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13/05/2024. 07:05:38

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Proyección de la mujer en el futuro de la abogacía

Ana Medina Arespacochaga. Subdirectora de Servicios Jurídicos. Secretaría General. Correos
Ana Medina Arespacochaga

Hace poco más de un siglo, con la promulgación de la Real Orden de 8 de marzo de 1910, se eliminaron las barreras que existían para la mujer en el acceso a la educación superior. A partir de ese momento, las mujeres pudieron cursar estudios universitarios sin tener que ir vestidas de hombre -como ocurrió en el caso de Concepción Arenal que estudio derecho entre 1841 y 1846, sin saberse su género real (La mujer en la Universidad, del Blog “Global Politics and law”). Sin embargo, no es hasta 1922 cuando se incorpora la primera mujer a un Colegio de Abogados (Valencia). Tal y como recoge el Plan de Igualdad de Género del Ilustre Colegio de abogados de Madrid (2018-2022), “en el año 1922 se incorporó la primera mujer a un Colegio de Abogados, María Asunción Chirivella Marín, en el de Valencia, y no fue hasta 1924 cuando en el Colegio de Abogados de Madrid lo hicieron Victoria Kent, como primera mujer colegiada en la historia de la institución, y poco después Clara Campoamor. Hasta 1931 se incorporaron 6 mujeres, y 7 durante la segunda República, 2 de ellas durante la guerra civil y no es hasta 1965 del pasado siglo, cuando comienza la lenta pero imparable presencia de mujeres en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. En la actualidad las mujeres representan el 48% del Censo Colegial, siendo significativo que en los grupos de edad 40/35, 35/31, y menores de 31 años son mayoría”.

A pesar de los datos, que reflejan cierto avance en el crecimiento de mujeres en el ejercicio de la abogacía con el paso de los años, no es ningún secreto que en el marco de la trayectoria político-social y cultural de España (en el resto de países desarrollados, el contexto sociopolítico permitió un crecimiento más rápido), hasta muy avanzados los años ochenta, en el sector de la abogacía, el hombre se ha colocado, casi en exclusividad, en el centro de las relaciones profesionales, donde la presencia de mujeres ha sido completamente excepcional. 

Resulta relevante la encuesta realizada por el Consejo General de la Abogacía en octubre de 2017, donde se realizan varias preguntas sobre igualdad de género a 2.000 abogadas y abogados, reflejando cuestiones importantes de percepción sobre igualdad en el sector de la abogacía. Se abordan temas como la desigualdad de género y comportamientos machistas, brecha salarial, techo de cristal, o medios de conciliación laboral y familiar (se puede consultar el informe completo aquí). Del estudio se evidencian cuestiones importantes en cuanto a desigualdades de género, que deberán seguir trabajándose en el futuro.

Lo más llamativo para mí, son los datos que reflejan la dificultad de conciliar la vida personal con la profesional, cuando lo que se evidencia en la encuesta es un consenso amplio en cuanto a que es fundamental incorporar valores como la ambición y la competitividad (así lo expresa el 87% de los encuestados). Parece de cajón, pero para mí estos términos pueden resultar “peligrosos” según el contenido que se les otorgue. Tradicionalmente “ambición” y “competitividad”, para el contexto laboral de los abogad@s, se ha entendido como una mayor presencialidad en los despachos y empresas, premiándose una excesiva devoción por el cliente (que va más allá de una vocación por el cliente sana, sostenible y mucho más lógica) que, en la mayoría de las ocasiones, en mi experiencia, no es en absoluto necesaria. Esto es, en mi experiencia, en el 90% de los casos no es necesario trabajar un domingo o un martes hasta las 10 de la noche, renunciando a la vida personal (incluyendo el cuidado de los hijos, quien los tiene), para que el cliente perciba que es el centro del universo. Eso no es necesario, ni va a ayudar a resolver mejor el asunto que se tenga entre manos, que es realmente lo que el cliente demanda (una solución) y lo que en última instancia va a valorar positivamente en el marco de la relación abogad@-cliente.

La tradición cultural dentro de la profesión y la inercia en mantener ciertos principios alrededor de ello, sin adaptar los mismos a una sociedad más actual (donde se incluyen tanto abogad@s como clientes) que demanda y valora otras cosas, impiden un cambio más sólido en el ejercicio de la profesión, que permitiría avanzar a un ritmo mayor en la igualdad de oportunidades.

En mi opinión, una de las cuestiones principales que todavía hoy debe remodelarse con urgencia es entender que el cliente en asuntos jurídicos, como también ocurre en asuntos de salud con respecto a los médicos, traslada al abogado su desasosiego por un problema que no le deja dormir. Y eso, si bien debe tenerse en cuenta por el abogado en términos de empatía, no puede derivar en asumir dicho problema como propio. En mi opinión, en la relación abogado-cliente, el hombre, generalmente menos implicado con los cuidados de la familia, se ha permitido, por sistema, abandonar su espacio personal, para poder, ya no empatizar, sino simpatizar con un cliente que se siente “solo ante el peligro”. Esto, que en términos generales un médico nunca se permitiría, en mi opinión necesitaría de una mayor habilidad por parte de l@s abogad@s, parar delimitar el propio espacio personal, del ejercicio profesional.

Entre otras cuestiones, el hecho de que tradicionalmente no se hayan querido poner ciertos límites a los clientes, ha derivado en un acceso a la profesión muy complicado para la mujer, donde, sin ningún motivo, se ha exigido una manera de hacer ineficaz, que entraba en conflicto directo con lo que necesitaba conciliar para sostener un equilibrio personal y profesional. Lo llamativo del caso es que, de ese equilibrio buscado por la mujer a base de un tremendo esfuerzo, el hombre ha salido (y sale aún en muchos casos) beneficiado. A este respecto, no es de extrañar que, del estudio anteriormente comentado, son los propios encuestados los que reconocen (en un 78%) que los hombres gozan de una mejor situación para compaginar la vida laboral y personal.

Resulta evidente que, en la actualidad, la mujer sigue representando un mayor porcentaje en las tareas de apoyo en los cuidados de la familia y una mayor carga en las responsabilidades con respecto a los hijos (asistencia a tutorías en los colegios, participación en los eventos escolares, apoyo para hacer los deberes en casa, agendas de médicas y vacunación, cuidado de abuel@s, etc.). Todo ello requiere de un cambio cultural importante que debe ir apoyado por un cuestionamiento de la asignación de roles y de un ejercicio más acusado de la corresponsabilidad.

Desde hace algún tiempo, destacando la labor de los Colegios de Abogados, son muchas las instituciones públicas y privadas, empresas y despachos, quienes avanzan de la mano, implantando medidas para impulsar una igualdad real en el ejercicio de la profesión. En lo que hay un claro consenso es en que se necesita a toda la sociedad, que incluye tanto a hombres como a mujeres, en el camino a la plena igualdad. De momento, también resulta imprescindible contar con leyes que exijan el cumplimiento de ciertas cuotas que permitan construir esa sociedad que tod@s merecemos.

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