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28/03/2024. 09:55:43

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EL ANTEPROYECTO DE LEY DE BLANQUEO DE CAPITALES PASA EL CONSEJO FISCAL

Contra el blanqueo, obligación de informar

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Particulares y empresas estarán obligadas a declarar determinados movimientos por importe igual o superior a los 100.000 euros.

El Consejo Fiscal ha considerado favorable el contenido del Anteproyecto de Ley del Blanqueo de Capitales y de la Financiación de Terrorismo, aprobado el pasado junio por el Consejo de Ministros con el objetivo de reforzar los mecanismos de prevención para que el sistema financiero español no sea utilizado para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Se trata de incorporar a España la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, sobre prevención del blanqueo de capitales.

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El Consejo Fiscal ha hecho público su informe acerca del Anteproyecto de Ley del Blanqueo de Capitales y de la Financiación de Terrorismo. Dicho texto  ha sido objeto de estudio pormenorizado por parte de nuestro colaborador Sergio Salcines en varias ocasiones.

Entre otros apuntes, el Consejo Fiscal se muestra a favor de las obligaciones de información, que buscan favorecer la transparencia de las operaciones empresariales entre los directivos, empleados y agentes para que éstos puedan denunciar cualquier indicio de infracción ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.

Por su parte, las empresas u organizaciones tendrán la obligación de guardar los documentos referentes a las distintas operaciones durante un periodo mínimo de diez años y de designar a un representante encargado de los documentos y de las relaciones con el Servicio Ejecutivo de la Comisión.  

Los sujetos y las empresas estarán obligadas a declarar determinados movimientos por importe igual o superior a los 100.000 euros. La nueva Ley faculta a los funcionarios aduaneros y policiales para controlar e inspeccionar a las personas físicas, sus equipajes y medios de transporte.

El Consejo Fiscal se pronuncia a favor de que los abogados queden excluidos del deber de informar sobre un cliente cuando obtienen datos de éste con la finalidad de fijar una posición jurídica o su representación en procesos judiciales.

Por otro lado, el Anteproyecto de Ley deja sin efecto la obligación de informar a los afectados acerca de la inclusión de sus datos personales en los ficheros, sin determinar si éstos y su tratamiento son cuestiones que deben ser reguladas por Ley Orgánica, según establece también el artículo 31 la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, advierte el informe.

Por último, el Consejo Fiscal valora positivamente permitir a los jueces de instrucción y al Ministerio Fiscal acceder a los datos del Fichero de Titulaciones Financieras durante las investigaciones contra delitos relacionados con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

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