El Tribunal Supremo ha tomado una decisión cuando menos controvertida. La Sala de lo Civil ha establecido que el pago de las cuotas de la hipoteca sobre la vivienda familiar deberán ser pagadas a partes iguales por los cónyuges en caso de divorcio.
Una medida que no ha conseguido poner de acuerdo a los lectores de Cotizalia.com. El 56% se muestra contrario a considerar el préstamo como una deuda de la sociedad de gananciales formada por los dos miembros de la pareja en lugar de una carga del matrimonio, mientras que el 44% ha votado a favor del pago conjunto.
La magistrada Encarnación Roca, del Tribunal Supremo, ha fijado que en casos de cese de la convivencia por divorcio o separación, el Supremo reconoce que debe primar la protección de los hijos aunque este criterio haya producido como resultado, "no deseable en general", dejar de lado las reglas del régimen de bienes que rigen la forma de adquisición del matrimonio.
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