El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas plurirregionales de formación, dirigidos a los profesionales del medio rural. La norma es Real Decreto 347/2019, de 17 de mayo, que fue publicado en el BOE del sábado.
El Real Decreto tiene como objetivo impulsar la oferta formativa para asegurar la adaptación permanente de los profesionales del medio rural a las exigencias del desarrollo sostenible del mismo, aumentando su competitividad y mejorando las oportunidades de empleo.
Para ello, la nueva norma recoge los requisitos de los programas y actividades formativas subvencionables, estableciendo que solo podrán recibir estas ayudas los programas presentados que contemplen la realización de actividades en tres o más comunidades autónomas y que incluyan al menos ocho provincias, sin que en ninguna provincia se imparta más del 20% del total de actividades formativas propuestas.
Estas actividades, a su vez, deberán contar al menos con diez asistentes y ser totalmente gratuitas para éstos. Podrán realizarse con carácter presencial o en régimen mixto (presencial combinado con teleformación). Estos sistemas de impartición mixto deberán contemplar una parte presencial con un mínimo de 3 horas de duración. Basarán la parte de teleformación en el desarrollo de contenidos a través de internet y deberán ofertar servicios formativos globales que contarán como mínimo con las siguientes utilidades: tutorías off line, sesiones on line, autoevaluaciones, foro de alumnos e indicadores de control.
En cuanto a la duración de las actividades, podrán tener un mínimo de doce y un máximo de doscientas horas lectivas y sólo podrán subvencionarse los gastos de realización de actividades con una duración diaria mínima de tres y máxima de seis horas lectivas.
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