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20/04/2024. 15:13:07

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El CIS pondrá a disposición del público un banco de datos para compartir sus estudios

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El Consejo de Ministros celebrado el viernes dio luz verde al texto que adaptará al marco europeo la normativa española acerca de la reutilización de la información del sector público. Entre las novedades que se introducen destaca la apertura del ámbito de la ley a tres tipos de instituciones culturales, concretamente bibliotecas, archivos y museos. Al margen del contenido de la Directiva comunitaria, la Ley incorporará también el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) al proceso de reutilización de la información.

Jorge Fernández Díaz

El pasado Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de reforma de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, con el fin de incorporar las novedades que introduce la Directiva 2013/37_UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 por la que se modifica la Directiva 2003/98/CD relativa a la reutilización de la información del sector público.

Conforme al artículo 3 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, se entiende por reutilización el uso de documentos que obran en poder de las Administraciones y organismos del sector público, por personas físicas o jurídicas, con fines comerciales o no comerciales, siempre que dicho uso no constituya una actividad administrativa pública. Queda excluido de este concepto el intercambio de documentos entre Administraciones y organismos del sector público en el ejercicio de las funciones públicas que tengan atribuidas.

Contenido de la reforma

En virtud de la reforma para armonizar con la normativa europea, instituciones culturales como bibliotecas, archivos y museos adaptarán a la Ley 37/2007 el modo de puesta a disposición de sus documentos. Además, y como novedad al margen de la Directiva, el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) creará un banco de datos donde compartirá información acerca de de sus trabajos y estudios, que estarán de este modo a disposición de la ciudadanía y, especialmente, de la comunidad científica.

Por lo que respecta a las tarifas, conforme a la Directiva 2013/37_UE, si se aplica un precio al uso de datos que contienen documentos redactados por los poderes públicos, este deberá limitarse a los costes marginales en que se incurra para reproducirlos, hacerlos disponibles o difundirlos.

La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, coordinada con la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, presentará al Ejecutivo europeo cada tres años un informe sobre los documentos del sector público disponibles para ser reutilizados.

Los acuerdos exclusivos de reutilización a favor de terceros serán suscritos de modo excepcional por tres años, si es necesario para prestar un servicio de interés público. Por su parte, los acuerdos exclusivos para digitalizar los recursos culturales tendrán una duración general de diez años.

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