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08/05/2024. 21:40:14

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Aumenta el control económico en la Seguridad Social

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La Seguridad Social obliga a las mutuas a cancelar antes de fin de año las cuentas bancarias con saldo negativo.

Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional deberán cancelar antes del 31 de diciembre las cuentas en entidades financieras que tengan fondos de la Seguridad Social que presenten saldos negativos o que hayan tenido un rendimiento negativo durante el presente ejercicio, según una Resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial del Estado. La Resolución busca eliminar del ámbito financiero de la Seguridad Social las cuentas cuyas condiciones de rentabilidad resultan indudablemente gravosas.

Tesorería General de la Seguridad Social

Con la crisis, ha llegado también un control económico muy severo a la Administración, que también alcanza al amplio y complejo mundo de las bajas laborales.

Si en septiembre informábamos de un protocolo General de Colaboración firmado entre Seguridad Social y Mutuas, que venía a mejorar el intercambio de información entre ellas, hoy informamos de otro paso más adelante, que es desmantelar las cuentas bancarias con saldos negativos o que hayan tenido un rendimiento negativo.

Y es que en las labores de auditoría que realiza la Intervención General de la Seguridad Social se detectó que alguna mutua tenía cuentas con rentabilidad e incluso a tipos de interés negativos. La Resolución servirá en tanto se desarrolla el procedimiento que deben seguir estas entidades colaboradoras de la Seguridad Social en los contratos a celebrar o ya celebrados con entidades financieras cuyo objeto sea la apertura de una cuenta destinada a situar fondos de la Seguridad Social. Se trata de conjugar  la capacidad de contratación que la Ley de Contratos del Sector Público otorga a las mutuas y la tutela de estas entidades encomendada al Ministerio de Trabajo e Inmigración.

La Resolución publicada en el BOE determina también que las mutuas elaborarán un informe sobre las cuentas canceladas, sus características, saldo de las mismas en la fecha de cancelación y donde expliquen las razones por las que se mantenían los saldos negativos.  

¿Quiere leer la disposición donde se establece el control de dichas cuentas bancarias?

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