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15/01/2025. 11:18:31
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El Fondo Social de Viviendas se amplía para acoger más supuestos de vulnerabilidad social

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Las familias con hijos menores de 18 años y jubilados o prejubilados que hayan avalado a sus hijos estarán incluidos. Se podrá permanecer en la vivienda en los casos de ejecución forzosa tras la adjudicación o dación en pago.

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La Comisión de Seguimiento y Coordinación del Fondo Social de Viviendas ha acordado ampliar el ámbito de aplicación del Convenio por el que se rige est e instrumento, destinado a atender a familias en dificultades por la crisis. Las modificaciones permitirán quedarse en la vivienda mediante el pago de alquiler reducido en algunos supuestos e incluir a un amplio número de personas o familias que, previo informe de los Servicios Sociales, se encuentren en circunstancias de vulnerabilidad social. El FSV se creó en enero de 2013 y cuenta con 6.000 viviendas de 33 entidades financieras.

Balcones de un edificio de viviendas

El nuevo convenio permitirá que personas o familias puedan  mantenerse en la vivienda que habitaban, aunque la hayan perdido como consecuencia de una ejecución forzosa y después de que haya sido adjudicada. También se abre esta posibilidad para las daciones en pago. En ambos casos se pagará un alquiler reducido, es decir, entre 150 y 400 euros al mes o por debajo en circunstancias especiales, tal como está previsto en el Convenio del FSV. 

Además, se amplían las circunstancias personales y familiares que dan derecho a solicitar una vivienda al FSV. Éstas son las siguientes:

a) Unidades familiares con hijos menores de edad. Hasta ahora se exigía que los menores no tuvieran más de tres años.

b) Personas en situación de dependencia o con discapacidad para las que la vivienda supone, de acuerdo con el informe de los Servicios Sociales competentes, un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social y autonomía. El requisito hasta ahora era una discapacidad del 33% o superior.

c) Personas mayores en situación de prejubilación o jubilación que mediante aval hayan asumido las deudas de sus hijos o nietos. Esta circunstancia es nueva.

d) Otras personas o unidades familiares con circunstancias de vulnerabilidad social distintas de las anteriores, previo informe de los Servicios Sociales. Ello amplía el acceso al FSV a  muchas situaciones de riesgo social no tipificadas.

Se mantienen los requisitos anteriores como son, situación de desempleo y sin prestaciones, familias monoparentales, familias numerosas o violencia de género.

El FSV está destinado a aquellos que, como consecuencia de un desahucio, han perdido su vivienda a partir del 1 de enero de 2008. En el primer año de aplicación (2013), se recibieron 1.537 solicitudes y se adjudicaron 780 viviendas.

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