Cunde el interrogante acerca de si debe continuar o no al frente de la Patronal CEOE.
Air Comet, empresa propiedad de Gerardo Díaz Ferran junto a Gonzalo Pascual, afronta desde ayer un Expediente de Regulación de Empleo para la totalidad de su plantilla, así como la apertura de un concurso de acreedores. De ese modo busca afrontar una deuda de veinticinco millones de dólares que contrajo por un crédito otorgado por el banco alemán Nord Bank. En este sentido, el pasado viernes un juez británico había prohibido a partir del lunes la circulación de los aparatos si Air Comet no pagaba la deuda. Caja Madrid, por su parte, tiene abierto un expediente a Díaz Ferrán por impago de un crédito de veintiseis millones. El presidente de la patronal es miembro del Consejo de Administración del banco madrileño.
Hasta esta semana, Air Comet operaba seis vuelos diarios de ida y vuelta entre España e Iberoamérica. Concretamente, conectaba nuestro país con Guayaquil, Quito, Lima, Buenos Aires, Bogotá y La Habana. Debido a las deudas que acumula con el banco alemán la empresa tiene embargadas sus aeronaves, amén de la prohibición de la venta de billetes desde el viernes.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea ha dictado una Resolución en la que establece los criterios conforme a los cuales procederá a ejecutar subsidiariamente las obligaciones que Air Comet no ha cumplido con respecto a sus pasajeros. La ejecución subsidiaria por parte de la Agencia estatal se limitará a atender a los pasajeros que se encuentren en situación de necesidad por no poder realizar los viajes de retorno a sus puntos de origen.
El resto de pasajeros que no se encuentren en situación de necesidad y que se vean afectados por la suspensión de operaciones de Air Comet deberán dirigir sus reclamaciones a dicha compañía, exigiéndole los derechos reconocidos en los reglamentos comunitarios y derivados de sus contratos de transporte. Concretamente, será aplicable (Real Decreto 37/2001, de 19 de Enero, que actualiza las indemnizaciones establecidas por la Ley de Navegación Aérea, y el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos), cantidad que puede verse incrementada si se recurre a los tribunales para reclamar daños y perjuicios.
En la citada resolución, tras exponer los hechos y relacionar las disposiciones legales que amparan esta ejecución subsidiaria por parte de la Administración del Estado, AESA señala que "ante el incumplimiento por Air Comet de sus obligaciones respecto de sus pasajeros" y al amparo de lo establecido en el art. 16 del Reglamento CE 261/2004, ejecutará de manera subsidiaria la obligación de traslado alternativo al punto de destino prevista en los arts. 5 y 8 del citado Reglamento comunitario.
El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, aseguró que Gerardo Díaz Ferrán sigue siendo el presidente de la patronal CEOE, y por lo tanto "el interlocutor del Gobierno a todos los efectos" en el marco del diálogo social, más allá de los problemas o no que pueda tener con su empresa.