones públicas y privadas, organizaciones, empresas y en todo tipo de foros para poder conseguir que se erradiquen este tipo de situaciones por mínimas que puedan parecer.

La situación más grave que he tenido que padecer ha sido la agresión psicológica por parte de un cliente del turno de oficio, el cual me tuvo sometida durante 2 años, con coacciones, hasta que llegó una amenaza de muerte, no pude más y me atreví a denunciarlo. En la actualidad pendiente de que lo transformen a Diligencias Previas y no siga por un delito leve. No lo llegas a identificar hasta que explota en tus manos y has recibido ayuda psicológica. El patrón que utilizan este tipo de personas es el mismo que utilizan los maltratadores de violencia de género con sus parejas. Sientes miedo, te ves metida en una situación de inferioridad, de sometimiento porque ellos saben que, al ser un caso del turno de oficio, tú como profesional no puedes renunciar al mismo y ellos abusan de ese poder, intentan manipularte para conseguir sus pretensiones por muy alocadas que sean. Resulta curioso que yo, como abogada del turno de oficio de violencia de género, haya atendido a tantas mujeres maltratadas y no haya podido reconocer antes que yo misma estaba viviendo ese mismo maltrato que tantas veces yo había identificado en otras mujeres que no querían denunciar.

Pero en estos casos, lo importante es identificarlo y tener la valentía de denunciarlo para conseguir que no vuelva a ocurrir, y en mi caso fue así. Para una persona activista, que lucha por los derechos de la abogacía y por los de los más vulnerables, la inacción no era una opción.

Es una realidad, que por el simple hecho de ser mujer te perciben más débil y más susceptible de ser atacada, manipulada y coaccionada.

Por este motivo, una verdadera Justicia de Género, no se consigue solo con la existencia de normas con un claro enfoque de género, sino que es sumamente importante que los jueces tengan la suficiente sensibilidad, empatía y formación con perspectiva de género para que, ante estas denuncias, estos realicen las interpretaciones desde esa misma visión con el marco interpretativo del patriarcado.

El Informe del Secretario General de Naciones Unidas de 6 de julio de 2006 lo dejó claro “la aplicación de las leyes resultará fortalecida si se imparte una capacitación sistemática en materia de sensibilidad respecto de las cuestiones de género”.

Para acabar con este tipo de situaciones, o por lo menos minimizarlas, es inevitable reivindicar que se modifiquen ciertas consideraciones legales como:

1.       Los justiciables que hayan sido condenados por maltrato, amenazas, coacciones, lesiones físicas o psíquicas a un letrado del turno de oficio se le deniegue o se le retire el beneficio de Justicia gratuita del expediente por el que fuera otorgado al justiciable (bien como pena accesoria o bien como sanción administrativa por la autoridad competente) en todas las jurisdicciones. En el ámbito penal si el justiciable careciese de ingresos, un miembro de la Junta de Gobierno del Colegio de abogados correspondiente será el que asumirá la defensa del justiciable a costa del Colegio.

2.       Que se implante un protocolo de acoso en todos los colegios profesionales de abogados de España contra los abogados del turno de oficio con un servicio de atención integral a la víctima.

3.       Que los abogados del turno de oficio seamos considerados como autoridad cuando nos hallemos en el ejercicio de las funciones propias de nuestro cargo y con ocasión de ellas (esto ya se introdujo como una enmienda a la ley de eficiencia procesal que presentó DEFENDA para la modificación del art. 550 CP).

4.       Que se implante un protocolo de detección precoz de acoso contra los letrados del turno de oficio en todos los colegios profesionales de abogados de España.

5.       Se acuerde un estudio para evaluar la problemática, su prevalencia e impacto en el sistema judicial y en la independencia de los abogados.

De todas estas reivindicaciones, que esta letrada ya se las ha hecho llegar tanto al Defensor del Pueblo, como la presidenta del CGAE Dña. Victoria Ortega, como a todos las fuerzas políticas, tan sólo una de ellas se ha podido hacer realidad, consiguiendo que en todos los colegios profesionales de España se implanten protocolos contra el acoso a letrados.

De igual forma, en relación con la primera reivindicación, existe una esperanza en cuanto a la revocación del beneficio de justicia gratuita, pues tras hacerle una consulta al Defensor del pueblo me dio una contestación afirmativa en el siguiente sentido:

“Según la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita (LAJG) prevé un mecanismo para la revocación del beneficio de justicia gratuita, cuando se produce un abuso de derecho o mala fe por parte del justiciable beneficiado, lo que incluiría los comportamientos descritos en su queja (regulado en el artículo 19 de la Ley de asistencia jurídica gratuita). La consecuencia del ejercicio de este derecho con abuso, temeridad, mala fe o fraude de ley es la condena a abonar los gastos y costas procesales devengadas a su instancia, es decir hacerse cargo del pago de todos los honorarios o derechos devengados por los profesionales intervinientes desde la concesión del derecho, así como de la cantidad equivalente al costo de las demás prestaciones obtenidas en razón de dicha concesión, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden que, en su caso, correspondan.

La justificación de esta revocación está contemplada en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el artículo 7,2 del Código civil que disponen con carácter general que la ley no ampara el abuso del Derecho o el ejercicio antisocial del mismo, lo que, de acuerdo con la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo (Sentencias del Tribunal Supremos de 19 de diciembre de 2008, 14 de febrero de 1944), excluye la conducta inmoral o antisocial en el ejercicio del derecho con la intención de perjudicar o cuando se causa un daño por exceso o anormalidad en el ejercicio del derecho.

Se entiende, por lo tanto, que cuando se producen actuaciones por parte del justiciable que se beneficia de la justicia gratuita, que constituyen maltrato, amenazas, coacciones, lesiones físicas o psíquicas contra su abogado, asignado por el turno de oficio, el letrado además de contar con los mecanismos legales de defensa como víctima de un posible delito, puede acudir a los mecanismos previstos por la ley para la posible revocación del derecho.”

Aún no existen estadísticas oficiales a nivel institucional que nos puedan dar datos sobre en qué porcentaje sufren este tipo de agresiones los letrados y las letradas, pero el análisis estadístico que he realizado consultando en más de 20 asociaciones de abogados que representan a unos 60.000 colegiados arroja la cifra de que 8 de cada 10 denuncias son de mujeres abogadas.

Teniendo en cuenta estas cifras, nuestros gobernantes deberían darse cuenta de la importancia que tiene, no solo legislar con perspectiva de género, sino realizar campañas informativas tanto en medios como en instituciones públicas y privadas, empresas, colegios y foros de todo tipo para, de esta forma, concienciar a toda la sociedad de lo necesario que es tener una verdadera Justicia con perspectiva de género.   

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