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11/12/2024. 01:41:43
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Agilidad para el subsidio de emergencia

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La Administración ha puesto en marcha un sistema gestor cara al cobro de los 420 euros mensuales.

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la convalidación definitiva del Real Decreto Ley por el que se establece el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI). Ello implica que las personas que hayan generado el derecho a ser incluidas en el programa a partir del 1 de enero de 2009 podrán presentar la solicitud en las Oficinas de Empleo a partir de mañana. Se estima que con la ampliación de la retroactividad, se podrán acoger al PRODI unas 250.000 personas más, que se sumarían a las 340.000 previstas inicialmente.

Sirena de emergencia

Cuando la crisis no se mueve de su sitio, o al menos no se nota que se mueve, todas las medidas son bienvenidas. Si hace poco hablábamos de los autónomos, hoy nos detenemos en los trabajadores por cuenta ajena.

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la convalidación definitiva del Real Decreto Ley por el que se establece el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI).

Los Servicios Públicos de Empleo, ante el previsible incremento de usuarios que puedan acudir a las Oficinas, ha tomado una serie de medidas encaminadas a agilizar la información, tramitación y cobro de dicha prestación.

En primer lugar, el Servicio Público de Empleo ya ha comenzado a enviar a todos los desempleados y desempleadas que reúnen inicialmente los requisitos para ser beneficiarios un impreso en el que ya figuran sus datos -a falta únicamente de la firma del solicitante-, lo que asegura una mayor fluidez en la tramitación.

Además, estas medidas incluyen la distribución, aprobada en Conferencia Sectorial el pasado mes de octubre, de un total de 1.640.000 euros a las Comunidades Autónomas, de acuerdo al porcentaje de beneficiarios, le corresponda a cada una de ellas. Esta partida irá destinada reforzar la atención a los usuarios que acudan a las Oficinas.

Beneficiarios

Con objeto de facilitar la  incorporación al mercado laboral, los perceptores deberán participar en itinerarios de inserción, que mejorarán sus capacidades y competencias profesionales (https://www.legaltoday.com/actualidad/entrevistas/un-equipo-no-convierte-en-bueno-a-uno-mediocre). El programa facilita una cobertura equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir 420 euros mensuales, y se dispone de dos meses para solicitarla.

Pueden ser beneficiarios de este programa los desempleados menores de 65 años que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo desde el día 1 de enero de 2009 y no tengan derecho al subsidio, siempre que carezcan de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, así como aquellos que hayan extinguido por agotamiento, incluidas las prórrogas, los subsidios por desempleo.

¿Quiere leer la Ley 14/2009, de 11 de noviembre, por la que se regula el programa temporal de protección por desempleo e inserción?

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